ESCRIBANA ELIZABETH MORALES

ESCRIBANA ELIZABETH MORALES PÁGINA DEDICADA A ASESORAR AL PÚBLICO EN GENERAL SOBRE TRÁMITES ANTE ESCRIBANOS.

12/04/2017
25/11/2016

IMPO anunció la sustitución del Diario Oficial impreso por el Diario Oficial digital que tendrá validez legal.

http://www.aeu.org.uy/uc_3232_1.html

El 1.° de julio de 2016 culmina el proceso de sustitución del Diario Oficial impreso por el Diario Oficial digital. Esta versión digital ofrece la posibilidad de acceder a los contenidos del día, desde la 00:00 horas, con solo entrar al sitio web institucional de IMPO www.impo.com.uy/diariooficial.…

CONSULTORIO NOTARIAL Y JURÍDICO GRATUITO
25/04/2012

CONSULTORIO NOTARIAL Y JURÍDICO GRATUITO

Se deberá completar una declaración jurada, para lo cual se le entregará un formulario, y presentar 2 fotocopias de la misma firmada. El Consultorio Jurídico atiende al público de lunes a viernes de 8:00 a 12:00 horas y de 17:30 a 21:30 horas. Es necesario solicitar hora, puede hacerse telfónicament...

04/04/2012

Certificado Único Departamental (CUD)

1) MARCO JURIDICO REGULATORIO. El C.U.D. fue creado por el art. 487 de la ley 17930 y reglamentado por los Decretos 502/07 del 20-diciembre-2007 y Decreto 329/008 del 7 de julio del 2008.

2) ¿QUIENES DEBEN SOLICITARLO? Los sujetos pasivos del IRAE y/o del IMEBA (art. 2º. del Decreto), que sean Sujetos Pasivos de los tributos municipales: Contribución Inmobiliaria y Patente de Rodados para la realización de algunos de los actos indicados por el art. 3o del Decreto 502/07 en el texto dado por el Decreto 329/08. SUJETOS PASIVOS CONTRIBUYENTES: A) Contribución Inmobiliaria: I) Propietarios; II) Poseedores a cualq. título; III) Promitentes Compradores con promesa inscripta, y IV) Mejores postores en remate judicialmente aprobado. B) Patente de Rodados: I) Propietarios; II) Titular registral en Regtro de Vehículos de la IMM, III) Poseedor a cualq. título, IV) Mejor postor en remate judicial o realizado por Organismos Públicos; V) Promit. Comprador con compromiso con firmas certificadas ante Escribano y VI) Usuario del automotor con Contrato de Crédito de Uso (Leasing).

3) ACTOS para los cuales se requiere el C.U.D. (art. 3 )
-Otorgamiento o renovación de préstamos mayores a UI 20.000 ante Instituciones de Intermediacion Financiera.
-Compraventas, permutas, donaciones, dación en pago, aportes a sociedades comerciales, fideicomisos, hipotecas y promesas de Bienes Inmuebles.
-Compraventas, permutas, donaciones, dación e pago, aportes a sociedades comerciales, fideicomisos y prendas de Vehículos Automotores con aptitud registral
-Compraventas de vehiculos automotores otorgadas en cumplimiento voluntario de Contratos de Créditos de Uso (leasing). En este caso el certificado será expedido por el Usuario de Leasing.

4) NO SE SOLICITARA POR DERECHOS DE MEJOR POSTOR EN REMATE. Por disposición del Dec. 329/2008 no deberán incluirse en la Declaración Jurada los bienes inmuebles o automotores sobre los cuales el solicitante sea titular de derecho de mejor postor en remate o cesionario de los mismos.

5) CASOS EN LOS CUALES NO SE EXIGIRA EL CONTROL DEL C.U.D.
* -Bienes de propiedad o administrados directamente por el B.H.U y la A.N.V., ni los comprendidos en los fideicomisos que estos administren.
* -Ejecuciones por expropiación, ejecución forzada judicial, extrajudicial o “judicial simplificada” (art. 35 y sig. Ley 18.125), cumplimiento forzado de ley 8.733 y concordantes.
* -Adjudicaciones a favor del B.H.U. posteriores a remates frustrados y en el caso del art. 50 de ley 18.125.
* -Adquisicion de biens inmuebles por MEVIR no superiores a 15 hás. destinados a construcción de viviendas o servicios anexos.
* -Compraventa y prendas de automotores Cero Kilómetro.
* -Compraventa en cumplimiento de promesas inscriptas en las que se haya entregado la ocupación del bien inmueble.
* -Hipotecas y prendas cuando se adquieren simultáneamiente al inmueble o automotor objeto de la garantía.
* -Adquisiciones por Sucesión o Prescripción.
* -Enajenaciones a favor de las instituciones aseguradoras que indemnicen por destrucción total o desaparición de vehículos automotores, incluyendo las comunicaciones realizadas por las mismas al Registro Nacional de Automotores.

