Watt Immigration Services LLC

Watt Immigration Services LLC 🌍 Traducción y preparación de documentos
🧾 Taxes personales
🇪🇸 Trámites para España
📩 Solo con cita previa
⚠️ No ofrecemos asesoría legal ⚠️

📌 USCIS ACTUALIZA SUS GUÍAS SOBRE INVESTIGACIONES PARA LA CIUDADANÍA        El 25 de agosto de 2026, USCIS publicó una a...
08/28/2026

📌 USCIS ACTUALIZA SUS GUÍAS SOBRE INVESTIGACIONES PARA LA CIUDADANÍA

El 25 de agosto de 2026, USCIS publicó una actualización de su Manual de Políticas sobre las investigaciones y evaluaciones para determinar la elegibilidad de quienes solicitan la ciudadanía estadounidense por naturalización.

📍La actualización detalla aspectos sobre los cuales USCIS puede recopilar información durante una investigación, entre ellos:

• Situación familiar: matrimonios, divorcios e hijos.
• Actividades sociales, asociaciones y hábitos.
• Empleos, períodos de desempleo y negocios.
• Obligaciones financieras.
• Estudios y reputación en la comunidad.
• Antecedentes penales.
• Servicio militar en Estados Unidos o en el extranjero.
• Viajes, actividades y residencias fuera del país.
• Domicilios actuales y anteriores.
• Credibilidad, veracidad y adhesión a Estados Unidos y a su Constitución.

▶️Estas investigaciones pueden incluir consultas a vecinos, empleadores, compañeros de trabajo y otras personas que conozcan al solicitante.

La actualización desarrolla una práctica retomada en agosto de 2025. Esto no significa que todos los solicitantes recibirán una visita: USCIS puede dispensar la investigación vecinal según corresponda.

📌 Antes de presentar su solicitud, revise cuidadosamente su información y conserve los documentos que respalden sus respuestas. Si existen situaciones que puedan afectar su elegibilidad, consulte con un abogado de inmigración.

📚 Fuente: USCIS — Actualización del 25 de agosto de 2026.

⚠️Información educativa. No constituye asesoría legal.⚠️

🇺🇸 📚 ¡APRENDAMOS DE CIUDADANÍA!¿Te estás preparando para el examen de ciudadanía? ¡Vamos a practicar juntos! 😊🗽 ¿Cuál es...
08/28/2026

🇺🇸 📚 ¡APRENDAMOS DE CIUDADANÍA!

¿Te estás preparando para el examen de ciudadanía? ¡Vamos a practicar juntos! 😊

🗽 ¿Cuál es la ley suprema de los Estados Unidos?

A️⃣ La Declaración de Independencia
B️⃣ La Constitución
C️⃣ La Carta de Derechos

👇 Déjame tu respuesta en los comentarios. Puedes escribir la letra o, si quieres practicar un poquito más, responder en inglés. ✍️

¡No tengas miedo de equivocarte! Estamos aquí para aprender y avanzar un paso a la vez. 💙

⚠️ CIUDADANÍA: USCIS NO SOLO REVISA LOS ANTECEDENTES CRIMINALES      Tener el tiempo requerido como residente y no conta...
08/26/2026

⚠️ CIUDADANÍA: USCIS NO SOLO REVISA LOS ANTECEDENTES CRIMINALES

Tener el tiempo requerido como residente y no contar con antecedentes criminales no es lo único que USCIS puede evaluar al decidir una solicitud de ciudadanía.

El memorándum PM-602-0188, emitido el 15 de agosto de 2025, establece que el buen carácter moral debe evaluarse de manera integral. Esto significa que el oficial puede considerar tanto los factores positivos como los negativos en la conducta del solicitante.

✅ Entre los factores positivos pueden encontrarse:

• Responsabilidad y cuidado de la familia.
• Participación y contribuciones a la comunidad.
• Estudios y superación personal.
• Historial de empleo legal y estable.
• Cumplimiento de los impuestos y otras obligaciones financieras.
• Tiempo de residencia legal en Estados Unidos.

⚠️ También pueden afectar la solicitud:

• Ciertos antecedentes criminales.
• Incumplimiento del pago de impuestos o manutención de menores.
• Declaraciones falsas ante inmigración.
• Registrarse o votar sin ser ciudadano estadounidense.
• Infracciones de tránsito graves o frecuentes.
• Otros comportamientos contrarios a la responsabilidad cívica.

