10/08/2026
¿QUIÉN PUEDE DAR LECCIONES DE MORAL? EL “29”, LA POLICÍA Y LA DOBLE VARA DEL PODER EN REPÚBLICA DOMINICANA
Por Asesor Jurídico Global
En la República Dominicana se ha vuelto cada vez más frecuente escuchar una expresión que debería estremecer a cualquier sociedad democrática: “poner en 29”.
Dentro del argot policial dominicano, la expresión se utiliza para referirse a la muerte de una persona durante una intervención o supuesto enfrentamiento con agentes de la Policía Nacional. En septiembre de 2026, por ejemplo, siete hombres murieron en diferentes operativos en menos de 24 horas, según reportó la prensa, mientras la Policía sostuvo que los agentes actuaron conforme a los protocolos de uso proporcional de la fuerza.
Pero aquí comienza el verdadero debate jurídico y moral:
¿Puede el Estado combatir la delincuencia convirtiendo la muerte en una especie de resultado operativo?
La respuesta, desde una perspectiva constitucional, debe ser clara: no existe una licencia para matar.
EL ESTADO NO PUEDE CONVERTIR LA JUSTICIA EN UNA EJECUCIÓN
La Constitución dominicana establece que el derecho a la vida es inviolable y que en ningún caso puede establecerse, pronunciarse o aplicarse la pena de muerte. También establece la dignidad humana como fundamento del Estado.
Eso significa que incluso una persona acusada de homicidio, narcotráfico, robo o cualquier otro delito continúa teniendo derechos fundamentales mientras no exista una sentencia definitiva que establezca su responsabilidad penal.
La Policía tiene la obligación de perseguir el crimen.
El Ministerio Público tiene la obligación de investigar.
Los tribunales tienen la obligación de juzgar.
Pero ninguno de esos poderes tiene la facultad de sustituir un juicio por una ejecución.
El propio Reglamento sobre el Uso de la Fuerza de la Policía Nacional reconoce que la fuerza letal constituye el recurso más extremo y que solamente puede utilizarse cuando sea imprescindible para proteger una vida, después de haber agotado los medios menos nocivos cuando las circunstancias lo permitan.
Por eso, cada muerte ocurrida durante un operativo policial debe ser investigada individualmente.
No basta con decir:
«“Era un delincuente.”»
La pregunta jurídica debe ser:
¿Qué ocurrió exactamente?
¿Quién disparó primero?
¿Existía realmente un arma?
¿Hubo una agresión inmediata contra los agentes o terceros?
¿Se respetaron los protocolos?
¿Existían alternativas?
¿Hay cámaras corporales?
¿Existen videos de ciudadanos?
¿Se preservaron las evidencias?
¿Se realizó una investigación independiente?
Eso es Estado de derecho.
ABINADER Y EL MENSAJE DE “O SE ENTREGAN O SE BUSCAN”
El presidente Luis Abinader ha endurecido públicamente su discurso frente a personas que tienen órdenes de arresto pendientes.
En septiembre de 2026 afirmó que quienes tienen órdenes de arresto deben entregarse y advirtió: “O se entregan o se buscan”. El Gobierno también ha presentado un plan estratégico de seguridad ciudadana ante el incremento de hechos violentos.
El problema no está en perseguir a quienes tienen órdenes judiciales.
Eso es precisamente lo que debe hacer un Estado.
El problema comienza cuando el discurso de seguridad termina creando la impresión de que una orden de arresto equivale a una sentencia de muerte.
No es lo mismo capturar que eliminar.
Una democracia seria no debería medir el éxito policial por la cantidad de personas que terminan muertas, sino por la cantidad de personas que son capturadas, sometidas a un proceso justo y condenadas cuando las pruebas demuestran su responsabilidad.
¿Y QUÉ PASA CON LA AUTORIDAD MORAL?
Aquí aparece una discusión política inevitable.
El Partido Revolucionario Moderno (PRM) y el presidente Luis Abinader han construido buena parte de su discurso alrededor de la institucionalidad, la transparencia y la lucha contra la corrupción.
Por eso resulta legítimo preguntar:
¿Con qué autoridad moral se exige a los ciudadanos cumplir estrictamente la ley cuando la propia clase política ha tenido que responder públicamente por controversias relacionadas con personas posteriormente sometidas a procesos judiciales?
Existe un episodio documentado que sigue formando parte del debate público: en 2020, durante la campaña electoral, Luis Abinader utilizó un helicóptero identificado con una empresa vinculada a Miguel Arturo López Florencio, conocido como Micky López.
Posteriormente, Micky López fue acusado por el Ministerio Público de encabezar una estructura de lavado de activos vinculada al narcotráfico. En 2023, un tribunal dictó apertura a juicio contra él y otros miembros de su entorno familiar; posteriormente, en 2026, una Corte de Apelación revocó la extinción del proceso penal y ordenó que el caso continuara.
El propio Abinader explicó públicamente que utilizó aquella aeronave porque el helicóptero que normalmente empleaba se había averiado y que, en aquel momento, López no estaba sometido a la justicia.
Ese episodio no demuestra por sí mismo que Abinader haya cometido un delito. Sería jurídicamente irresponsable afirmar lo contrario sin una sentencia o evidencia que lo establezca.
