Punto Legal

Punto Legal Abogados altamente capacitados en el área laboral, administrativo, mercantil y familia, dispuestos para brindarles la mejor asesoría jurídica

El día de hoy, el director de Migración Colombia Crhistian Kruger, anuncio vía Facebook live de , la prórroga a los Perm...
02/05/2019

El día de hoy, el director de Migración Colombia Crhistian Kruger, anuncio vía Facebook live de , la prórroga a los Permisos Especiales de Permanencia (PEP) próximos a vencerse.
-
-
El trámite se realizará de forma gratuita, a través de la página web de migración Colombia.
-
-
A partir del minuto 25 habla sobre este importante anuncio.

Aunque consideramos que debería existir uniformidad de criterios (y todas las instituciones están trabajando para ello),...
09/02/2019

Aunque consideramos que debería existir uniformidad de criterios (y todas las instituciones están trabajando para ello), con el fin de aplicarse los lineamientos acogidos por las Notarías sobre este tema, tenemos conocimiento de que, todavia en los CPNNA no han definido un lineamiento único.

Si conoces cómo se están tramitando las autorizaciones de viaje cuando se hace uso de un poder en el CPNNA en el cual resides, puedes compartir con nosotros la información. Será de mucha utilidad.

Aquí te dejamos algunas preguntas y respuestas con relación a la tramitación de las autorizaciones de viaje de niños, ni...
09/02/2019

Aquí te dejamos algunas preguntas y respuestas con relación a la tramitación de las autorizaciones de viaje de niños, niñas y adolescentes, tomando en cuenta la reciente Circular del Saren

1) ¿Puedo tramitar la autorización de viaje si la madre de mi hijo me otorgó un poder en el cual me faculta expresamente para ello?


2) Antes de irme del país le otorgué un poder a un tercero para que se encargue de tramitar el permiso de viaje de mi hijo ¿Puede hacerlo?
No. Deberá en ese caso otorgar la autorización de viaje directamente desde el exterior

3) ¿Cómo otorgo la autorización desde el exterior?
Puedes hacerlo directamente ante el Consulado o Embajada de Venezuela en el país en el cual te encuentras o ante una oficina notarial en ese país (consulta más información sobre este trámite en el post "¿Estás fuera del país y no otorgaste poder en Venezuela?" Ubícalo en )

4) ¿Qué pasa si el padre de mi hijo no quiere autorizar el viaje?
Debes seguir un procedimiento ante el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Consulta detalles en los post publicados en )
-
-
Si tienes otras dudas, deja tu comentario ⏬⏬

El Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN), emitió una circular de fecha 1 de febrero  de 2019 dirigida a las ...
09/02/2019

El Servicio Autónomo de Registros y Notarías (SAREN), emitió una circular de fecha 1 de febrero de 2019 dirigida a las Notarías Públicas, en la cual se indica que, deberán abstenerse de autenticar documentos de autorizaciones para viajar dentro y fuera del territorio nacional, que sean tramitadas a través de poder general o especial otorgados a terceras personas por el padre, madre o tutor del niño, niña o adolescente.

Reitera que el otorgamiento de las autorizaciones de viaje constituye una expresión de los atributos de la patria potestad y, en consecuencia, serán tramitadas únicamente las otorgadas por los representantes legales: padre, madre o tutor.

Cuando el o los representantes legales se encuentren fuera de Venezuela, podrán otorgar la autorización de viaje ante la oficina consular o Embajada de Venezuela en el país en el cual se encuentren.

Si la autorización es expedida ante una autoridad notarial en el extranjero, deberá estar traducida (de ser el caso), legalizada o apostillada, según corresponda.

