05/30/2026
Cuota Anual de Asilo (Annual Asylum Fee)
Antes de comenzar el proceso de pago
Elegibilidad
Todo extranjero que tuvo una solicitud de asilo pendiente durante todo el período comprendido entre el 1 de octubre de 2024 y el 30 de septiembre de 2025 debe pagar la Cuota Anual de Asilo (AAF).
Además, cualquier extranjero que haya presentado o presente un Formulario I-589 (Solicitud de Asilo) después del 1 de octubre de 2024, y cuya solicitud permanezca pendiente ante USCIS durante 365 días, deberá pagar la AAF al cumplirse el primer aniversario de la fecha de presentación y cada año posterior mientras la solicitud continúe pendiente.
La primera vez que corresponda pagar la AAF, los solicitantes de asilo no necesitan monitorear por sí mismos cuánto tiempo lleva pendiente su solicitud ni determinar si la tarifa les aplica. USCIS enviará notificaciones personales cuando la cuota anual de asilo deba pagarse. Estas notificaciones incluirán:
* El monto de la tarifa.
* La fecha límite para el pago.
* La forma en que debe realizarse el pago.
* Las consecuencias de no pagar la tarifa.
USCIS proporcionará instrucciones para los pagos de años futuros mediante comunicaciones posteriores.
Tarifas
Calcularemos automáticamente el costo antes de que envíe su solicitud. Para información específica sobre las tarifas aplicables, consulte el Formulario G-1055.
Política de reembolso
USCIS no reembolsa tarifas, independientemente de cualquier acción que tome sobre su solicitud, petición o trámite, ni del tiempo que USCIS tarde en tomar una decisión.
Para obtener información adicional, consulte las instrucciones del formulario correspondiente o comuníquese con el Centro de Contacto de USCIS al 800-375-5283. Para personas sordas o con dificultades auditivas (TTY): 800-767-1833.
Aviso de Privacidad del DHS
Autoridad: Los reglamentos 8 CFR 103.7(b)(1)(i) y 8 CFR 103.7(b)(1)(i)(D) autorizan la recopilación de esta información.
Propósito: El propósito principal de proporcionar la información solicitada es autorizar un pago electrónico mediante tarjeta de crédito o transferencia bancaria ACH a través de Pay.gov, sistema propiedad y operado por el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos, para el pago de tarifas relacionadas con beneficios migratorios de USCIS.
Divulgación: La información que proporcione es voluntaria. Sin embargo, no pagar la tarifa correspondiente puede retrasar o impedir que USCIS le otorgue el beneficio migratorio que solicita.
Usos rutinarios: Esta información puede ser utilizada y divulgada a empleados de USCIS, contratistas u otros agentes autorizados que necesiten la información para ayudar en el procesamiento de las tarifas de presentación. También puede compartirse con organizaciones federales, estatales y locales autorizadas, de acuerdo con los usos rutinarios aprobados descritos en los sistemas de registros correspondientes. Asimismo, la información puede ponerse a disposición para fines de cumplimiento de la ley o en interés de la seguridad nacional.