03/11/2025
🇸🇻🇸🇻🇸🇻Libro de Registro de Aumento o Disminución de Capital🇸🇻🇸🇻🇸🇻
✒️El Art. 312 del Código de Comercio, estipula que todo aumento o disminución del capital social deberá inscribirse en un libro de registro que al efecto llevará la sociedad, el cual podrá ser consultado por cualquier persona que tenga interés en ello.
Cualquier sociedad, puede optar por el Régimen de Capital Variable, por el cual el CAPITAL SOCIAL será susceptible de Aumento por aportaciones posteriores o por la admisión de nuevos socios, como de Disminución por retiro parcial o total de algunas aportaciones, tal como dispone el Art. 306 C.Com.
El referido artículo también indica que bajo el Régimen de Capital Variable, el aumento de capital puede hacerse por capitalización de reservas y utilidades o por revalidación del activo; o la disminución del mismo capital por desvalorización del activo.
Todo aumento o disminución de capital se registra en el Libro respectivo, y no es necesario el otorgamiento de Escritura Pública.
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