6)¿QUIENES ESTAN OBLIGADOS A EXIGIRLOS Y CONTROLARLOS? (art. 3º del Decreto)
(*) - Instituciones Financieras para otorgamiento y renovación de préstamos. Se deberá solicitar en todos los departamentos donde se encuentren ubicados los bienes que se declararon en el estado de responsabilidad patrimonial.- (art. 4º del decreto)
(**) - Escribanos y Registros Públicos para los actos indicados.

7) LUGAR DONDE SE DEBE SOLICITAR: En el lugar donde se encuentre ubicado el inmueble o empadronado el vehiculo automotor. (art. 6º del decreto)

8) ¿COMO SE SOLICITA?
- En FORMULARIO que proporcionarán las Intendencias . ADJUNTAR: A) fotocopia de la Céd. Ident. del Contribuyente, del representante legal de la Persona Jurídica solicitante. Si la solicitud es firmada por Apoderado adjuntar tambien fotocopia de Ced. Ident del mismo, testimonio notarial del poder habilitante con constancia de vigencia del mismo. B) Valorado municipal. C) Timbre profesional art. 71 inc. G de ley 17738 del 7/1/2005 y D) Seguro Obligatorio de Automotor (SOA).

-DATOS A PROPORCIONAR POR EL SOLICITANTE:
A) Nombres completos de la Persona Fisica o Jurídica y del firmante, B) No. de RUT de la DGI, C) No. de inscripción en BPS, D) Domicilio constituído, E) Teléfono, F) Dirección de correo electrónico; y G) Indicación de los números de Padrones de todos los inmuebles y automotores.

9) BIENES QUE DEBEN INCLUIRSE EN LA DECLARACION JURADA. Todos los inmuebles y automotores en relación con los cuales el solicitante sea sujeto pasivo de tributos municipales. (ver punto 2 sujetos pasivos con excepción del mejor postor en remate)

10) DONDE SE SOLICITA y EXPIDE. Sección Gestiones Registrales y Documentación (Gravámenes) del Serv. de Gestión de Contribuyentes. Palacio Municipal. Atrio de Soriano en el horario de 10 y 10 a 15 y 30 horas. DEMORA: Se expide en el acto.

11) AMPLIACION DE INFORMACION. La IMM podrá requerir información complementaria sobre aquellos aspectos que entienda necesarios referidos a la documentación aportada, o la correspondencia de la información proporcionada con lo que surja de los registros municipales.

12) DECLARACION FALSA. De comprobarse alguna falsedad de lo declarado, los datos o documentación aportada la I.M.M. procederá a realizar la denuncia penal de conformidad con lo dispuesto por los arts. 239 y 347 del Código Penal Uruguayo.

13) VIGENCIA. 1 año a partir de la Expedición.

04/04/2012

Lavado de Activos - Diligencia debida notarial

La ley sobre lavado de activos designa al Escribano Público -entre otros- como agente para la lucha y prevención del blanqueamiento de capitales. En tal sentido, le impone cumplir con la llamada diligencia debida. En este espacio se establecen las pautas para el cumplimeinto de dicha diligencia.

ACLARACIONES

La obligación de la diligencia debida está vigente desde la promulgación de la Ley y el Decreto reglamentario.
Este formulario sugerido NO es obligatorio, fue instrumentado a efectos del cumplimiento ordenado de dicha diligencia. El Escribano podrá adoptar las medidas que considere pertinentes para el cumplimiento de la obligación.
El formulario deberá ser archivado con la documentación de la operación y sólo será presentado ante las autoridades vinculadas al lavado de activos en el caso que estas así lo soliciten.

1. Formulario de diligencia debida

Los Escribanos Públicos son considerados sujetos obligados al contralor de los requisitos legales sobre el lavado de activos cuando lleven a cabo operaciones para sus clientes relacionadas con las siguientes actividades: compraventas de bienes inmuebles, administración de dinero, valores y otros activos, administración de cuentas bancarias, de ahorro o valores, organización de aportes para la creación, operación o administración de sociedades, creación, operación o administración de personas jurídicas u otros institutos jurídicos y compraventas de establecimientos comerciales. El grado de la diligencia a aplicar es variable. Dicha graduación va desde la diligencia “mínima” a la “intensificada”, según los casos y situaciones.

