Lcda. Lindsay T. Murillo

Lcda. Lindsay T. Murillo Abogada con 10 años de experiencia. Experiencia en casos criminales. Práctica apelativa y notarial.

Trabajó como Fiscal, Directora Regional de Pro Bono, Inc., Gerente de Servicios Legales de Puerto Rico y Asesora Legal de la PUCPR.

En Puerto Rico, toda persona acusada de un delito grave o menos grave, con pena de reclusión que exceda los seis meses, ...
13/05/2026

En Puerto Rico, toda persona acusada de un delito grave o menos grave, con pena de reclusión que exceda los seis meses, tiene derecho a juicio por jurado. El Jurado es un grupo de 12 personas seleccionadas al azar entre los y las residentes de la comunidad.

Su función principal es escuchar la evidencia presentada en el juicio y decidir sobre la culpabilidad o no culpabilidad de la persona acusada.

Para ser elegible para servir como jurado, la persona debe:
•tener 18 años o más;
•saber leer y escribir en español;
•haber residido legalmente en Puerto Rico por un año y 90 días en la región judicial donde se atenderá el caso, no haber sido condenada por delito grave ni por delitos que impliquen depravación moral y
•estar física y mentalmente apta para servir como jurado.
•No existe una edad límite.
•No se requiere conocimiento previo en Derecho.

*Tampoco hay un número de veces límite para servir como jurado.

¿Qué es el juicio por jurado? ¿Quiénes pueden ser llamados a servir? ¿Cómo funciona el proceso de selección?

Como parte de la Semana de los Tribunales, el Poder Judicial de Puerto Rico comparte la Guía Informativa Comunitaria sobre Juicios por Jurado, un recurso educativo en lenguaje sencillo para orientar a las personas sobre este derecho constitucional y el deber de servir cuando una persona sea convocada.

Conoce más aquí: https://tr.ee/bcHnSr.

Servicio de primera en área de trabajo social. Cien por ciento recomendada:
24/04/2026

Servicio de primera en área de trabajo social. Cien por ciento recomendada:

“La figura del habeas corpus está tanto en la Constitución de Puerto Rico como en la de Estados Unidos, de forma similar...
26/03/2026

“La figura del habeas corpus está tanto en la Constitución de Puerto Rico como en la de Estados Unidos, de forma similar: “El auto de hábeas corpus será concedido con rapidez y libre de costas. No se suspenderá el privilegio del auto de hábeas corpus a no ser que, en casos de rebelión, insurrección o invasión, así lo requiera la seguridad pública”, dice parte de la sección 13 del artículo II de la Constitución del Estado Libre Asociado [y la sección 9 del artículo 1, cláusula 2 de la Constitución de Estados Unidos.

(…)

[H]ay varios tipos de habeas corpus, pero el usado por imputados de delito es el que permite reclamar la excarcelación de una persona que aún no ha sido convicta, sino que está en espera de juicio. Si el juicio comienza dentro de los 6 meses —aunque sea con la juramentación de testigos— ya no se puede reclamar el habeas corpus”.

⚖️ El habeas corpus es una de las herramientas jurídicas más importantes para proteger la libertad individual frente a una detención ilegal.

Aunque hoy forma parte del lenguaje jurídico y del debate público, su origen se remonta al derecho inglés del siglo XVII, cuando surgió para frenar los excesos del poder y evitar encarcelamientos indefinidos.

En Puerto Rico, esta figura tiene reconocimiento constitucional y permite, bajo ciertas circunstancias, reclamar la excarcelación de una persona que permanece detenida ilegalmente mientras enfrenta un proceso criminal.

En esta entrevista, el licenciado Jesús Rivera Delgado explica su origen, alcance y aplicación práctica dentro del sistema de justicia.

🔗 Para más detalles accede a https://bit.ly/4t5Meg8

Cuidado con lo que publicas en las redes sociales. Como dice el dicho: « eres dueño de tus silencios y esclavo de tus pa...
13/03/2026

Cuidado con lo que publicas en las redes sociales.

