16/04/2026
¿Sabías que el Consejo de Protección NO puede hacer todo lo que muchas personas creen? ⚖️
En mi ejercicio como abogada, es muy común ver casos donde las personas acuden al Consejo esperando soluciones que legalmente no le corresponden.
El Consejo de Protección, según la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, es un órgano administrativo.
Su función es proteger derechos de niños, niñas y adolescentes… pero dentro de ciertos límites.
👉 Por ejemplo:
✔️ SÍ puede:
• Dictar medidas de protección
• Mediar conflictos familiares
• Recibir denuncias
• Autorizar viajes o permisos
❌ NO puede:
• Ordenar detenciones o “mandar a buscar” a alguien
• Decidir custodias definitivas
• Quitar patria potestad
• Actuar como un tribunal
Esto es clave:
Muchas veces hay decisiones que deben ir directamente a tribunales, y perder tiempo en la instancia equivocada puede complicar más la situación.
Además, cualquier actuación del Consejo debe respetar el debido proceso.
Si una medida es excesiva o fuera de sus competencias, puede ser impugnada.
💡 Entender esto te permite actuar mejor y proteger tus derechos (y los de tus hijos).
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Si estás pasando por una situación y no tienes claro:
• a dónde acudir
• si una medida es correcta
• o cómo proceder legalmente
Una orientación a tiempo puede hacer la diferencia.
📩 Puedes escribirme por mensaje privado para evaluar tu caso.
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Tuozzo Consulting-Abog. Maria Alejandra Tuozzo