C.F.I Estudio Integral de Pericias

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¡Feliz día del Criminalista!
01/09/2021

¡Feliz día del Criminalista!



Nos especializamos en pericias sobre accidente de tránsito con daños materiales, lesiones o derivación fatal, y en todos...
11/08/2021

Nos especializamos en pericias sobre accidente de tránsito con daños materiales, lesiones o derivación fatal, y en todos los casos que ameriten una asistencia pericial.
Contactos; (0983) 977 416 o al (0984) 256 298



LA COLECCIÓN DE LA EVIDENCIA FÍSICA EN LA ESCENA DEL CRIMENPara no alterar y conservar las evidencias, se indican alguna...
22/07/2021

LA COLECCIÓN DE LA EVIDENCIA FÍSICA EN LA ESCENA DEL CRIMEN
Para no alterar y conservar las evidencias, se indican algunas técnicas para la colección adecuada de los indicios en el escenario del suceso, a fin de conservarlos primitivamente como las dejó el autor material del hecho después de la consumación del hecho que se investiga. La colección de indicios se efectúa después de haber observado y fijado el lugar de los hechos y, se lleva a cabo con tres operaciones fundamentales que son:

A. LEVANTAMIENTO
Es aquella operación que permite recoger la evidencia del sitio del suceso. (Arburola, 1992, p.46). El manejo inadecuado de la evidencia física conduce a su contaminación, deterioro o destrucción, siendo ésta la causa más frecuente que impide su ulterior examen en el laboratorio. Por ésta razón, cuando llegue el momento de proceder a su levantamiento, se realizará con la debida técnica a fin de evitar tan lamentables consecuencias.
A continuación se señalan algunas reglas fundamentales relacionadas con el manejo de la evidencia física y que todo investigador debe tener siempre en mente.
a) Levantar toda evidencia física, siendo preferible pecar por exceso que por defecto.
b) Manejarla solamente lo estrictamente necesario a fin de no alterarla o contaminarla.
c) Evitar el contaminarla con los instrumentos que se utilizan para su levantamiento.
d) Levantarla por separado, evitando mezclarla.
f) Embalarla individualmente, procurando que se mantenga la integridad de su naturaleza, entre otros.
B. EMBALAJE
Se entiende por embalaje aquella maniobra que se realiza para guardar, inmovilizar y lograr la protección de un indicio. (Arburola, 1992, p.46). El objeto principal de embalar un indicio consiste en individualizar y garantizar la integridad del elemento probatorio, y por tanto después de haber levantado los indicios, es necesario protegerlos en recipientes propios a efectos de que lleguen sin contaminación ni alteración al laboratorio y los resultados de sus análisis sean auténticos y confiables.
Los principales componentes del embalaje de la evidencia son:
1. El embalaje interno, cuya finalidad es proteger directamente al indicio de contaminación, derrames y pérdida de características de interés desde el punto de vista pericial.
2. El embalaje externo, que como su nombre lo indica, será el embalaje final, el cual debe encontrarse debidamente lacrado para garantizar la integridad legal del indicio.
3. Sellado o lacrado, que garantiza la integridad del indicio contenido en el recipiente, evitando su alteración, sustitución o extracción. Consiste en la operación de sellado del embalaje externo; este se debe realizar con una cinta adhesiva que permita escritura sobre ella, colocada en cada una de las aberturas del recipiente (bolsa, caja, sobre, etc.) que lo contiene. Sobre ésta cinta se consigna el nombre de la persona responsable del levantamiento de la evidencia. Se debe hacer de forma que la escritura atraviese la cinta y parte del recipiente de embalaje. Una buena medida de seguridad, es colocar sobre el nombre un trozo de cinta adhesiva trasparente de modo que la escritura quede protegida de factores externos que la pueden dañar, y para asegurar que el empaque no puede ser violentado.
C. ETIQUETADO
Es la operación final que se efectúa con el objeto de reseñar el lugar de procedencia del indicio en cuestión. El etiquetado debe llevarse a cabo en todos los casos, separando un indicio de otro, es decir individualizándolos y adjuntándoles una etiqueta que mencione lo siguiente: a) El número de acta o averiguación previa; b) El lugar de los hechos; c) La hora de intervención; d) La clase de indicio; e) El lugar preciso de dónde se recogió; f) Las huellas o características que presenta; h) la fecha, nombre y firma del investigador que lo descubrió y que lo suministraba al laboratorio, entre otros datos importantes.
En síntesis el etiquetado tiene como función principal individualizar e identificar al indicio. Esto se logra con la elaboración de las etiquetas oficiales, que para tal efecto existen donde deben consignar todos los datos que este documento exija.