📍El buen carácter moral debe mantenerse durante el periodo correspondiente, generalmente cinco años, o tres años para ciertos solicitantes casados con ciudadanos estadounidenses y hasta prestar el Juramento de Lealtad.

Además, el memorándum PM-602-0189, del 22 de agosto de 2025, permite que USCIS solicite cartas testimoniales de personas que conozcan al solicitante, como vecinos, empleadores, compañeros de trabajo o socios comerciales.

Estas cartas pueden servir como evidencia adicional, pero no son obligatorias para todos los solicitantes.

📂 Antes de presentar su N-400, revise cuidadosamente su historial y reúna evidencias que respalden sus respuestas. Si existe algún arresto, deuda de impuestos, incumplimiento de manutención, registro electoral, votación o reclamación de ciudadanía estadounidense, es recomendable consultar con un abogado de inmigración antes de aplicar.

📌 Fuentes: USCIS, memorándums PM-602-0188 y PM-602-0189.

⚠️ Post Educativo ⚠️

📌 📌 ENTREVISTAS CON USCIS Y USO DE INTÉRPRETES¿Sabía que USCIS puede rechazar al intérprete que usted lleve a su entrevi...
08/25/2026

📌 📌 ENTREVISTAS CON USCIS Y USO DE INTÉRPRETES

¿Sabía que USCIS puede rechazar al intérprete que usted lleve a su entrevista?

Si recibe una cita para una entrevista con USCIS y la carta indica que debe llevar un intérprete si no habla inglés, es responsabilidad del solicitante presentarse con una persona que domine correctamente ambos idiomas.

📍El intérprete debe:

• Ser mayor de 18 años.
• Dominar el inglés y el idioma del entrevistado.
• Interpretar de manera completa, literal y correcta.
• Presentar una identificación vigente.

Aunque USCIS recomienda utilizar una persona imparcial, el oficial puede permitir que un familiar o amigo actúe como intérprete. Sin embargo, también puede rechazarlo si considera que existe un conflicto de interés o que su participación podría afectar la integridad de la entrevista.

Lo recomendable es llevar a una persona que no participe directamente en el caso. Por ejemplo, en una entrevista basada en matrimonio, el esposo o la esposa no debe actuar como intérprete porque también forma parte de la entrevista. Tampoco es recomendable que desempeñe esta función el abogado, representante, preparador o una persona que vaya a declarar como testigo.

🔎 ¿DÓNDE PUEDE ENCONTRAR UN INTÉRPRETE?

Puede contratar los servicios de un intérprete profesional. No es obligatorio que esté certificado, salvo que las instrucciones de USCIS indiquen lo contrario, pero debe dominar ambos idiomas y ser capaz de interpretar correctamente.

🚨USCIS ya no proporciona este servicio. Por eso, debe revisar cuidadosamente las instrucciones incluidas en su carta de cita.

⚠️ Si necesita un intérprete y se presenta sin uno, USCIS podría cancelar o reprogramar la entrevista, ocasionando retrasos en su caso. No debe asumir que la reprogramación será automática.

🇺🇸 EN LAS ENTREVISTAS DE CIUDADANÍA FUNCIONA DE MANERA DIFERENTE

No puede llevar un intérprete solamente porque no habla inglés. Para realizar la entrevista en su idioma, debe calificar para una excepción del requisito de inglés o tener aprobada una adaptación por discapacidad. En esos casos, deberá llevar su propio intérprete.

Siempre revise cuidadosamente su carta de cita, ya que las instrucciones pueden variar según el tipo de entrevista.

💬 Antes de leer esta publicación, ¿quién pensaba que podía actuar como intérprete: un familiar, su esposo(a) o una persona imparcial?

⚠️Post Educativo⚠️

🚨 ¿CUÁNTO TIEMPO PUEDE PERMANECER UN RESIDENTE FUERA DE ESTADOS UNIDOS?      El reciente caso de una residente permanent...
08/24/2026

🚨 ¿CUÁNTO TIEMPO PUEDE PERMANECER UN RESIDENTE FUERA DE ESTADOS UNIDOS?

