12/08/2026
El robo total a los recursos de las Afores propiedad de los trabajadores fue avalado por la "Suprema Corte de Justicia de la Nación" dicen que solo se "transfieren a un fondo de pensiones del bienestar" y que son los fondos "no reclamados".. se les olvidó que ya estaban individualizados con nombre y apellido. Si estando en la afore es un calvario obtener su devolución en juicio, ahora que estarán en un fondo perdido sera misión imposible para el trabajador pero para el Gobierno serán recursos de libre disposición aunque sean de propiedad ajena. sus
🚨 I La validó la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar.
👵👴El Pleno validó la transferencia de los recursos de las subcuentas de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez administrados por las AFORES al Fondo de Pensiones para el Bienestar, siempre que no hayan sido reclamados por las personas trabajadoras al cumplir 70 años en el caso de personas afiliadas al IMSS, y 75 años, tratándose del ISSSTE.
💰El Máximo Tribunal aclaró que las y los trabajadores no pierden sus ahorros: los recursos siguen siendo de su propiedad o de la de sus beneficiarios y puede reclamarse la devolución en cualquier momento.
🛡️ La reforma no autoriza la apropiación de esos recursos por el Estado ni extingue los derechos de sus titulares; únicamente cambia la institución encargada de administrarlos.
📄 Acción de Inconstitucionalidad 116/2024.