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23/03/2026

📌El alcalde del municipio Mario Briceño Iragorry, Brullerby Suárez, informó a través de su cuenta en Instagram una situación irregular que pasó con una estudiante cuando fue a pagar el pasaje preferencial y el chófer de la unidad de transporte público de la Sociedad Civil Unión El Limón se negó a aceptarlo y le indicó a la joven que se bajara.

📌En este sentido, el alcalde Suárez señaló que se procesó y constató la denuncia. Este acto infringe directamente los artículos 104, 112 y 178 de la Ley de Transporte Terrestre vigente, vulnerando el derecho a un servicio de calidad, la igualdad de trato y el respeto a las tarifas preferenciales establecidas por el Ejecutivo Nacional.

📌Los órganos con competencias en ejercicio de las facultades regulatorias de transporte en los municipios Girardot y Mario Briceño Iragorry, y en resguardo del bienestar estudiantil, se ordena la suspensión de actividades por díez días continuos.

📌Asimismo, manifestó que se encuentran desplegados en todo el territorio para garantizar el bienestar de los ciudadanos, ratificando que el aumento del pasaje a Bs. 130 no es legal.

07/02/2026

Análisis Sentencia N° 04 Sala Casación Penal TSJ, 23/01/2026
Título para YouTube: ¡Atención! La Evasión del Imputado detiene la Prescripción (Sentencia TSJ 2026)

La Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 04 de fecha 23 de enero de 2026, ha ratificado un criterio fundamental sobre la operatividad de la extinción de la acción penal por el transcurso del tiempo, diferenciando claramente las figuras de la prescripción.

Puntos Relevantes del Análisis:
Distinción de Figuras: La Sala establece que la prescripción ordinaria de la acción penal posee una naturaleza y cómputo distinto a la prescripción extraordinaria o judicial.

Definición de Prescripción Judicial: Se fundamenta en el artículo 110 del Código Penal, definiéndola como aquella que se materializa debido a la inacción o paralización por parte de los órganos jurisdiccionales competentes.

La Evasión como Obstáculo: Se determina que la prescripción extraordinaria es inaplicable si el investigado se ha sustraído del proceso.

Intencionalidad y Dilación: Cuando la ausencia física del imputado es la causa directa de la dilación procesal, dicha conducta interrumpe o impide que corra el lapso de la prescripción judicial, ya que el retraso no es atribuible al tribunal sino a la evasión del sujeto.

Este criterio impide que la justicia se vea burlada por quienes, mediante el ocultamiento o la fuga, pretenden beneficiarse del paso del tiempo para alcanzar la impunidad.

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07/02/2026

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15/01/2026

Análisis Sentencia N 2065 Sala Constitucional TSJ, 12/12/2025
La presente decisión de la Sala Constitucional aborda un tema crítico en el proceso penal venezolano: la admisibilidad de los informes periciales privados frente a los institucionales en casos de violencia contra la mujer.

El caso surge de una acción de amparo interpuesta por la víctima contra una decisión de la Corte de Apelaciones. El conflicto central radica en que la víctima promovió como prueba un informe psicológico realizado por un psiquiatra particular, así como la comparecencia del mismo en juicio. Tanto el tribunal de alzada como la Sala Constitucional determinaron que dicha prueba no es admisible si no cumple con las formalidades legales.

Puntos clave del análisis:

Cualidad de Experto: La Sala ratifica que el profesional que realiza la valoración debe estar debidamente juramentado ante el órgano judicial para tener cualidad de experto en el proceso.

Jerarquización Institucional: Se fundamenta en la Disposición Segunda de la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la cual prioriza los informes emanados de instituciones públicas o debidamente acreditadas que forman parte de la estructura de apoyo judicial.

No Vulneración de Garantías: La Sala concluye que inadmitir un informe privado (fuera del control institucional) no vulnera el derecho a la defensa ni el debido proceso, siempre que la decisión se ajuste a la normativa específica de violencia de género que rige la materia.

Este criterio es vital para los abogados litigantes al momento de preparar la carga probatoria, enfatizando la necesidad de canalizar las evaluaciones a través de los órganos auxiliares de justicia para garantizar su eficacia procesal.

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29/12/2025

Análisis Sentencia N 1040 Sala Constitucional TSJ, 30/06/2025.

¡Es Apelable! El TSJ frena la inclusión arbitraria de terceros en juicios laborales

La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante esta trascendental sentencia, ha puesto orden en el procedimiento laboral venezolano al declarar procedente "in limine litis" una acción de amparo constitucional. El caso surge cuando un Juzgado Superior pretendió impedir la apelación de un auto que admitía la intervención forzosa de terceros (Ministerio de Salud e Hidrolara), alegando erróneamente que solo se podía apelar la negativa de admisión.