A tales efectos, se ha publicado el formulario modelo sugerido para el cumplimiento de la diligencia debida a la que aluden la Ley 18.494 y el Decreto 355/2010.

Se podrán utilizar cualquiera de las dos opciones publicadas (modelo A en formato procesador de texto o modelo B en formato formulario en pdf con campos a rellenar). El formulario se estructura en dos partes, una relativa a los datos de identificación de las personas que intervienen en la operación y otra con la declaratoria a firmar por el adquirente. Asimismo, se acompaña de pautas para su llenado.

El formulario fue acordado entre la AEU y la Secretaría de Lavado de Activos, la Unidad de Información y Análisis Financiero (UIAF) del Banco Central y la Auditoría Interna de la Nación, siendo esta última el órgano que controlará en este aspecto a los Escribanos.

• Lavado de Activos - Formulario modelo A.doc

• Lavado de activos - Formulario modelo B.pdf

• Lavado de Activos - Pautas formulario.pdf



2. Listas de control (BCU)

Lista unificada de ONU - Terrorismo

Personas políticamente expuestas (PEP)

Países o territorios que aplican las recomendaciones GAFI



3. Formulario denuncia ante la UIAF-BCU

Formulario C (Escribanos) *** Aviso: en caso que se despliegue una ventana de acceso solicitando usuario y contraseña presione cancelar para abrir el archivo.



4. Normativa y otros

Febrero 2011
Comunicado: Ley 18.494 - Lavado de Activos. Reporte de actividades sospechosas.

24 de enero de 2011
BCU-Comunicado Nº 2011/020 - UIAF – Formularios para la presentación de reportes de transacciones inusuales o sospechosas (artículos 1º, 2º y 17 de la Ley Nº 17.835 de 23 de setiembre de 2004, en la redacción dada por la Ley Nº 18.494 de 5 de junio de 2009).

2 de diciembre de 2010
Decreto Reglamentario. Regulación de obligaciones sobre el fortalecimiento del sistema de prevención y control de lavados de activos y la financiación del terrorismo.

8 de noviembre de 2010
BCU - Comunicación Nº 2010/216 de 8 de noviembre de 2010. Guía de Operaciones de Riesgo y Señales de alerta para actividades relacionadas con la compraventa, construcción, promoción, inversión u otras transacciones que involucren inmuebles.

3 de octubre de 2009
Declaratoria de la Comisión de Asuntos Americanos de la UINL sobre Lavado de Activos

22 de junio de 2009
Decreto - SE CONSTITUIRÁ UN PLAN NACIONAL PERMANENTE INTEGRADO DE OPERACIONES CONTRA EL NARCOTRÁFICO Y LAVADO DE ACTIVOS.

5 de junio de 2009
Ley 18.494 - CONTROL Y PREVENCIÓN DE LAVADOS DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO. MODIFICACIONES A LEY 17.835.

2 de julio 2007
Decreto 245/007 - SE CREA LA COMISIÓN COORDINADORA CONTRA EL LAVADO DE ACTIVOS Y EL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO DEPENDIENTE DE LA JND.

23 de setiembre de 2004
Ley 17.835 - SISTEMA DE PREVENCIÓN Y CONTROL DEL LAVADO DE ACTIVOS Y DE LA FINANCIACIÓN DEL TERRORISMO.

Departamento de Marketing y
Comunicaciones

04/04/2012

http://www.aeu.org.uy/uc_1692_1.html

Más allá de lo que fríamente podemos considerar como una inversión, para muchas personas la compra de ese inmueble significa el hogar, aquel lugar en donde esa familia vivirá muchos años, verá crecer a sus hijos, y quizás hasta sus nietos. En atención a esto, el derecho establece las mayores garantí...

09/09/2011

Asociación de Escribanos del Uruguay. Micro de TV "Tu Escribano Te Asesora" en el Programa Buen Día Uruguay, Canal 4, los días miércoles. Diserta la Esc. Dan...

09/09/2011

Asociación de Escribanos del Uruguay. Micro de TV "Tu Escribano Te Asesora" en el Programa Buen Día Uruguay, Canal 4, los días miércoles. Diserta la Esc. Sec...

09/09/2011

Asociación de Escribanos del Uruguay. Micro de TV "Tu Escribano Te Asesora" en el Programa Buen Día Uruguay, Canal 4, los días miércoles. Diserta la Esc. Car...

Dirección

Montevideo

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando ESCRIBANA ELIZABETH MORALES publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a ESCRIBANA ELIZABETH MORALES:

Compartir