13/07/2021

IMPORTANCIA DE LA CRIMINALÍSTICA EN EL DERECHO PROCESAL PENAL
La Criminalística es una ciencia multidisciplinaria, auxiliar del derecho penal, que se ocupa integralmente de la investigación científica del delito a través de los indicios, con el objeto de llegar a la verdad real de lo sucedido. La Criminalística dentro del Derecho Procesal Penal es sumamente importante porque aporta las pruebas científicas al caso, que permitirá el esclarecimiento del hecho punible, la identificación del autor o autores del hecho y se aplicará la sanción penal correspondiente de forma fehaciente, categórica e indubitable.
La Criminalística tiene un papel crucial dentro de las investigaciones criminales, en vista que aplica conocimientos técnicos y científicos que no dejan o no deberían dar lugar a la duda dentro del procedimiento investigado, por éste motivo el profesional Criminalista o mejor conocido como Perito, tiene una gran responsabilidad, porque es quien tiene en las manos los resultados del hecho investigado. En el Código Procesal Penal, se encuentra tipificada la pericia en el Artículo 214, donde reza; “Se podrá ordenar una pericia cuando para descubrir o valorar un elemento de prueba sea necesario poseer conocimientos especiales en alguna ciencia, arte o técnica. La prueba pericial deberá ser practicada por expertos imparciales, objetivos e independientes”.
El Código Procesal Penal deja claramente establecido que el Perito deberá ser idóneo en la ciencia, arte o técnica, y es indispensable que no sea parcial, subjetivo o dependiente para realizar una investigación pericial, deberá ser fiel al resultado que arroja la ciencia en el hecho investigado con toda objetividad, como dice Edmond Locard “Los inicios son testigos mudos que no mienten, sólo hay que hacerlos hablar”, pero hablar con la verdad real de lo sucedido. El Perito no es el juez, no es el fiscal, no es el abogado de la defensa, ni mucho menos el abogado acusador, por ende el Perito se debe a la ciencia, realizando con toda honestidad su trabajo investigativo.
El ejercicio de la Criminalística implica procedimientos y actividades minuciosas y exhaustivas para demostrar de manera correcta los hechos ocurridos. En esa búsqueda de la verdad los criminalistas han de responder a estas 7 preguntas de oro.
¿Qué?
¿Qué sucedió? ¿es accidental?, ¿es homicidio?, ¿es suicidio?, ¿muerte natural?
¿Quién o quiénes?
¿Quién es la víctima y quién el victimario?. Los Criminalistas han de determinar la identidad de todos los involucrados.
¿Cómo?
Los investigadores han de llegar a conocer la secuencia de cómo se cometió el hecho. Esto lo logran a través de la valoración de los indicios que, en general, determinarán una secuencia y se podrá realizar la reconstrucción de los hechos.
¿Cuándo?
También se ha de determinar el momento en el que ocurrieron los hechos, para establecer una conexión lógica entre los presuntos culpables y la declaración de los testigos.
¿Dónde?
Esta pregunta, obviamente, se refiere al lugar donde ocurrieron los hechos que se investiga. En el lugar de los hechos se obtienen los indicios, que posteriormente serán llevados a un análisis minucioso.
¿Con qué?
Se refiere a los posibles instrumentos físicos con el que se cometió el crimen. Por ejemplo, en caso de homicidio, el “con qué” se refiere al objeto utilizado para realizar el hecho punible. En estos casos se investigan también las posiciones de la víctima y victimario.
¿Por qué?
Esta pregunta busca encontrar el motivo o móvil del delito sobre la base de los elementos de análisis. Para responder a estas preguntas, los Criminalistas se basan en conocimientos de anatomía, física, química, balística, medicina forense y biología, lo que les hace unos profesionistas con amplia preparación.
La Criminalística elimina la subjetividad en la administración de justicia; a partir del momento en que aparece esta ciencia y con carácter de ciencia, ya no se permite subjetividad para la toma de decisiones; el juez debe ir más allá de su íntima convicción para resolver un caso, no es lo que él crea, debe esclarecer los casos con expertos idóneos en la ciencia, arte o técnica que pueda llegar a necesitar un hecho punible. Al mismo tiempo descarta el empirismo en la investigación penal o criminal; entonces ya deja de ser una investigación sin una base sólida, y finalmente, aporta los conocimientos técnicos-científicos en los procedimientos de una la investigación criminal.


Digitalización de Evidencias 3D
06/07/2021

Digitalización de Evidencias 3D



C.F.I Estudio Integral de Pericias cuenta con servicios en recreación 3D en casos de: accidente de tránsito, escenas del...
01/07/2021

C.F.I Estudio Integral de Pericias cuenta con servicios en recreación 3D en casos de: accidente de tránsito, escenas del crimen, balística, incendio, entre otros. Además, cuenta con un equipo jurídico y con profesionales altamente capacitados en áreas como: accidentes laborales, mala praxis médica y fallas estructurales.

Actualmente, cualquier procedimiento en Criminalística comienza con la protección, observación y continúa con la fijación de los indicios como; fotografía, elaboración del plano del lugar, entre otros. Aplicar a estos procedimientos herramientas 3D permite realizar un análisis más profundo, y elaborar hipótesis con mayor grado de precisión.
Entre las múltiples ventajas de esta técnica encontramos que el uso de tecnologías de digitalización 3D permite el análisis minucioso de los indicios, desde el enfoque general a lo particular, y demuestra todos los estudios de forma didáctica en un entorno virtual, con recorridos en realidad virtual, que contribuirá en la búsqueda de la verdad y la justicia.

