Lcda. Mercedes Rivera Auffant: Servicios Legales en Casos Civiles y Notaria

Lcda. Mercedes Rivera Auffant: Servicios Legales en Casos Civiles y Notaria Servicios Legales en Casos Civiles Daños y Perjuicios, Actas de Hogar Seguro, Capitulaciones, Testamentos, Poderes, Cobros de Dinero, Familia y Notaria.

La Lcda Mercedes Rivera Auffant obtuvo un "juris doctor" de La Universidad Interamericana de Puerto Rico en el año 1994. Obtuvo su licencia de abogada y notaria en el año 1995. Tiene mas de 15 años de experiencia en casos de cobro de dinero en general y cobros a compañías aseguradoras. Ofrece servicios legales en casos civiles y notaría. Atiende casos de daños y perjuicios, cobros de dinero de tod

o tipo y todo tipo de caso civil en general. También servicios de notaría tales como: escrituras, actas, testamentos, affiadvits, declaratoria de herederos, cambios de nombre, etc.

24/03/2016

Redaccion de todo tipo de documentos legales. Affidavits, Declaraciones Juradas, Todo Tipo de Contratos ( Compraventas, Arrendamientos, Cesiones, etc. ) Pagares, Escrituras, Testamentos, Actas de Hogar Seguro, Poderes, Declaraciones de Voluntad Medica. Consultas gratis. Llamenos al 787-630-8033. Puede dejarnos mensaje en esta pagina. Precios muy razonables, planes de pago. Asesorese antes de suscribir algun documento legal. Lcda Rivera Auffant

14/03/2016

Redaccion de Todo Tipo de Contratos desde $100.00. No cometa errores en la redaccion de contratos. Protejase. Llamenos al 787-630-8033.

06/11/2014

Proxima Semana: Distintos Tipos de Testamentos en PR ...

06/11/2014
06/11/2014

Para consultas GRATIS sobre: Casos de Daños En Que Se Haya Sufrido Una Caída o Accidente, Poderes, Herencias, Cobros de Dinero Que Le Adeuden, Capitulaciones Matrimoniales, Cambios de Nombre, Declaratoria de Herederos, Acta de Hogar Seguro, Declaracion de Voluntad Sobre Tratamiento Medico y muchos otros asuntos mas, NO ESPERE, las consultas son libres de costos y los servicios profesionales ajustados a su presupuesto. Esperamos su llamada. Lcda Mercedes Rivera Auffant 787-630-8033, a su orden.

24/10/2014

El próximo martes orientacion legal gratuita de una hora por la emisora radial 1160 AM de 5 a 6 de la tarde. Tomaremos preguntas del publico. Los temas a tocarse seran el Acta de Hogar Seguro, Las Capitulaciones Matrimoniales, El cambio de Nombre sin tener que ir al Tribunal y el Poder Duradero. La emisora se escucha para el area de Manati, Vega Baja, Vega Alta, Corozal, Naranjito, Toa Alta, Toa Baja y los pueblos de esa region. A los amigos que no puedan sintonizar el programa, los invito a que me llamen para cualquier duda que tengan sobre cualquier asunto no criminal. Estamos a su orden 24-7. Muchas gracias......

09/10/2014

¿ Desea hacerse un cambio de nombre ? Ya no tiene que acudir a un tribunal. Se lo hacemos en nuestra oficina. Es sencillo, rapido y fácil. Llámenos para orientarse. 787-630-8033
Lcda. Mercedes Rivera Auffant

23/09/2014

Para las personas mayores de 50 años, que quieran proteger sus bienes de que sean despilfarrados o mal administrados existe la escritura de poder duradero. No espere a que sea demasiado tarde. Evite confictos entre hijos y nietos por la administracion de sus bienes. Nombre a alguien de su confianza que pudiera ser un hijo(a), un nieto(a), o un amigo(a) y deje por escrito como usted desea que sus bienes sean administrados, cuando ya usted no pueda decidir por una condicion de Alzheimer's, demencia senil o cualquier otra condicion que le incapacite mentalmente. Evite que lo saquen de su residencia, protejase con el beneficio de una nueva ley de 2012. Tiene la ventaja de que ahora que usted esta capacitado mentalmente puede dejar instrucciones por escrito que lo protejeran de abusos en su contra. Del mismo modo mediante un acta usted puede dejar las directrices médicas de lo que usted quiere que se haga en caso de incapacitarse mentalmente. Proteja su dignidad y la de su cuerpo. No permita que terceras personas decidan por usted. Aproveche ahora que esta en su sano juicio y nombre a alguien de su confianza para que actue de acuerdo a sus instrucciones. Para mas informacion, llamenos al 787-630-8033. Le contestaremos todas sus pregunta y la orientacion es gratuita.

