Asesoramiento Jurídico Personalizado

Asesoramiento Jurídico Personalizado Especialista en Demandas Laboral, Cálculos de Prestaciones Sociales, Divorcios, Compra Ventas Cartas de Soltería, declaraciones Juradas, entre otros.

17/02/2023
17/08/2018

Ciudadano (a)
JUEZ (A) DEL TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL

Su Despacho.-

Nosotros: #########X de nacionalidad Venezolanos, Cónyuges, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Números V.-###xx, y###xx, respectivamente, asistido en este acto por el ciudadano Abogado en ejercicio JUAN CARLOS BARRERA MARTINEZ, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Número V-15.132.357, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 247.324, ante usted, respetuosamente ocurrimos para exponer:

CAPITULO I
DEL MATRIMONIO CIVIL

En fecha, Trece (13) de Noviembre de 2009 contrajeron matrimonio civil, por ante la Presidenta y Secretario respectivamente del Consejo Municipal de la Parroquia ###, del Municipio ###, del Estado ######, el Acta que se presenta es copia fiel y exacta de su original Nº xx, que se acompaña marcada con la letra "A"
CAPITULO II
DE LOS HIJOS

De esta unión matrimonial, se procrearon dos (02) hijos de Nombre: ######### y #########x, ambos menores de edad, como consta en las Actas de Nacimiento marcadas con la letra "B y C”.

CAPITULO III
DE LA SEPARACIÓN DE CUERPOS

Ahora bien ciudadano juez (a), es el caso que a pesar de haber contraído matrimonio como quedo evidenciado antes, Fijaron su Domicilio Conyugal, y Residencia, en el Barrio el ######, Casa sin Número, Sector Valle Alto, de la Parroquia ######, Municipio ###xx, del Estado ######xx, desde el día ###x ( ) de Noviembre de 2.009, y específicamente hasta el mes de Junio de 2.010, fecha el cual se apartaron, y fijaron residencias por separados en esta ciudad por desavenencias surgidas en el curso de su vida conyugal, viviendo cada uno de ellos en domicilios diferentes, y desde entonces no han hecho vida común bajo ningunas circunstancias, en virtud de haberse producido una ruptura prolongada y permanente de la vida conyugal que alcanza, desde el mes de Mayo de 2.010, hasta la fecha actual, y en consecuencia solicito recibiendo instrucciones de mis representados antes señalados ante este tribunal a su digno cargo se sirva en declarar el divorcio, y en consecuencia disuelto el vínculo matrimonial que los une. A los fines legales consiguientes en los términos que son los que han convenido, ya que los hechos descritos se enmarcan dentro de las previsiones que contempla el Articulo 185-A del Código Civil vigente con vinculación a la sentencia emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, número 693 del 2 de junio de 2015, Magistrada Ponente Carmen Zuleta de Merchán.

CAPITULO IV
DE LA PATRIA POTESTAD Y GUARDA Y CUSTODIA

Los menores hijos ###x, y ###### respectivamente quedaran bajo la común patria potestad de ambos progenitores ciudadanos: ######x y ######x, titulares de las Cédulas de Identidad Números V.-###### y ###xx, respectivamente. La Guarda y Custodia la ha tenido, y la ha venido ejerciendo durante todo el tiempo que han estado separados de hecho, la madre ciudadana:###### por lo antes expuesto se solicita ante este Tribunal, que la guarda y Custodia, de los menores hijos, la siga ejerciendo la ciudadana: ###### , titular de la cédula de identidad Nº V-###xx,

