09/11/2026
🚨 Titulares de visas H-1B, L-1, O-1, TN o E: esto les concierne directamente. 🚨
El 6 de agosto de 2026, el Departamento de Seguridad Nacional (DHS) presentó una regla propuesta —RIN 1615-AD22— que eliminaría el período de gracia de 60 días que hoy protege a los trabajadores no inmigrantes con base en empleo cuando pierden su trabajo.
👉🏻¿Qué es el período de gracia de 60 días y por qué importa tanto?
En 2017, el DHS estableció este período como una red de seguridad real. Hoy funciona así: si tienes una visa de trabajo no inmigrante (H-1B, L-1, O-1, TN, E-1, E-2, E-3 u otra categoría calificada) y pierdes tu empleo —por despido, terminación, reducción de personal o cualquier motivo— cuentas con hasta 60 días para permanecer legalmente en EE. UU.
👉🏻¿Qué pasaría sin ese período de gracia?
La pérdida del empleo significaría presencia ilegal inmediata. Y eso no es solo un tema de papeleo: puede activar una prohibición de reingreso de 3 o 10 años, poner en riesgo tu green card pendiente e incluso derivar en una deportación expedita.
Hemos visto lo que estas consecuencias le hacen a las familias. Son devastadoras. Por eso esta regla propuesta es tan importante.‼️
👉🏻¿Qué puedes hacer ahora? 5 pasos clave:
1️⃣ Revisa tu tipo de visa y su fecha de vencimiento: Conoce exactamente cuándo vence tu estadía autorizada en el I-94 y de qué depende tu estatus. No asumas que tu empleador está dando seguimiento a esto por ti.
2️⃣ Consulta a un abogado de inmigración de inmediato: Si existe cualquier incertidumbre sobre la estabilidad de tu empleo, habla con un abogado calificado antes de que ocurra un cambio laboral, no después.
3️⃣ Explora vías alternativas de visa: Según tus circunstancias, las opciones pueden incluir cambiar a otro estatus no inmigrante, solicitar un ajuste de estatus o explorar el autopatrocinio mediante una solicitud.
4️⃣ Si eres empleador, revisa tus políticas de cumplimiento: Establece protocolos claros de RR. HH. e inmigración sobre qué sucede con los empleados extranjeros patrocinados en caso de despido o reestructuración.
5️⃣ Presenta comentarios sobre la regla propuesta. Una vez que RIN 1615-AD22 se publique en el Registro Federal para comentarios públicos, individuos, empleadores y grupos de defensa podrán presentar oposición formal. Tu abogado puede ayudarte a redactar un comentario público efectivo.
👉🏻 Mantente informado. La regla debe pasar la revisión de la OIRA antes de publicarse como Aviso de Reglamentación Propuesta (NPRM). ‼️
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