11/09/2014

¿Por qué es tan importante hacer un testamento, aún cuando no seamos millonarios ? Si tiene hijos menores o mayores, o no tiene hijos o nietos, es muy importante dejar clara nuestra voluntad para cuando ya no estemos. El sábado que viene hablamos brevemente sobre la importancia de los testamentos.....Si prefiere orientarse gratuitamente sobre esto u otro asunto estamos a la orden en el 787-630-8033 o por el inbox. Buenas noches !!

09/09/2014

Proteja su residencia principal. El Hogar seguro es una herramienta, que cada vez mas dueños de propiedades estan usando para asegurarse de no perder su hogar. Llamenos 787-630-8033. Es rapido, facil y economico ....

06/09/2014

Hoy sabado estoy trabajando, cualquier persona que me quiera hacer una consulta me puede escribir al inbox y con mucho gusto le contesto. Las orientaciones son gratis ..... Hay muchos beneficios en el acta de hogar seguro, tambien para los envejecientes la escritura de poder duradero permite que el o ella escoja a una persona de su confianza para que se haga cargo de la administracion de sus bienes aun cuando el envejeciente se incapacite. Las declaratorias de herederos y los cambios de nombre la pueden hacer en la oficina del notario sin tener que ir a los tribunales, en fin escribanos su pregunta y con gusto le ayudaremos. Buen día ...

06/09/2014

" Las capitulaciones matrimoniales : ¿Qué son y para qué sirven ? "

En la jurisdicción de Puerto Rico, una pareja que contraiga matrimonio bajo circunstancias ordinarias, entra en lo que se conoce como una Sociedad Legal de Bienes Gananciales. La Sociedad de Gananciales, como la llamamos habitualmente, es el régimen o sistema económico que guiara el aspecto económico de los bienes que se adquieran en ese matrimonio. Básicamente lo que quiere decir es que, entre los cónyuges hay una sociedad como las de dos personas que se asocian para administrar unos bienes. En esta Sociedad ambos cónyuges están autorizados a administrar los bienes y las compras que se hagan, beneficiarán a la Sociedad de Gananciales. Cuando se vaya a enajenar de cualquier forma un bien inmueble, ambos cónyuges deberán comparecer al acto de enajenación.

Por otro lado, existe la posibilidad de celebrar un matrimonio, en el que se disponga de antemano que los bienes adquiridos después del matrimonio permanecerán separados. De ese modo, los bienes que cada cual adquiera, serán parte de su patrimonio personal y serán exclusivamente administrados por su dueño o dueña. Los cónyuges no serán responsables de las deudas del otro a menos que hayan contratado cada uno comprometiéndose en el mismo negocio. Lo que esto quiere decir es, que de acuerdo a lo que se pacte en las capitulaciones matrimoniales, los cónyuges tiene total poder para administrar y enajenar sus bienes como mejor les parezca.

El proceso de otorgación de Capitulaciones Matrimoniales, hay por obligación que comenzarlo y finalizarlo antes de que se celebre el matrimonio. Una vez celebrado el matrimonio, esta prohibido otorgar una escritura de Capitulaciones Matrimoniales. Si se quiere hacer un cambio en las Capitulaciones Matrimoniales, hay que hacerlo también antes de que se celebre el matrimonio. Las capitulaciones hay que hacerlas en escritura pública ante un notario autorizado en Puerto Rico para ejercer la notaria.

El proceso es relativamente sencillo y económico. Para cualquier duda o pregunta , comuníquese con la Lcda. Mercedes Rivera Auffant al 787-630-8033.

Relevo: La nota anterior fue redactada y escrita por la licenciada Mercedes Rivera Auffant el día 6 de septiembre de 2014. La licenciada Rivera Auffant fue admitida al ejercicio de la abogacía y notaría en el mes de junio de 1995. La referida nota no es ni puede ser interpretada como un consejo legal particular. Usted debe asesorarse personalmente con el abogado(a) notario(a) de su preferencia para recibir una orientación adecuada a las particularidades de su caso. Se utilizaron las propias leyes y reglas o reglamentos aplicables de Puerto Rico.

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San Juan
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