01/10/2019
Salario Vacacional!
Todos los trabajadores de la actividad privada y de las personas públicas no estatales percibirán de sus empleadores una suma para el mejor goce de la licencia equivalente al 100 % del jornal líquido de vacaciones, que debe ser abonada antes del inicio de la licencia y en proporción a los días correspondientes.
Este beneficio lo tendrán inclusive los trabajadores rurales y del servicio doméstico.
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