El fundamento normativo del contenido de esta Circular sería, principalmente, la LOPNNA (artículos 391, 392 y 393) y los "Lineamientos sobre autorizaciones para viajar dentro o fuera del país de los niños, niñas y adolescentes" (G.O 37.595 del 19/12/02)
-
-
⏩REVISA nuestro próximo post, allí aclaramos algunas dudas sobre este tema⏪

Como hemos indicado en diversas oportunidades, cuando un niño o adolescente viaja solo, en compañía de uno de los padres...
19/11/2018

Como hemos indicado en diversas oportunidades, cuando un niño o adolescente viaja solo, en compañía de uno de los padres, o en compañía de un tercero, es necesario tramitar la respectiva autorización de viaje, la cual deben otorgar los padres o representantes legales (Ver publicaciones sobre el tema en )

Ahora bien, tal y como se ha referido antes, para la tramitación de la autorización de viaje, dentro los requisitos exigidos, se deben incluir los datos y copia del pasaporte del niño o adolescente, siendo este el documento que acredita su identidad y nacionalidad al momento de viajar; sin embargo, recientemente en la práctica se ha permitido de manera excepcional (sin estar contemplado en nuestra legislación), que dichas autorizaciones sean tramitadas cuando no se cuenta en ese momento con el pasaporte y el país de destino permita el ingreso sin el referido documento. Debe destacarse que esta autorización de viaje NO sustituye al pasaporte como documento de identidad

Posiblemente esta práctica no se está implementado en todos los estados o municipios del país, pero al estar llevándose a cabo en algunas localidades y ante las preguntas que nos han realizado al respecto nuestros seguidores, compartimos la información sobre los requisitos exigidos por el organismo que tramita la autorización de viaje en el caso excepcional antes mencionado (ver nuestra publicación anterior)

En los próximos días estaremos compartiendo información y criterios de nuestro máximo Tribunal al respecto.

La respuesta es si, sin embargo,  cuando el niño o adolescente no tiene pasaporte el ente competente para tramitar la Au...
14/11/2018

La respuesta es si, sin embargo, cuando el niño o adolescente no tiene pasaporte el ente competente para tramitar la Autorización de Viaje hacia el exterior es el CMDNNA, es decir, el Consejo Municipal de los Derechos del niño, niña y adolescente del domicilio del niño.

Los requisitos para tramitar la misma son (pueden variar): 1) Dos copias de la partida de nacimiento del niño o adolescente; 2) Dos copias de la cédula de identidad del mismo (en caso de poseer); 3) Dos copias de la cédula de identidad de los padres; 4) Dos copias de la cédula de identidad del acompañante; 5) Dos fotos tipo carnet del niño o adolescente; 6) Dos copias del boleto aéreo o itinerario terrestre; 7) En caso de ausencia de uno de los padres, dos copias del poder que haya dejado para tramitar la autorización; 8) En caso de muerte de uno de los padres, dos copias del acta de defunción; 9) Constancia de residencia del niño; 10) Deben acudir los niños a el CMDNNA.

Se recomienda acudir al menos tres días antes del viaje a tramitar la referida autorización de viaje.
Para más información escribenos por acá, también a nuestro correo electrónico [email protected].

Revisa información sobre el tema con el

⏹A PARTIR DEL LUNES 3 DE SEPTIEMBRE ⏹Información publicada por
01/09/2018

⏹A PARTIR DEL LUNES 3 DE SEPTIEMBRE ⏹

Información publicada por

La Diáspora de venezolanos ha traído varias consecuencias, siendo una de las más dolorosas la separación familiar, es po...
18/07/2018

La Diáspora de venezolanos ha traído varias consecuencias, siendo una de las más dolorosas la separación familiar, es por ello que el equipo de PuntoLegaVe siempre de la mano con nuestros compatriotas queremos compartir un formato de Autorización para viajar con un niño o adolescente a Colombia cuando uno de los padres o ambos se ENCUENTRAN DOMICILIADOS EN COLOMBIA. Es importante destacar que si bien una de nuestras socias redacto la misma de acuerdo a los parámetros exigidos por la legislación Venezolana y Colombiana, no es el único formato.