El reciente caso de una residente permanente detenida por ICE ha llamado la atención sobre los riesgos de permanecer demasiado tiempo fuera del país.

La señora, residente desde 2013, viajó a India en julio de 2022 para cuidar a su padre. Debido a problemas de salud, regresó siete meses después. Al entrar a Estados Unidos, las autoridades cuestionaron si había abandonado su residencia y la colocaron en un proceso de deportación.

En mayo de 2026, un juez cerró el caso porque el Gobierno no demostró que ella hubiera abandonado su residencia. Sin embargo, en agosto fue detenida durante un chequeo de ICE. Según sus abogados, los registros internos aparentemente no se habían actualizado después de la decisión judicial.

📌 ¿QUÉ DEBEN SABER LOS RESIDENTES?

✅ Un viaje de más de seis meses puede provocar más preguntas al regresar y afectar el requisito de residencia continua para solicitar la ciudadanía.

✅ Permanecer fuera durante un año o más, sin un permiso de reingreso, puede ocasionar problemas serios para utilizar la Green Card como documento de entrada.

✅ La residencia no se pierde automáticamente por cumplir seis meses fuera. Las autoridades pueden evaluar si realmente mantuvo su domicilio y sus vínculos con Estados Unidos.

✅ Tener familia, vivienda, empleo, cuentas, impuestos y otras responsabilidades en Estados Unidos puede ayudar a demostrar que no existió intención de abandonar la residencia.

✅ Si usted necesita permanecer fuera de Estados Unidos durante un periodo prolongado, debe considerar solicitar un permiso de reingreso mediante el Formulario I-131. Este permiso debe solicitarse mientras se encuentra físicamente en Estados Unidos y antes de realizar el viaje.

📌 El permiso de reingreso generalmente permite permanecer fuera hasta dos años, pero no garantiza la entrada ni impide que las autoridades evalúen si abandonó su residencia permanente.

⚠️ Ser residente permanente no significa que pueda vivir indefinidamente fuera de Estados Unidos. La Green Card es para residir permanentemente en este país; por eso, los viajes deben ser temporales.

Este caso no significa que toda persona que viaje más de seis meses será detenida, pero sí demuestra que las ausencias prolongadas pueden ocasionar cuestionamientos y procesos migratorios muy serios.

⚠️ Post Educativo⚠️

✨ ¡Feliz lunes y feliz inicio de semana!      Les deseo una excelente semana. 💙      Recuerden que, aunque las cosas no ...
08/24/2026

✨ ¡Feliz lunes y feliz inicio de semana!

Les deseo una excelente semana. 💙

Recuerden que, aunque las cosas no siempre marchen como desean, es importante avanzar a su propio ritmo, confiar en el proceso y celebrar cada pequeño logro.

Un paso a la vez, porque pequeños pasos crean grandes cambios. ✨

✅ REMOCIÓN DE CONDICIONES APROBADA DESPUÉS DE ENTREVISTA📍 Oficina de USCIS: North Miami📌 Caso presentado: 31 de marzo de...
08/22/2026

✅ REMOCIÓN DE CONDICIONES APROBADA DESPUÉS DE ENTREVISTA

📍 Oficina de USCIS: North Miami

📌 Caso presentado: 31 de marzo de 2025
📌 Cita de biométricos: Reutilizadas
📌 Entrevista programada: 16 de julio de 2026
📌 Entrevista realizada: 20 de agosto de 2026
✅ Aprobación: 22 de agosto de 2026

Entrevista, con ambos cónyuges.
El oficial verificó sus nombres y datos personales, y solicitó:

• Pasaportes de ambos.
• Identificaciones de ambos.
• Tarjeta de residencia condicional.
• Evidencias actualizadas de la vida matrimonial.

La primera pregunta fue dónde se conocieron. La mayoría de las preguntas fueron dirigidas al cónyuge americano:

• ¿Dónde se conocieron?
• ¿Cuántas veces viajó él a Cuba para visitarla?
• ¿Qué hacen durante la semana?
• ¿En qué trabaja cada uno?
• ¿Qué gastos y responsabilidades económicas comparten?

Entregaron un álbum de fotografías y el oficial les pidió seleccionar aproximadamente 30 fotos recientes del último año, especialmente de eventos y momentos importantes.