Puntos clave del fallo:

Naturaleza Jurídica: La Sala aclara que la admisión de una tercería forzosa no es un simple trámite, sino una sentencia interlocutoria. Por tanto, al causar un gravamen irreparable (como la dilación indebida del proceso), es plenamente apelable según el artículo 289 del CPC (aplicable por remisión).

Derecho a la Doble Instancia: El tribunal de alzada vulneró el debido proceso y la tutela judicial efectiva al negar el recurso basándose en una interpretación restrictiva y analógica de la admisión de la demanda (Art. 124 LOPT).

Límite a Tácticas Dilatorias: Se establece que incluir terceros sin un vínculo sustancial claro o pruebas fehacientes constituye una obstrucción a la celeridad procesal, especialmente cuando se involucran entes públicos con prerrogativas.

Esta sentencia es un escudo contra el uso abusivo de las tercerías como mecanismo para retardar los pagos de acreencias laborales.

Dr. Jose L. Velasquez C.

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29/12/2025

Giovanny Hurtado fue detenido por el femicidio de Dorelis Zambrano en Falcón

Comisiones de la Coordinación de Investigaciones de Delitos Contra las Personas de la Delegación Municipal Punto Fijo, esclarecieron el atroz femicidio de Dorelis Francelina Zambrano (44), ocurrido en una edificación en ruinas ubicada en la avenida Jacinto Lara con avenida Luis Beltrán Pietro Figueroa, parroquia y, municipio Carirubana, Punto Fijo, estado Falcón, el pasado 18 de diciembre, logrando la detención de su ex pareja, Giovanny Gregorio Hurtado Díaz (58).

Se pudo conocer que Hurtado Díaz, había sometido a la víctima y golpeado salvajemente tras sostener una fuerte discusión motivado que esta había puesto fin a la relación amorosa que sostuvieron, el hombre cegado por los celos y la ira, la sometió y golpeó con objetos contundentes (piedra y tronco de árbol), para posteriormente abusar de ella, hasta su fallecimiento; una vez cometido el atroz crimen, Hurtado Diaz, huye del sitio.

Tras una exhaustiva búsqueda y trabajos de inteligencia, las comisiones del Cicpc, lograron la ubicación y captura del femicida y, quedó a la orden del Ministerio Público.

29/12/2025

Análisis Sentencia N 1040 Sala Constitucional TSJ, 30/06/2025.

¡Es Apelable! El TSJ frena la inclusión arbitraria de terceros en juicios laborales
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, mediante esta trascendental sentencia, ha puesto orden en el procedimiento laboral venezolano al declarar procedente "in limine litis" una acción de amparo constitucional. El caso surge cuando un Juzgado Superior pretendió impedir la apelación de un auto que admitía la intervención forzosa de terceros (Ministerio de Salud e Hidrolara), alegando erróneamente que solo se podía apelar la negativa de admisión.

Puntos clave del fallo:

Naturaleza Jurídica: La Sala aclara que la admisión de una tercería forzosa no es un simple trámite, sino una sentencia interlocutoria. Por tanto, al causar un gravamen irreparable (como la dilación indebida del proceso), es plenamente apelable según el artículo 289 del CPC (aplicable por remisión).

Derecho a la Doble Instancia: El tribunal de alzada vulneró el debido proceso y la tutela judicial efectiva al negar el recurso basándose en una interpretación restrictiva y analógica de la admisión de la demanda (Art. 124 LOPT).

Límite a Tácticas Dilatorias: Se establece que incluir terceros sin un vínculo sustancial claro o pruebas fehacientes constituye una obstrucción a la celeridad procesal, especialmente cuando se involucran entes públicos con prerrogativas.

Esta sentencia es un escudo contra el uso abusivo de las tercerías como mecanismo para retardar los pagos de acreencias laborales.

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29/12/2025

Detenido un hombre por sextorsión y acoso en Aragua de Barcelona

Durante un procedimiento policial llevado a cabo por pesquisas de la Coordinación de Investigaciones de los Delitos Contra las Personas de la Delegación Municipal Aragua de Barcelona, fue detenido Railer Francisco Acosta Fuentes de 33 años, en el sector Casco Central, avenida José Antonio Anzoátegui, parroquia y municipio Aragua de Barcelona, estado Anzoátegui, por sextorsión y acoso.

Al tener conocimiento del caso, los funcionarios realizaron un intenso trabajo de investigación de campo, logrando determinar que el detenido no aceptaba la ruptura de la relación sentimental con la víctima (42), motivo por el cual utilizaba varias líneas telefónicas, para acosarla y presionar a para tener relaciones sexuales, chantajeándola con subir fotos intimas a las redes sociales sino accedía a su propuesta.

Al momento de su captura, tenía en su poder un arma blanca tipo cuchillo. Quedando el caso a la orden de la Fiscalía de Flagrancia del Ministerio Público.