Como dice el dicho: « eres dueño de tus silencios y esclavo de tus palabras ».

En casos de custodia o pensión alimentaria, las publicaciones en redes sociales pueden influir en cómo el tribunal evalúa la conducta de las partes, su credibilidad e incluso el bienestar de los menores.

La licenciada Fabiola Maldonado Rivera advierte que algunas publicaciones pueden perjudicarte dentro de un proceso judicial. Entre ellas:

🔹 Publicar mensajes o videos atacando a la otra parte.
🔹 Contradecir en redes lo que declaras bajo juramento, por ejemplo sobre ingresos o situación económica.
🔹 Compartir información sensible de los menores
🔹Convertir el caso en contenido

🔗 Conoce más detalles en https://bit.ly/40nd6Mz

Si estás interesada/o en una Maestría en Derecho esta es tu oportunidad para orientarte. ¡Te esperamos!
09/03/2026

Si estás interesada/o en una Maestría en Derecho esta es tu oportunidad para orientarte.

¡Te esperamos!

⚖️ ¿Interesado en fortalecer tus destrezas en litigación o resolución de conflictos?

La Facultad de Derecho de la Universidad Interamericana de Puerto Rico te invita a participar en la orientación virtual de la Maestría en Derecho de Litigación y Métodos Alternos (LL.M.).

Un programa diseñado para desarrollar una preparación avanzada tanto en litigación estratégica como en métodos alternos de resolución de disputas, integrando teoría, práctica y las exigencias del ejercicio profesional contemporáneo.

🎓 Con la participación del Decano Dr. Julio Fontanet Maldonado, profesoras y egresadas del programa.

• Lcda. Lindsay T. Murillo
• Profa. Wanda Cruz Ayala
• Profa. Ana Paulina Cruz Vélez

📅 22 de abril de 2026
⏰ 5:00 p.m.
💻 Modalidad virtual

Una oportunidad para conocer el programa, su estructura académica y las oportunidades profesionales que ofrece.

🔗 Regístrate y acompáñanos: https://us02web.zoom.us/webinar/register/3217727578189/WN_uxsnvpxnRuejzRaoT4WdYQ

Un día como hoy hace 11 años juramenté como abogada. Dicen que los caminos más difíciles comienzan cuando empiezas a cam...
20/02/2026

Un día como hoy hace 11 años juramenté como abogada. Dicen que los caminos más difíciles comienzan cuando empiezas a caminar.

He escuchado a mucha gente decir que si tuvieran la oportunidad de volver a empezar se dedicarían probablemente a otra cosa. Yo puedo decir con el corazón en la mano que si mi vida comenzara de nuevo volvería a escoger una y otra vez mi profesión. No soy la mejor, ni siquiera me acerco a serlo, pero todos los días me levanto con el deseo de aportar un granito nuevo y de dar lo mejor de mi.

Llegar hasta aquí me ha costado sacrificios, sudor y lágrimas. Sin embargo, el camino también ha tenido grandes satisfacciones.

Mi juramento personal ha sido luchar por la justicia. Esa a la cual he encontrado muchas veces ciega, no porque sea igual para todxs, sino porque a veces se niega a ver la desigualdad. Juré abogar por lxs pobres y por lxs necesitadxs. Juré no olvidar de dónde vengo y llevar con orgullo mis raíces donde quiera que me pare. Juré luchar por mi Patria, adelantando siempre lo que sea justo y aspirando a un camino de equidad, solidaridad y libertad. Juré hacer mi mejor esfuerzo por ser justa, valiente, comprometida y en el proceso intentar ser mejor persona cada día. Sobre todo, juré honrar la toga y mi profesión con respeto, compasión, dignidad y amor. Espero que el universo siempre me de fuerza de espíritu para así hacerlo.

Gracias a la gente bonita del camino pasado, presente y futuro. Siempre es más fácil caminar agarrada de la mano de gente que te impulsa hacia adelante.

