27/02/2026
⚖️ 𝗘𝗟 𝗗𝗘𝗟𝗜𝗧𝗢 𝗗𝗘 𝗘𝗡𝗖𝗨𝗕𝗥𝗜𝗠𝗜𝗘𝗡𝗧𝗢 𝗣𝗘𝗥𝗦𝗢𝗡𝗔𝗟 𝗬 𝗦𝗨 𝗘𝗫𝗖𝗨𝗦𝗔 𝗔𝗕𝗦𝗢𝗟𝗨𝗧𝗢𝗥𝗜𝗔
Sobre el delito de encubrimiento que habría cometido la periodista Marisel Linares al ayudar al hijo de su pareja, es importante tener en cuenta que, según el artículo 404 del Código Penal, comete el delito de encubrimiento personal quien "sustrae a otro de la persecución penal” o “de otra medida ordenada por la justicia". Es decir, comete el delito de encubrimiento aquel que, sin haber participado en el delito originario, ayuda al responsable a esconderse de la policía o la justicia.
Sin embargo, la ley también atiende a la necesidad de protección de los lazos afectivos estrechos y familiares. Por ello, el artículo 406 del Código Penal tipifica que están exentos de castigo quienes realicen actos de encubrimiento si sus "relaciones con la persona favorecida son tan estrechas como para excusar su conducta".
En consecuencia, la ley sanciona el encubrimiento personal eximiendo de sanción a quienes actúan movidos por relaciones estrechas, como ocurre en el presente caso.