10/07/2022
Qué hacer ante un familiar Capturado?
Muchas personas se preguntan ¿Qué hacer ante el procedimiento de captura de una persona?. - Es indudable que nos encontramos ante un hecho traumático tanto para el imputado como para los familiares, en primicia no se logra entender lo que sucede, si es normal o injusto lo que esta pasando; y esto suele suceder por razones de inmediatez, la persona suele ser capturada tiempo posterior a los hechos, ya sean horas, días meses e inclusos años después de haber realizado algún hecho que la ley prohíbe su realización. Mas sin embargo si existe una denuncia interpuesta por una victima u ofendido y una investigación en curso puede suceder que la entidad administrativa en este caso la Fiscalía General de la República gire con posterioridad una orden de captura contra una persona, obligando a si a la Policía Nacional Civil a ejecutar tal Orden.-
Si es usted un familiar cercano, lo primero que debe de hacer, es guardar la calma, mantener un discurso de respeto a la autoridad y seguido informarse cordialmente de lo que esta pasando, las razones del porqué de la captura; por regla general deberían de llevar consigo los Agentes Captores una Orden, en la cual detallan las razones de la detención, o en caso de no llevarla por ser un hecho cometido en flagrancia, pedir que se le haga saber la razón de la detención, posterior a ello, informarse del lugar a donde va hacer remitido el capturado; no busque intentar obstaculizar o impedir el procedimiento de captura, por que se puede ver involucrado en problemas legales; ya que los Agentes Captores, solo ejecutan el cumplimiento de una orden. Por regla general, la personas capturada la trasladaran a la delegación de la Policía Nacional Civil del lugar si esta cuenta con bartolinas, o a la más cercana que tenga, y posteriormente a diligencias Administrativas como la Procuraduría General de la República y dentro de los próximas SETENTA Y DOS HORAS puesto a la orden del Juzgado de Paz de la Localidad o del lugar donde se cometió el hecho, siempre y cuando el conocimiento de la causa no requiere conocimiento especial por el tipo de delito.- Una vez puesto el capturado a la orden del juez, lugar donde se intima, es decir; se le hacen saber las razones del porque su detención, el Juez de la causa tendrá SETENTA Y DOS HORAS para poder celebrar una Audiencia en el cual se determinara si el capturado continua o no detenido.-
La asistencia legal de un Abogado Defensor, es vital para el detenido en aras de garantizar sus derechos y garantías constitucionales, ante el poder punitivo del Estado.-