🎊🙏🏾⚖️

08/02/2026

Sin entrar a dar opiniones sobre el caso Pueblo v Eduardo Meléndez, creo que es deber y responsabilidad de las abogadas y los abogados el conversar con la gente y explicar conceptos como:

La investigación adecuada.
La recopilación de la prueba.
La presunción de inocencia.
El peso de la prueba.
La preparación de testigos.
La presentación de la prueba.
Las determinaciones en derecho.

Lamentablemente los casos de interés público que son televisados no vienen con el folleto al televidente de la forma y manera en que se conducen los casos en un Tribunal.

La desinformación en una sociedad que pierde la fe en las instituciones es un arma peligrosa.

Hoy trabajando desde Cabo Rojo con la licenciada Evelyn Román Montalvo. ¿Necesitas co consultoría en casos criminales o ...
28/01/2026

Hoy trabajando desde Cabo Rojo con la licenciada Evelyn Román Montalvo.

¿Necesitas co consultoría en casos criminales o de orden de protección?

Llama ahora: 787-509-5767

Los días que se considerarán feriados a todos los efectos legales durante el 2026 son los siguientes:* 2 de abril* 20 de...
27/01/2026

Los días que se considerarán feriados a todos los efectos legales durante el 2026 son los siguientes:

* 2 de abril
* 20 de noviembre
* 27 de noviembre
* 24 de diciembre
* 31 de diciembre

En esas fechas, permanecerán cerrados los Centros Judiciales, las salas del Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo. Solamente funcionarán los turnos judiciales correspondientes, bajo el esquema de los días feriados.

Conforme a la resolución del Tribunal Supremo, cualquier término judicial o procesal que venza en los días designados como cierres totales se extenderá automáticamente hasta el próximo día laborable.

El Tribunal Supremo de Puerto Rico declaró como días feriados judiciales una serie de fechas entre 2026 y 2028, lo que conlleva la extensión automática de términos procesales que venzan en esos días.

La salud mental en Puerto Rico es uno de los temas menos atendidos en términos de política pública y postulados de derec...
22/01/2026

La salud mental en Puerto Rico es uno de los temas menos atendidos en términos de política pública y postulados de derecho en el ámbito penal. Los censos demuestran que mientras se inyectan fondos a proyectos estructurales, gastos administrativos y agencias como los Departamentos de Justicia & Corrección y Rehabilitación, se disminuyen fondos en Educación y Salud.

Exhorto a la lectura de este artículo del Centro de Periodismo Investigativo donde entre muchos datos puntualizo en lo siguiente:

“La Regla 240 de Procedimiento Criminal, que define el proceso para determinar si un imputado es procesable, no establece un plazo específico para que la persona sea ingresada a una “institución adecuada” para recibir el tratamiento que ordenó el tribunal. En años recientes, legisladores han presentado proyectos que buscaban evitar que las personas no procesables estén encarceladas indefinidamente, pero las medidas no prosperaron”.

“Los hospitales de psiquiatría forense, ubicados en Río Piedras y Ponce, han operado a capacidad por años, ante una creciente demanda de servicios y recursos que no alcanzan. La situación provoca que imputados con trastornos mentales permanezcan encarcelados mientras su condición empeora”.

“La falta de espacio en las instalaciones de psiquiatría forense representa un problema persistente que se arrastra desde hace años y mantiene en un limbo a imputados declarados no procesables. La espera promedio por una cama en el año fiscal 2022 duró siete meses, según un análisis de Oficina de Administración de los Tribunales (OAT), presentado por la jueza Otero Ferreiras en 2023”.

“Para los abogados de defensa, solicitar que se paralicen los procesos de un caso para determinar si su cliente es procesable representa una decisión que no se toma a la ligera, dijo Alejandra Belmar Jiménez, directora ejecutiva de SAL. Cuando se inicia el proceso para evaluar la procesabilidad, manifestó, los clientes “se van por ese hoyo negro”.”

La cantidad de personas imputadas de delito que no son procesables y deben ser atendidas por ASSMCA creció en un 188% entre 2018 y 2024, pero los hospitales forenses no han aumentado su capacidad para darles servicios. Mientras, el Estado no tiene un registro de cuántos terminan encarcelados.

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