CGC Estudio Jurídico Notarial

CGC Estudio Jurídico Notarial Esc. Romina Cédres Beltrán - 093 710 520
Esc. Victoria González Sánchez - 092 542 434
Dra. Carla Corbo Espino - 091 312 575

�Salinas, Canelones

CGC tiene página web!! 🖥️🌐Dejamos el link en la bio para que puedan visitarla.Cuéntennos en comentarios que les pareció ...
17/02/2023

CGC tiene página web!! 🖥️🌐

Dejamos el link en la bio para que puedan visitarla.

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Desde CGC Estudio Jurídico Notarial les deseamos un excelente comienzo de año y esperamos poder seguir acompañándolos en...
31/12/2022

Desde CGC Estudio Jurídico Notarial les deseamos un excelente comienzo de año y esperamos poder seguir acompañándolos en este 2023.
🎉 🥳 🥂 ‼️ 🥂🍾

Queremos desearles a nuestros clientes y amigos que pasen una feliz navidad junto a sus seres queridos.
24/12/2022

Queremos desearles a nuestros clientes y amigos que pasen una feliz navidad junto a sus seres queridos.

Buenas noches, les dejamos información sobre Declaración Judicial de Incapacidad.Dra. Carla Corbo Espino 📞 091312575📍 Sa...
20/10/2022

Buenas noches, les dejamos información sobre Declaración Judicial de Incapacidad.
Dra. Carla Corbo Espino 📞 091312575
📍 Salinas km 39.500 Ruta Interbalnearia

El Decreto Ley N.° 14.407, establece un régimen de protección para los trabajadores enfermos y en principio prohíbe su d...
31/08/2022

El Decreto Ley N.° 14.407, establece un régimen de protección para los trabajadores enfermos y en principio prohíbe su despido, durante el periodo de certificación y hasta 30 días después del reintegro efectivo del trabajador a su labor.

Sin embargo, en caso de que el empleador decida aún así, despedir al trabajador durante los períodos señalados (certificación y periodo de estabilidad), deberá abonarle una indemnización por despido equivalente al doble de la normal, ya que se entiende que el despido se originó por la enfermedad del trabajador (siempre y cuando el trabajador tenga derecho al cobro del despido). En caso de que el empleador haya despedido al trabajador por motivos ajenos a la enfermedad, deberá acreditarlo debidamente, siendo esta la única posibilidad de que el pago de la indemnización sea simple y no doble, por ejemplo en un caso de notoria mala conducta.

En caso de trabajar un feriado no laborable, se cobra el doble por ese día de trabajo.Si se realizan horas extras en uno...
23/08/2022

En caso de trabajar un feriado no laborable, se cobra el doble por ese día de trabajo.
Si se realizan horas extras en uno de estos días, cada hora tiene un recargo de %150.

La liquidación por egreso, es lo que se abona al trabajador cuando finaliza la relación laboral, ya sea por renuncia o e...
19/08/2022

La liquidación por egreso, es lo que se abona al trabajador cuando finaliza la relación laboral, ya sea por renuncia o en casos donde no se haya generado el derecho al despido.

La misma consiste en liquidar los rubros pendientes de pago hasta la fecha del egreso. Siendo estos: salario vacacional, licencia no gozada y aguinaldo, generados hasta el último día trabajado y en caso de que exista salario pendiente de pago, este también se debe abonar con la liquidación.

En el caso de despido del trabajador que haya generado el derecho, cobrará una indemnización por despido (IPD), la que variará según la cantidad de tiempo trabajado y se adicionará a la liquidación por egreso, la que siempre corresponde una vez finalizada cualquier relación laboral.

Si sufriste un accidente de tránsito tenés la posibilidad de reclamar a través del SOA las lesiones personales que hayas...
27/07/2022

Si sufriste un accidente de tránsito tenés la posibilidad de reclamar a través del SOA las lesiones personales que hayas sufrido; pero además podes reclamar en vía civil otros daños no cubiertos por el seguro, como por ejemplo el daño material, el lucro cesante, el daño moral, entre otros.

¿Tenés alguno de estos inconvenientes? Contactate con nosotros.
Dra. Carla Corbo Espino 📞 091312575
📍 Salinas km 39.500 Ruta Interbalnearia

Realizamos todo tipo de poderes y carta poder para gestiones en oficinas públicas y privadas:- Poderes especiales y/o ge...
21/07/2022

Realizamos todo tipo de poderes y carta poder para gestiones en oficinas públicas y privadas:

- Poderes especiales y/o generales
- Poderes para pleitos
- Carta Poder para vehículos
-Protocolizaciones de poderes provenientes del extranjero para que tengan validez en nuestro país

Esc. Victoria González Sánchez 📞092542434

Esc. Romina Cedrés Beltrán 📞093710520

📍Salinas km 39.500 Ruta Interbalnearia

Es necesario saber que cuando llega una notificación o cedulon judicial, lo más importante es acudir a un profesional pa...
13/07/2022

Es necesario saber que cuando llega una notificación o cedulon judicial, lo más importante es acudir a un profesional para asesorarse.
Hay que tener presente que estos documentos tienen plazos para comparecer en las actuaciones correspondientes y una vez vencidos son pocas las posibilidades de acción.
Por lo tanto, si te llega un cedulon consulta lo más pronto posible con tu abogado de confianza.

Dra. Carla Corbo Espino 📞 091312575
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-Investigaciones y sumarios administrativos.-Peticiones administrativas ante los diferentes organismos del Estado.-Recur...
28/06/2022

-Investigaciones y sumarios administrativos.
-Peticiones administrativas ante los diferentes organismos del Estado.
-Recursos de revocación, jerárquico y anulación.
-Acción de nulidad ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo.
-Acción reparatoria patrimonial.

Dra. Carla Corbo Espino 📞 091312575
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-Compraventas.-Promesas de compraventa.-Donaciones.-Permutas.-Préstamos hipotecarios.-Arrendamientos urbanos y rurales, ...
22/06/2022

-Compraventas.
-Promesas de compraventa.
-Donaciones.
-Permutas.
-Préstamos hipotecarios.
-Arrendamientos urbanos y rurales, destino casa-habitación y locales comerciales.
-Certificados y actas notariales.
Y demás tramites y documentos que necesites relativos a inmuebles.

En Estudio CGC te asesoramos para hacer tus negocios de forma segura.
No dudes en consultar.

Esc. Victoria González Sánchez 📞092542434

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