CAPITULO V
RÉGIMEN DE VISITAS

Durante el tiempo que los Cónyuges han estado separados de hecho, el ciudadano ######x, titular de la cédula V-###xx , en su condición de padre de los niños, ha cumplido con el régimen de visitas, sin embargo para seguir cumpliendo con el Régimen de Convivencia Familiar, el Padre de los niños, podrá visitar a sus hijos diariamente cuando bien él lo desee en el hogar materno, así como llevarlos de paseo cualquier día de la semana respetando el horario de estudio y descanso de los niños, los días Sábados y Domingos el padre podrá visitar y llevar a los niños de paseo dentro de un horario comprendido desde las 09:00am, hasta las 4:30pm. Durante las vacaciones escolares (Mes de Agosto y Mes de Diciembre), los niños estarán primeros quince (15) días con el padre, y el segundo con la madre, y cada año se alternarán. Asimismo durante las vacaciones de Carnavales estarán con el padre, y en Semana Santa con la madre, y cada año viceversa, previo acuerdo entre ambos progenitores, en temporada Navideña, los niños pasaran el día 24 de diciembre con la madre y el día 31 de diciembre con el padre y cada año viceversa, previo acuerdo entre los progenitores. De igual forma el día del padre, los niños la pasarán con su progenitor, y el día de las madres con la progenitora, el día de sus cumpleaños los niños lo pasarán con ambos progenitores, y los días feriados los niños lo pasarán con el progenitor que ellos deseen, previo acuerdo de ambos padres.

CAPITULO VIII
DE LA PENSIÓN DE ALIMENTOS

El cónyuge, #########x, titular de la cédula de identidad Número ha Cumplido con La Prestación De La Obligación Alimentaria, durante el tiempo de la separación de hecho, con sus menores hijos ya identificados, para seguir cumpliendo con este deber se fija la suma de ######), Mensuales, por concepto de PENSIÓN DE ALIMENTOS; así mismo el padre de los niños se compromete a la ampliación de la pensión de alimentos, de acuerdo al incremento del índice inflacionario, cantidad esta que será entregada mensualmente a la ciudadana ######x titular de la cédula de identidad Nº V-###xx, en su condición de madre de los menores hasta que sus hijos cumplan la mayoría de edad, igualmente el padre y la madre compartirán y asumirán conjuntamente todos los gastos relativos a: educación e instrucción, vestidos, calzados, y los derivados de servicios médicos odontológicos, como medicinas, hospitalización, cultura, recreación, juguetes, deportes, y todo lo relativo a sus sustentos. Cada uno de los cónyuges podrán vivir donde mejor crean conveniente independientemente el uno del otro, y quedan de pleno derecho, sin reservas, facultados para administrar sus bienes propios.

CAPITULO IX
DE LOS BIENES DE LA COMUNIDAD CONYUGAL

Declaran que No adquirieron ningún bien mientras duro la comunidad conyugal. Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas anteriormente, y con fundamento en las facultades que les confiere el primer párrafo de Articulo 185-A del Código Civil vigente, con vinculación a la sentencia emitida por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, número 693 del 2 de junio de 2015, Magistrada Ponente Carmen Zuleta de Merchán, es por lo que se presentan ante su competente autoridad con el debido respeto para solicitar como en efecto lo hacen en este Acto, que declare el divorcio y en consecuencia disuelto él vínculo matrimonial que los une en los términos señalados a los fines legales consiguientes, y nosotros los ciudadanos: ###### y ######, titulares de los instrumentos de identidad números: ###xx, y ######, respectivamente, rogamos a usted honorable juez (a) se sirva ordenar lo pertinente para que se libre boleta de notificación al Ciudadano Fiscal del Ministerio Publico, remitiéndole anexo a la misma copia certificada de la presente solicitud, así mismo pedimos que la misma sea Admitida, Sustanciada Conforme a Derecho y Declarada Con Lugar en la definitiva con todos los pronunciamientos Legales Pertinentes.

Es justicia, que esperamos merecer en la ciudad de Caracas, a la fecha de su presentación.

10/08/2018

CIUDADANO:
JUEZ (A) DE LOS JUZGADOS DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTAR DE MEDIDAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.