Queremos conocer tu opinión, preguntas y experiencias sobre este tipo de procedimientos.

El acta de la Independencia de Venezuela fue elaborada por Juan Germán Roscio y Francisco Isnardi, ratificada por el Con...
05/07/2018

El acta de la Independencia de Venezuela fue elaborada por Juan Germán Roscio y Francisco Isnardi, ratificada por el Congreso el 7 de julio de 1811, y pasada al libro de Actas el 17 de agosto de 1811, en Caracas. Cada 5 de julio se celebra como el Día de la Independencia de Venezuela.

Son momentos duros los que vive nuestra patria, no perdamos la Esperanza, nuestros héroes de independencia no lo hicieron.

Finalmente hablaremos hoy de la última de las modalidades de familias sustitutas, institución esta de la que ya habiamos...
09/03/2018

Finalmente hablaremos hoy de la última de las modalidades de familias sustitutas, institución esta de la que ya habiamos hecho mención anteriormente.

La Adopción es una institución reconocida en la LOPNNA, que tiene como fin proveer al niño o adolescente que esté apto para ser adoptado, de una familia 👪 sustituta PERMANENTE y adecuada, a diferencia de la colocación familiar o en entidad de atención y de la tutela que son de carácter provisional, (aún y cuando en la práctica pasen años). En nuestro país existe la adopción nacional y la internacional

Hablar de Adopción es tratar un tema profundo y amplio, sin embargo, podemos decirles varios particulares a tener en cuenta:
1) Pueden ser adoptados quienes tengan menos de 18 años para la fecha en que se haga la solicitud. Existen excepciones (parentesco, integración previa al hogar y que se trate del hijo del cónyuge); 2) La capacidad para adoptar se adquiere a los 25 años;
3) Se requiere consentimiento de la persona a ser adoptada si tiene 12 o más años de edad.

Como ya hemos dicho, otra de las modalidades de familias sustitutas es la tutela.La tutela es una institución establecid...
08/03/2018

Como ya hemos dicho, otra de las modalidades de familias sustitutas es la tutela.

La tutela es una institución establecida en la Ley, para aquellas personas, y en particular hablando de niños y adolescentes, que no se encuentran bajo la patria potestad de sus padres porque estos por ejemplo fallecieron, y los mismos requieren representación legal y protección.

En este sentido nuestro Código civil y la LOPNNA han previsto esta situación y el procedimieto a seguir.

Es un procedimiento de jurisdicción voluntaria que se tramita ante los tribunales de protección del domicilio de los niños.

El juez luego de ordenar los informes requeridos, de verificar la idoneidad del tutor, protutor, su suplente y los miembros del consejo de tutela los designará siempre salvaguardando el interés superior del menor.

Estos deben ser familia materna y paterna del niño (de preferencia y hasta el 4to grado de consanguinidad y 2do de afinidad), los padres pueden nombrar vía testamentaria al tutor y protutor.

La opinión de los niños dependiendo de sus edad será escuchada.

En Gaceta Oficial No. 41.351 del 01/03/18 fue publicada la Providencia Administrativa del SENIAT, en la cual se ajustó l...
06/03/2018

En Gaceta Oficial No. 41.351 del 01/03/18 fue publicada la Providencia Administrativa del SENIAT, en la cual se ajustó la Unidad Tributaria de TRESCIENTOS
BOLÍVARES (Bs. 300,00) a QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00)

La Providencia estableció que, en los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la
unidad tributaria aplicable será la que esté vigente por lo menos ciento ochenta y tres (183) días continuos del período respectivo, y para los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, todo de conformidad con lo establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Decreto con Rango, Valor
y Fuerza de Ley del Código Orgánico Tributario.

La Providencia entró en vigencia el 1° de marzo de 2018.

Dirección

San Juan De Los Morros

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Punto Legal publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Punto Legal:

Compartir