Finalmente, revisó las evidencias conjuntas presentadas para demostrar que el matrimonio continúa siendo real y de buena fe.

Dos días después de la entrevista, el caso apareció aprobado. 💚

¡Muchas felicidades por esta aprobación Leily, estoy muy feliz por ti y tu esposo, finalmente esta parte ha llegado a su fin. Agradecida siempre por la confianza desde durante tus procesos! 🌸🌸🌸🇺🇸

✅ REMOCIÓN DE CONDICIONES APROBADA DESPUÉS DE ENTREVISTA       Oficina de entrevista: North Miami📌 Caso presentado: 3 de...
08/22/2026

✅ REMOCIÓN DE CONDICIONES APROBADA DESPUÉS DE ENTREVISTA

Oficina de entrevista: North Miami

📌 Caso presentado: 3 de abril de 2025
📌 Entrevista programada: 16 de julio de 2026
📌 Entrevista realizada: 20 de agosto de 2026
✅ Aprobación: 22 de agosto de 2026

La entrevista se realizó con ambos cónyuges y el hijo menor. Fue más bien como una conversación familiar, pero el oficial revisó cuidadosamente la documentación y realizó preguntas específicas a cada uno.

📂 DOCUMENTOS SOLICITADOS

El oficial pidió:

• Pasaporte del cónyuge ciudadano, pues el documento de ciudadanía presentado no fue suficiente.
• Certificado de nacimiento de la madre.
• Pasaporte estadounidense del hijo menor.
• Evidencias del matrimonio correspondientes al último año.

Aunque las evidencias del último año ya se encontraban cargadas en la cuenta de USCIS, el oficial quiso revisarlas físicamente.

🏠 PREGUNTAS SOBRE LA VIDA FAMILIAR

• ¿Dónde viven?
• ¿Siempre han vivido en esa dirección?
• ¿Quién se encarga de las cosas relacionadas con el niño?

Al menor le hicieron varias preguntas en inglés:

• ¿A qué escuela va?
• ¿Le gusta la escuela?
• ¿Cuál de sus padres participa o asiste más a la escuela?

✈️ PREGUNTAS A LOS CÓNYUGES

• ¿Qué habían hecho durante el último año en Estados Unidos?
• ¿Habían viajado?
• ¿A qué lugares?
• ¿Cuántos viajes habían realizado?
• ¿Cuándo realizaron cada viaje?
• Si fueron viajes de pocos días, ¿cuáles fueron las fechas exactas?

También le preguntaron al esposo sobre los impuestos, porque uno de los años había sido presentado fuera de tiempo. El oficial indicó que debía revisar ese asunto.

A la esposa que si alguna vez había sido arrestada o tuvo alguna vez un proceso de deportación.

🏡 EVIDENCIA DE LA PROPIEDAD

La pareja tiene una propiedad conjunta y había llevado como evidencia una imagen obtenida del registro del estado. Sin embargo, el oficial explicó que eso no era suficiente y solicitó el documento original en el que aparecieran las firmas de ambos.

Afortunadamente, durante la preparación de las evidencias, mi cliente había llevado también ese documento por si acaso. 🙌🏼

📸 FOTOGRAFÍAS

El oficial revisó las fotografías una por una y les preguntó quiénes eran las personas que aparecían en cada imagen.

Al finalizar, explicó que debía revisar si toda la evidencia presentada era suficiente para demostrar que el matrimonio había sido celebrado de buena fe.

Hoy, 22 de agosto de 2026, ¡la residencia fue aprobada! Muchas felicidades!! 🎉🇺🇸

Muchas gracias a mi cliente por confiar en mí para acompañarla durante este proceso, estoy muy agradecida por la confianza.🌸🌸🌸🌸🌸

La preparación y llevar evidencias físicas, originales y adicionales, aunque ya estuvieran cargadas en USCIS, fueron claves para obtener este resultado.