SU DESPACHO:

Yo, ######XX, mayor de edad, venezolana, de este domicilio, civil y jurídicamente hábil en derecho, y titular de la cedula de identidad número V XX.###.###, ante usted, muy respetuosamente ocurro para exponer ciudadano Juez (a): Desde hace veintidós (22), años he venido construyendo a mis propias expensas una bienhechuría de dos PLANTAS, para adjudicar a mi familia en una superficie de: Ochenta y ocho metros cuadrados (88 m2), ubicado en la siguiente dirección; Parroquia ###X, Municipio ###XX, Distrito Capital, Barrio ###### parte alta, Calle ######, casa número 10, cuyos linderos y medidas son los siguientes NORTE: a veinte metros (20mtr), Callejón ###X, SUR: a diez metros (10mtr), con Calle: ######, que es su frente, ESTE: Calle 1 A, OESTE: Calle ######, la referida bienhechuría consta de once (11) metros de largo, por ocho (8) metros de ancho, distribuidas de la siguiente manera, Primera Planta; un Recibo, un Pasillo, una Sala, dos Cuartos, una Cocina, un Baño, la construcción está hecha en paredes de bloques, debidamente frisadas, piso de cemento, techo de Platabanda, una (01) Puerta y un (01) Portón de Hierro y dos (02) Ventanas de Hierro, posee servicios de energía eléctrica, agua servida y potable, Segunda Planta; tres Cuartos, una Cocina, una Sala, un Baño, un Balcón, la construcción está hecha en paredes de bloques debidamente frisadas, piso de cemento, techo de Platabanda, una (02) Puertas de Hierro, posee servicios de energía eléctrica, agua servida y potable, en dicha bienhechuría se ha invertido la suma de (Bs ###X
) los cuales fueron pagados totalmente por mí no quedando a deber nada por ningún concepto relacionado con dicha bienhechuría, sea por materia prima, materiales, mano de obra y otros gastos de fabricación. Solicito finalmente que evacuadas que hayan sido tales actuaciones, a tenor de los dispuesto en el artículo 937° del Código de Procedimiento Civil Vigente, solicito me sea expedido a mi nombre: TITULO SUPLETORIO suficiente de propiedad, para asegurarme de mis derechos sobre la bienhechuría antes descrita. Ruego a usted ciudadano (a) Juez (a) se sirva a interrogar a los testigos. Primero: si me conocen de vista, trato y comunicación desde hace muchos años, SEGUNDO: Si conocen la bienhechuría antes descrita, TERCERO: Si saben y les consta si dicha bienhechuría la he construido con dinero de mi propio peculio, pagando totalmente los materiales de construcción y mano de obra lo cual asciende al monto de SEISCIENTOS MILLONES DE BOLIVARES EXACTO (Bs 600.000,000). Solicito que los testigos den razón fundadas de sus dichos y que evacuado como sea la presente solicitud se decrete dicha actuación, solicito ante este honorable juez (a) devolverme original con sus resultas.

Es justicia, que espero merecer en la ciudad de Caracas a la fecha de su presentación.
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08/08/2018

Modelo de firma personal, debe ir firmado y visado por abogado en libre ejercicio de la profesión del derecho

CIUDADANO
REGISTRADOR MERCANTIL DE LA CIRCUNCRIPCION JUDICIAL DEL DISTRITO CAPITAL
Su Despacho.

Yo, #########, de nacionalidad Venezolana, mayor de edad, estado civil soltera, titular de la cédula de identidad Nº xx.###.###, de ocupación Comerciante, con domicilio en la Parroquia ###x, Municipio ###x, del Estado ###xx, ante usted respetuosamente acudo a fin de exponer; He decidido constituir en esta Parroquia una FIRMA PERSONAL, que girará bajo la denominación comercial de “SALÓN D` BELLEZA UNISEX FASHION STILO ”, la cual funcionará en el Sector ###xx”, Parroquia ###xxdel Municipio ###### del Estado ######x. Siendo el objeto principal realizar el servicio de; corte, tinte, peinado, desriz y secado de pelo a personas de ambos sexos y edad y corte, arreglo, pintura y decoración de uñas, en fin toda actividad compatible, en el ramo del mejoramiento de la presencia y embellecimiento personal y demás actividades conexas, Objeto Principal. Funcionará con un capital de Bs _______, dinero de mi propio peculio, siendo yo la única persona que puede firmar, por cuanto no tengo socios, es por lo que ruego a usted, se sirva ordenar su registro, fijación y publicación en el libro de Registro de Comercio a su digno cargo. Habiendo cumplido con las estipulaciones de los artículos 19 ordinales 8, 26 y 28 del Código de Comercio Venezolano vigente, pido a usted se sirva expedirme Copia Certificada de este documento y del auto que sobre él recaiga para que surta sus efectos legales.
En Caracas a la fecha de su presentación