Consultas al: https://wa.me/qr/EHNYRWVOIF6CH1
https://wa.me/qr/GJTPLC2L3YWUG1

LA FIJACIÓN DEL LUGAR DEL HECHOLa fijación del lugar del hecho es la etapa siguiente a la inspección ocular mediante la ...
01/07/2021

LA FIJACIÓN DEL LUGAR DEL HECHO
La fijación del lugar del hecho es la etapa siguiente a la inspección ocular mediante la cual se detectó la presencia de evidencias físicas asociadas al hecho investigado. La correcta fijación documentada del lugar del hecho garantiza su preservación, la integridad de la investigación y la posibilidad de tener un registro permanente que permite evaluaciones posteriores para la reconstrucción histórica del suceso. La fijación del lugar del hecho debe tener un orden establecido por el criminalista a fin de que los distintos procedimientos se realicen sin alterar las evidencias. Los métodos de fijación más usuales son: la descripción escrita, el croquis, los planos, la fotografía, entre otros.



LA OBSERVACIÓN DEL LUGAR DE LOS HECHOS La observación es una habilidad que se debe tener muy bien desarrollada, proviene...
15/02/2021

LA OBSERVACIÓN DEL LUGAR DE LOS HECHOS
La observación es una habilidad que se debe tener muy bien desarrollada, proviene del latín observatio, que significa examinar atentamente, atisbar o advertir.
La observación criminalística del lugar de los hechos consiste en el escrutinio mental activo, minucioso, completo y metódico que del propio lugar realiza el investigador, con el fin de descubrir todos los elementos de evidencia física (material sensible significativo o indicios) y establece la relación que guardan entre sí y con el hecho que se investiga.
Los fines de ésta observación son:
a) Comprobar la realidad del presunto hecho delictuoso y
b) Encontrar suficiente evidencia física que permita, por una parte, identificar al autor o autores y, por otra, conocer las circunstancias de su participación.
Con relación a la observación criminalística del lugar de los hechos, es conveniente tener presente los siguientes aspectos:
c) Realizarla en las mejores condiciones posibles, fundamentalmente buena iluminación (natural o artificial); y auxiliarse cuando el caso lo requiera de instrumentos ópticos (lupa, microscopio, entre otros).
d) Practicarla sin dilación, de ser posible en cuanto tenga conocimiento del hecho.
e) No prescindir de ningún detalle, por mínimo que parezca, pues lo que a primera vista puede parecer insignificante, por la fuerza de las circunstancias puede convertirse en evidencia valiosa.
Al respecto, Hans Gross dejó escrito: "El más leve detalle, lo que más baladí parece, suele ser en ocasiones clave que nos conduce a la averiguación de la verdad, según lo comprueban la mayoría de las causas célebres y acredita la experiencia propia."



PROTECCIÓN DEL LUGAR DEL HECHOUna vez cubierta la emergencia, el personal interviniente  establecerá un perímetro amplio...
17/12/2020

PROTECCIÓN DEL LUGAR DEL HECHO
Una vez cubierta la emergencia, el personal interviniente establecerá un perímetro amplio de seguridad y exclusión, dentro del cual se presume la existencia de la mayor cantidad de indicios, a efectos de evitar el acercamiento o ingreso al lugar de curiosos, transeúntes, animales o vehículos que pudieran contaminar, sustraer, mover y/o destruir dichos rastros o elementos. Para esta demarcación se utilizarán cintas, vallas, móviles, funcionarios públicos y/o cualquier otro medio útil para tal fin. Tener en cuenta que la secuencia de los actos investigados puede determinar la necesidad de extender los perímetros más allá de los límites a los cuales se les atribuyó la más alta prioridad.
El lugar del hecho deberá separarse en tres zonas cuyos límites estarán fijados de acuerdo a las características del suceso:
1. Zona interior crítica: perímetro dentro del cual es altamente probable que existan elementos, rastros y/o indicios del hecho que se investiga.
2. Zona exterior restringida: sector de libre circulación y permanencia en el cual deben agruparse los diversos especialistas convocados a tal efecto, personal policial o de fuerzas de seguridad de apoyo, funcionarios judiciales o del Ministerio Público, entre otros.
3. Zona exterior amplia: sector de libre circulación y permanencia.



Muchas gracias por la confianza Estudio Jurídico Aquino y Asociados 🕵️‍♀️🔎🔎
14/12/2020

Muchas gracias por la confianza Estudio Jurídico Aquino y Asociados 🕵️‍♀️🔎🔎

En la Criminalística de campo, se aplican cinco pasos sistemática y cronológicamente ordenados, conocidos como: "Metodol...
13/11/2020

En la Criminalística de campo, se aplican cinco pasos sistemática y cronológicamente ordenados, conocidos como: "Metodología de la Investigación Criminalística, en el lugar de los hechos". Constituida como se expone a continuación:
1. La protección del lugar de los hechos.
2. La observación del lugar de los hechos.
3. La fijación del lugar de los hechos.
4. La colección de los indicios, y
5. El suministro de los indicios al laboratorio.



22/10/2020





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