🚨 JUEZA FEDERAL ANULA LA SUSPENSIÓN DE VISAS DE INMIGRANTE PARA 75 PAÍSES    Hoy 21 de agosto de 2026, la jueza federal ...
08/22/2026

🚨 JUEZA FEDERAL ANULA LA SUSPENSIÓN DE VISAS DE INMIGRANTE PARA 75 PAÍSES

Hoy 21 de agosto de 2026, la jueza federal Jeannette A. Vargas anuló la política del Departamento de Estado que suspendía automáticamente la emisión de visas de inmigrante para ciudadanos de 75 países, entre ellos Cuba.

▶️ La jueza determinó que esta política era contraria a la ley y excedía la autoridad del secretario de Estado. También anuló las negativas basadas únicamente en dicha suspensión y ordenó que esos casos regresen a los consulados para ser evaluados individualmente.

📍Esta decisión representa un avance importante.

⚠️ Si su visa fue negada bajo la sección 221(g) debido a la suspensión aplicada a los 75 países, esta decisión representa una noticia esperanzadora, ya que su caso deberá regresar al consulado para una nueva evaluación individual.

✅Ahora corresponde esperar las instrucciones oficiales del Departamento de Estado sobre cómo y cuándo serán revisados los casos afectados. También estaremos al tanto sobre cualquier posible apelación por parte del Gobierno.

📄 Vea la decisión oficial del caso:

📌 Caso: CLINIC et al. v. Rubio et al.
📌 Número: 1:26-cv-00858-JAV
📌 Tribunal Federal del Distrito Sur de Nueva York.

Información con responsabilidad. 💙🇺🇸

💍 ESTAR CASADOS NO ES SUFICIENTE        Para obtener determinados beneficios migratorios basados en el matrimonio, no ba...
08/21/2026

💍 ESTAR CASADOS NO ES SUFICIENTE

Para obtener determinados beneficios migratorios basados en el matrimonio, no basta con presentar el certificado de matrimonio. También debe demostrar ante USCIS que la relación es real, que el matrimonio fue celebrado de buena fe y que ambos han construido una vida juntos.

📌 Estas son algunas de las evidencias que puede presentar:

✅ Contrato de alquiler, hipoteca o escritura a nombre de ambos.
✅ Estados de cuentas bancarias conjuntas con movimientos reales.
✅ Declaraciones de impuestos presentadas como matrimonio.
✅ Seguros médicos, de vida, automóvil o vivienda.
✅ Facturas y servicios compartidos.
✅ Tarjetas de crédito, préstamos o cuentas de inversión conjuntas.
✅ Títulos o registros de vehículos a nombre de ambos.
✅ Identificaciones y correspondencia oficial con la misma dirección.
✅ Actas de nacimiento de hijos en común.
✅ Testamentos, poderes legales o directivas médicas donde se designen mutuamente.
✅ Planes familiares de teléfono, internet, membresías u otros servicios.
✅ Viajes, reservaciones y actividades realizadas juntos.
✅ Fotografías de diferentes fechas y lugares, especialmente con familiares y amigos.
✅ Declaraciones juradas detalladas de familiares o personas que conozcan la relación.
✅ Cualquier otro documento que demuestre responsabilidades y una vida compartida.

⚠️ No todas las parejas tendrán exactamente las mismas evidencias. Lo importante es presentar documentos variados, consistentes y correspondientes a todo el período del matrimonio.

📍Las evidencias deben demostrar uso real, continuidad y responsabilidades compartidas.

🚨Las fotografías y las declaraciones juradas pueden ayudar, pero no deberían ser las únicas pruebas. Siempre que sea posible, deben estar acompañadas de documentación objetiva e independiente.

📂 No espere hasta recibir una entrevista o una solicitud de evidencia para comenzar a reunir sus documentos. Organice y conserve sus pruebas desde el inicio del matrimonio.

Cada caso es diferente y USCIS evalúa la totalidad de las circunstancias. Ningún documento individual garantiza la aprobación.

⚠️Contenido informativo. No constituye asesoría legal⚠️

Address

Kansas City, MO
64188

Opening Hours

Monday 8:30am - 4:30pm
Tuesday 8:30am - 4:30pm
Wednesday 8:30am - 4:30pm
Thursday 8:30am - 4:30pm
Friday 8:30am - 4:30pm

Alerts

Be the first to know and let us send you an email when Watt Immigration Services LLC posts news and promotions. Your email address will not be used for any other purpose, and you can unsubscribe at any time.

Shortcuts

Share