11/12/2017

Asesoramiento jurídico en materia laboral, Representación Judicial ante Tribunales del Trabajo, e Inspectoría, y Cálculos de Prestaciones Sociales.-

24/10/2017

Los psicólogos aseveran que cuando hay un divorcio ocurre una especie de quiebre dentro de la familia, pues las dos figuras principales (padre y madre) ya no vivirán juntos.

“Cuando hay hijos es muy complicado porque generalmente, son los más afectados por la situación. Los adultos deben buscar la manera de explicarles a los niños lo que ocurrió”. existen momentos en los que los padres utilizan a sus hijos como objetos y se pelean por ellos. También los ponen en el medio del conflicto, “lo que es inapropiado”.

“Cuando eso ocurre, los hijos sufren emocionalmente. Esto puede interferir en su desarrollo como adultos”.

Los especialistas recomiendan a los padres buscar ayuda profesional en caso de que no sepan sobrellevar la situación.

Señalan que son muy pocos los casos en los que las parejas terminan la relación “en santa paz”. Insisten en la necesidad de que impere la armonía durante todo este período.

"Los hijos no deben usarse como forma de venganza por rabia”.

Se recomienda a quien desee iniciar un divorcio, estudiar muy bien los estamentos legales como el Código Civil de Venezu...
24/10/2017

Se recomienda a quien desee iniciar un divorcio, estudiar muy bien los estamentos legales como el Código Civil de Venezuela y Ley Orgánica Para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (Lopnna) "si hay menores" Igualmente, se sugiere tener de apoyo a un abogado con el que haya una buena relación.
quienes no cuenten con suficiente recursos económicos para pagar asesorías, pueden acudir a la Defensoría Pública en los principales tribunales del país. El servicio es gratuito.
Allí tendrán acceso a información que servirá durante el desarrollo de la disolución del matrimonio.
Para mayor información está disponible el portal www.defensapublica.gob.ve, en el que se especifican las competencias del ente.

23/10/2017

Serán causas justificadas de despido, los siguientes hechos del trabajador o empleado

Falta de probidad (honradez, honestidad, integridad o rectitud).

Vías de hecho, salvo en legítima defensa.

Todo acto inmoral que ofenda al patrono o algún miembro de su familia que vivan con él.

Omisiones o imprudencias que afecten la seguridad o higiene del trabajo.

Inasistencia injustificada al trabajo durante tres (3) días hábiles en el período de un mes.

Daños causado intencionalmente o con negligencia grave a mobiliarios, máquinas, herramientas, útiles de trabajo, materias primas, productos elaborados y terminados.

Revelación de datos y secretos de manufactura, fabricación o procedimiento.

Abandono del trabajo, como:
a) La salida intempestiva e injustificada del trabajador durante las horas laborales sin permiso del patrono.
b) La negativa de trabajar en las tareas a la que fue contratado, no se considerará abandono del trabajo, la negativa de trabajar en una labor que sea peligrosa y grave para su vida o su salud.
c) La falta injustificada de asistencia del trabajador que tuviere a su cargo alguna tarea o máquina, cuando esta falta signifique una perturbación en la marcha del proceso productivo, la prestación del servicio o la ejecución de la obra.

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Puerta Caracas

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