Oficina Jurídica Marina Montoya De Lizama

Oficina Jurídica Marina Montoya De Lizama En esta Oficina trabajamos con Honestidad, dedicación y Responsabilidad y sobre todo contamos con m Sera un placer servirte.

Este Despacho Jurídico, cuenta con dieciocho años de experiencia, asimismo su formación en el ámbito laboral por mas de veinte años en el Juzgado de lo Civil y Procuraduría General de la República, dan crédito a la experiencia, aunado a la honestidad dedicación y responsabilidad lo que garantiza el resultado efectivo de cada caso, ofreciéndole tramitación de Juicios Civiles y Mercantiles, como ace

ptaciones de Herencia, nulidades de contratos, Procesos Ejecutivos, Laborales, y de familia, y en el Ámbito Notarial, ofrecemos la elaboración de toda clase de contratos, compraventas, Mutuos, Hipotecas, arrendamientos, y otros.- No arriesgues tu dinero te garantizamos nuestro trabajo, contactanos al 2624-5570 y 73964263, y visitanos en 2a Calle Poniente Número 16 Barrio La Merced, Usulután.

06/01/2016

DECLARO QUE ESTE AÑO SERA UN AÑO DE BENDICION PARA TODOS MIS CLIENTES Y AMIGOS Y QUE TODO LO QUE PIDAMOS AL PADRE EN EL NOMBRE DE JESUS CON FE LO RECIBIREMOS.-
BENDICIONES PARA TODOS EN ESTE NUEVO AÑO

06/01/2016

LA CADUCIDAD
La caducidad es la pérdida o extinción ipso jure de un derecho o de la posibilidad de ejecutar un acto, sea por la falta de ejercicio del primero. O de la no ejecución del segundo.
El Art. 133, del CPCM ESTABLECE.- En toda clase de procesos se considerará que las instancias y recursos han sido abandonados cuando, pese al impulso de oficio de las actuaciones, no se produzca actividad procesal alguna en el plazo de seis meses, si el proceso estuviere en la primera instancia; o en el plazo de tres meses, si se hallare en la segunda instancia. Los plazos señalados empezarán a contar desde la última notificación efectuada a las partes. La caducidad de la instancia.
En el caso de la caducidad lo que la ley castiga es la inactividad de la parte actora en el impulso del proceso.
Al ser declarada la caducidad se puede promover el incidente de revocatoria como se establece en el articulo 138 del CPCM que establece:
Impugnación de la declaración de caducidad por fuerza mayor Art. 138.- Declarada la caducidad de la instancia conforme a las disposiciones anteriores, y notificada que sea, la parte afectada podrá promover un incidente para acreditar que la caducidad se ha debido a fuerza mayor o a otra causa contraria a la voluntad de las partes o a retraso no imputable a ellas.
El incidente deberá promoverse en el plazo de cinco días contados desde la notificación de la declaración de caducidad.
El tribunal convocará a todas las partes a una audiencia, a la que deberán concurrir con las pruebas de que intenten valerse, al término de la cual dictará auto estimando la impugnación o confirmando la caducidad de la instancia. Contra este auto cabrá recurso de apelación.

En el supuesto caso que la caducidad quede firme se puede volver a intentar la acción.-

15/03/2015

FUNDAMENTO DE LOS MODOS DE ADQUIRIR
Dentro el ámbito jurídico existen derechos que pertenecen actualmente a las personas, o pueden llegar a pertenecerles. Entre ellos se encuentra el derecho de dominio y los demás derechos reales, pero con relación a la adquisición de estos. Debemos de analizar ¿cual es el fundamento jurídico de los modos de adquirir? En efecto hay basamento legal que fundamenta el dominio y garantiza el derecho a la propiedad privada, de las personas, tal fundamento lo encontramos en el artículo 103. En relación con el artículo 2 de la constitución de la República de El Salvador, el primero establece “Se garantiza y reconoce La PROPIEDAD PRIVADA en función social” y el segundo establece “Toda persona tiene derecho a la vida, a la integridad física y moral, a la libertad, la seguridad, al trabajo, a LA PROPIEDAD Y LA POSESION y la posesión y a ser protegida en la conservación y defensa de los mismos. En consecuencia es aquí donde encontramos el fundamento jurídico de los modos de adquirir, que regula nuestro Código Civil.

10/03/2015

En esta Oficina trabajamos con Honestidad, dedicación y Responsabilidad y sobre todo contamos con m

10/03/2015

Este Despacho Jurídico, cuenta con dieciocho años de experiencia, asimismo su formación en el ámbito laboral por mas de veinte años en el Juzgado de lo Civil y Procuraduría General de la República, dan crédito a la experiencia, aunado a la honestidad dedicación y responsabilidad lo que garantiza el resultado efectivo de cada caso, ofreciéndole tramitación de Juicios Civiles y Mercantiles, como aceptaciones de Herencia, nulidades de contratos, Procesos Ejecutivos, Laborales, y de familia, y en el Ámbito Notarial, ofrecemos la elaboración de toda clase de contratos, compraventas, Mutuos, Hipotecas, arrendamientos, y otros.- No arriesgues tu dinero te garantizamos nuestro trabajo, contactanos al 2624-5570 y 73964263, y visitanos en 2a Calle Poniente Número 16 Barrio La Merced, Usulután. Sera un placer servirte.

10/03/2015

Oficina Jurídica Marina Montoya de Lizama, pone al alcance del bolsillo sus servicios profesionales de Abogacía y Notariado, Compraventas de Inmuebles, Vehículos, Escrituras Públicas, Contratos, Matrimonios, Juicios Civiles, Divorcios, Juicios y Diligencias notariales y judiciales.

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10/03/2015

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