Pero sí plantea una pregunta política legítima:
Si para una persona vinculada posteriormente a un proceso por lavado de activos se podía utilizar un helicóptero sin que eso significara automáticamente complicidad, ¿por qué el Estado debe asumir automáticamente que todo joven perseguido por la Policía es un criminal irrecuperable que merece morir?
La ley debe ser igual para todos.
UNA REGLA PARA EL JOVEN DE BARRIO Y OTRA PARA EL PODER NO ES JUSTICIA
El problema más grave de la sociedad dominicana no es únicamente la delincuencia callejera.
También existen denuncias, auditorías, investigaciones y procesos relacionados con corrupción administrativa, contrataciones públicas, lavado de activos y otros delitos económicos.
La Cámara de Cuentas, por ejemplo, publicó en 2025 una investigación especial sobre procesos de compras, contrataciones, adjudicaciones y pagos de la antigua Corporación Dominicana de Empresas Eléctricas Estatales (CDEEE) correspondientes al período 2012-2020.
Y aquí debe existir una regla fundamental:
El crimen de cuello blanco no puede ser tratado como menos grave simplemente porque sus protagonistas utilizan traje y corbata.
Si un joven que roba un celular debe responder ante los tribunales, quien roba millones mediante corrupción también debe responder.
Si un delincuente armado debe ser perseguido, quien utiliza estructuras empresariales para lavar dinero también debe ser investigado.
Si el Estado exige que los ciudadanos respeten las órdenes judiciales, los funcionarios y empresarios vinculados a investigaciones también deben someterse al debido proceso.
Pero hay algo todavía más importante:
Ni al delincuente de barrio ni al poderoso empresario se le debe aplicar la justicia fuera de los tribunales.
La respuesta democrática para ambos debe ser investigación, acusación, defensa, prueba, juicio y sentencia.
NO QUEREMOS UNA JUSTICIA SELECTIVA
Desde Asesor Jurídico Global no defendemos la delincuencia.
Defendemos algo mucho más importante:
el Estado de derecho.
Un homicida debe pagar por su homicidio.
Un narcotraficante debe responder por narcotráfico.
Un ladrón debe responder por robo.
Un corrupto debe responder por corrupción.
Un funcionario que abuse de su posición debe responder ante la justicia.
Pero todos deben tener el mismo tratamiento jurídico.
Porque si la justicia solamente es implacable con el pobre y negociable con el poderoso, entonces no estamos hablando de justicia.
Estamos hablando de selectividad.
“PONER EN 29” NO PUEDE CONVERTIRSE EN UNA POLÍTICA DE SEGURIDAD
La propia Policía Nacional reconoce actualmente los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad en el uso de la fuerza, y señala que la fuerza letal debe constituir el último recurso ante situaciones de peligro extremo.
Incluso la Oficina Nacional de Defensa Pública advirtió en julio de 2026 que la Policía podría enfrentar demandas civiles relacionadas con muertes de jóvenes ocurridas durante intervenciones policiales y citó jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos sobre el uso excesivo de la fuerza.
Esto demuestra que la discusión no es simplemente política.
Es jurídica.
Y es también una discusión sobre el tipo de país que queremos construir.
¿Queremos una República Dominicana donde la Policía capture a los delincuentes y los entregue a los tribunales?
¿O queremos una sociedad donde la muerte durante un operativo sea presentada automáticamente como una victoria?
EL ESTADO DEBE SER MÁS FUERTE QUE EL CRIMEN, NO MÁS VIOLENTO QUE EL CRIMINAL
Un Estado fuerte no necesita ejecutar.
Un Estado fuerte investiga.
Un Estado fuerte captura.
Un Estado fuerte presenta pruebas.
Un Estado fuerte condena mediante tribunales independientes.
Y un Estado fuerte también tiene la capacidad de investigar a sus propios agentes cuando existen dudas sobre una muerte.
La verdadera autoridad no nace del miedo.
Nace de la ley.
Por eso, el Gobierno dominicano debe explicar cada muerte ocurrida durante una intervención policial cuando existan cuestionamientos sobre las circunstancias.
Debe publicar estadísticas.
Debe investigar cada caso.
Debe preservar evidencias.
Debe garantizar investigaciones independientes cuando existan dudas razonables.
Y debe demostrar que la expresión “poner en 29” nunca será utilizada como sustituto de un proceso judicial.
LA MISMA LEY PARA TODOS
Si realmente queremos combatir la delincuencia, hagámoslo.
Pero combatamos también la corrupción.
Combatamos el narcotráfico.
Combatamos el lavado de activos.
Combatamos el tráfico de influencias.
Combatamos la impunidad.
Investiguemos a los funcionarios.
Investiguemos a los empresarios.
Investiguemos a los policías.
Investiguemos a los jóvenes involucrados en delitos.
Investiguemos a todos.
Pero que nadie sea ejecutado por el Estado sin que exista una amenaza real e inmediata que haga indispensable el uso de fuerza letal.
Y que nadie sea protegido simplemente por tener poder político, económico o conexiones.
Porque una democracia no puede tener una justicia para el pobre y otra para el poderoso.
La República Dominicana necesita seguridad, sí.
Pero necesita también justicia.
Y entre seguridad y ejecución existe una diferencia enorme:
la Constitución.
Asesor Jurídico Global
Opinión y análisis jurídico-político