29/12/2025

Por fraude, Cicpc detuvo a trabajador de un comercio en Chacao

En la parroquia y municipio Chacao, estado Miranda, funcionarios de la División de Investigaciones de Delitos Financieros, del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) aprehendieron a Luis Alexis Roa (45), por el delito de fraude; quedando a la orden de la Fiscalía 35° del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, en materia de Homicidios, Contra la Propiedad y Delitos Graves.

Mediante un intenso y minucioso trabajo de experticias documentales y entrevistas, se determinó la responsabilidad del detenido en el hecho; Roa, valiéndose de su cargo como capitán supervisor de un establecimiento comercial ubicado en Chacao, proporcionaba a los clientes datos bancarios personales, para recibir pagos de los consumos realizados en el establecimiento, obteniendo un beneficio económico en perjuicio de su víctima.

Cabe destacar que, por este hecho, el Cicpc continúa con las investigaciones para ubicar y detener a otro trabajador de la empresa, quien se desempeñaba como mesero y también tenía el mismo modus operandi, con la finalidad de ponerlo a la orden de la justicia venezolana.
Así lo informó el comisario Douglas Rico, director nacional del Cicpc, en su cuenta de Instagram.

29/12/2025

Análisis Sentencia N 1904 Sala Constitucional TSJ, 26/11/2025.

Esta relevante decisión de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia ratifica los pilares fundamentales del debido proceso y la tutela judicial efectiva en Venezuela. La sentencia aborda una patología procesal crítica: las acusaciones fiscales "genéricas" o carentes de sustento.

La Sala establece con claridad que la labor del Ministerio Público no puede ser discrecional ni arbitraria. Para que una acusación sea válida, los representantes fiscales deben presentar fundamentos sólidos que demuestren, de manera inequívoca, la participación y la responsabilidad penal individualizada de los imputados.

Puntos clave del análisis:

Individualización de la Pena: No basta con señalar un hecho punible; es obligatorio precisar qué hizo cada persona y cómo su conducta se subsume en el tipo penal.

Orden Público: La carencia de motivación racional y coherente en un acto conclusivo no es una simple falla formal, sino una vulneración al orden público, lo que faculta a los tribunales para corregir estas desviaciones.

Límite al Poder Punitivo: Se prohíben las acusaciones desprovistas de sustento fáctico (hechos) y jurídico (derecho), garantizando que nadie sea sometido a un juicio sin una base mínima objetiva.

Este fallo es una herramienta esencial para la defensa técnica, recordando que la motivación es la garantía contra la arbitrariedad en el ejercicio de la acción penal.

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29/12/2025

¿Qué es la flagrancia y por qué es clave en una detención?

De eso te voy hablar hoy en Criterios Jurídicos.

¿Qué es la flagrancia?

¡No todo lo que parece, lo es!

¿Sabías que no toda detención en el momento del delito es legalmente flagrante?

En derecho procesal penal, la flagrancia permite detener a una persona sin orden judicial. Pero no todo acto inmediato es flagrante.

¿Cómo lo diferenciamos?

Reconociendo los tipos de flagrancia:

Flagrancia Propia: El autor es sorprendido en el momento exacto del delito.

Flagrancia Impropia: El autor es perseguido inmediatamente después de haber cometido el hecho.

Flagrancia Presunta: Es cuando se encuentra al sospechoso con objetos o huellas que lo vinculan directamente al delito.

¿Por qué es importante?

Porque una detención sin flagrancia puede ser ilegal, y eso puede anular pruebas o incluso el proceso penal completo.

29/12/2025

Análisis Sentencia N 2054 Sala Constitucional TSJ, 10/12/2025
La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su sentencia Nro. 2054 de fecha 10 de diciembre de 2025, establece un criterio fundamental sobre el derecho a la defensa y las facultades del Ministerio Público durante la fase preparatoria del proceso penal.

El fallo aclara que, si bien el Ministerio Público es el director de la investigación, esto no le otorga una facultad absoluta para ignorar las solicitudes de las partes (imputado o víctima). La Sala determina que:

Obligación de Recibir y Analizar: El Fiscal no puede negarse a recibir una solicitud de diligencias. Tiene el deber legal de ponderar su pertinencia y necesidad para el esclarecimiento de los hechos.

Motivación de la Negativa: El punto más relevante es que, en caso de decidir no realizar una diligencia solicitada, el Ministerio Público está obligado a motivar su rechazo. No basta con un "no" administrativo; debe explicar las razones jurídicas y fácticas por las cuales considera que la diligencia no es útil o necesaria.

Derecho a la Materialización: El derecho a que la diligencia se ejecute efectivamente nace en el momento de su admisión.

Este criterio garantiza que el proceso no sea unilateral y protege el derecho de las partes a participar activamente en la construcción de la verdad procesal, evitando la indefensión por omisiones fiscales arbitrarias.

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