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𝑳𝑨𝑩𝑶𝑹𝑨𝑳𝑰𝑺𝑻𝑨𝑺 𝑨𝒃𝒐𝒈𝒂𝒅𝒐𝒔 𝑷𝒆𝒓ú Especialistas al servicio de los trabajadores.

¿Sabías que si laboras en días feriados tienes derecho a TRES REMUNERACIONES por ese día?, aquí te explicamos cómo aplic...
08/06/2026

¿Sabías que si laboras en días feriados tienes derecho a TRES REMUNERACIONES por ese día?, aquí te explicamos cómo aplica:

💰 ¿CÓMO SE CALCULA EL TRIPLE PAGO?

1️⃣ Primer pago: Salario normal por trabajar ese día.
2️⃣ Segundo pago: Compensación por el descanso no tomado.
3️⃣ Tercer pago: Remuneración correspondiente al feriado (ya incluida en tu sueldo mensual).

📌 Ejemplo:
Si tu sueldo diario es S/100, por trabajar en feriado deberías recibir:
➞ S/100 (remuneración) +
S/100 (feriado) +
S/100 (sobre tasa del 100%)
TOTAL: S/300

🔄 ¿Y SI TE DAN UN DÍA DE DESCANSO DESPUÉS?

Si tu empleador reprograma el feriado para otro día:
NO hay pago extra (solo cobras tu salario normal).
El descanso sustituido debe darse dentro del mismo mes.

⚠️ ¿QUÉ HACER SI NO TE PAGAN?
Puedes Exigir por escrito el pago correspondiente.

1️⃣Denuncia en SUNAFIL (puedes hacerlo online):
🔹 Ingresa a www.sunafil.gob.pe
🔹 Busca la opción: "Denunciar incumplimientos laborales"
🔹 Adjunta pruebas (boletas, contratos, mensajes).
Multas para la empresa: Hasta S/93,000 si no cumplen.

2️⃣Demanda ante Juez de Trabajo✅ para que ordene el pago de adeudado, más interés y gastos generados.

📣 MENSAJES CLAVE
✔️ Trabajadores: ¡Conoce tus derechos y exígelos!
✔️ Empleadores: Cumplan la ley para evitar sanciones.

👉🏽¡No permitas que vulneren tus derechos! ¡Comparte esta información vital para proteger a más trabajadores!

📌 ¿TIENES DUDAS O NECESITAS ASESORÍA?
En LABORALISTAS Abogados Perú te ayudamos a defender tus derechos laborales. ¡Escríbenos!

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🇵🇪 7 de Junio: Feriado Nacional por la Batalla de Arica y Día de la Bandera 🇵🇪  - FERIADO-Hoy conmemoramos una fecha cív...
08/06/2026

🇵🇪 7 de Junio: Feriado Nacional por la Batalla de Arica y Día de la Bandera 🇵🇪 - FERIADO-

Hoy conmemoramos una fecha cívica fundamental para nuestro país. Y desde LABORALISTAS Abogados Perú, te recordamos que el 7 de junio es feriado nacional obligatorio para todos los trabajadores, tanto del sector público como del sector privado (tras la modificación del Decreto Legislativo N° 713). ⚖️🏛️

¿Cuáles son los efectos legales de este feriado en tu trabajo? Aquí te detallamos tus derechos:

✅ Descanso remunerado: No tienes la obligación de prestar servicios este día, pero sí recibirás tu remuneración ordinaria correspondiente a un día de trabajo.

✅ Sin recuperación de horas: El trabajador no tiene ninguna obligación de compensar o recuperar las horas dejadas de laborar por este feriado.

⚠️ ¿Qué pasa si te toca trabajar hoy? Si laboras este día, tu empleador debe otorgarte un día de descanso sustitutorio. De no ser así, tienes derecho a recibir un pago por la labor efectuada con una sobretasa del 100%. 💵 (triple pago)

¡Conocer la ley laboral es el primer paso para proteger tus derechos! 🛡️✨

📢 ¡La información es un derecho, hagámosla viral! Ayúdanos a que más trabajadores y empleadores conozcan la normativa vigente. Comparte esta publicación y etiqueta a tus compañeros de trabajo en los comentarios. 📲👇
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🚨 ¡ATENCIÓN TRABAJADORES! 💰 ¿HACES HORAS EXTRAS Y NO LAS INCLUYEN EN TUS BENEFICIOS? ¡QUE NO TE ENGAÑEN CON TU DINERO! ⚖...
04/06/2026

🚨 ¡ATENCIÓN TRABAJADORES! 💰 ¿HACES HORAS EXTRAS Y NO LAS INCLUYEN EN TUS BENEFICIOS? ¡QUE NO TE ENGAÑEN CON TU DINERO! ⚖️

¡Hola, comunidad laboral! 👋 Si eres de los que se queda trabajando fuera de su horario normal, debes saber que ese esfuerzo extra no solo debe pagarse en tu sueldo del mes, ¡sino que impacta directamente en todos tus beneficios sociales!

👍🏽Aquí te explicamos las reglas claras de la legislación peruana para que no te paguen ni un sol de menos: 👇

💵 1. LAS HORAS EXTRAS SÍ SUMAN A TUS BENEFICIOS
¡No dejes que te digan lo contrario! Las horas extras sí forman parte del cálculo de tus beneficios sociales. Para la ley, se consideran "remuneración computable", lo que significa que influyen directamente en el pago exacto de tus:

✅Gratificaciones
✅Compensación por Tiempo de Servicios (CTS)
✅Utilidades
✅Vacaciones

👉🏽Tu respaldo legal: Artículo 9 del D.S. N.º 005-2002-TR y D.S. N.º 001-97-TR.

📈 2. ¡CLAVE PARA EL PAGO DE TUS UTILIDADES!
Recuerda que el 50 % de las utilidades de una empresa se distribuye entre los trabajadores en proporción a sus remuneraciones. En esta base de cálculo, el pago por horas extras se considera un concepto remunerativo regular y debe incluirse obligatoriamente en la suma total que sirve para determinar cuánto dinero te corresponde.
📍¡Tus horas extras elevan tu base de cálculo!

⏱️ 3. REGLAS DE ORO SOBRE TU JORNADA Y PAGOS
Revisa tu boleta y asegúrate de que la empresa respete estos mandamientos laborales:

📍Límite de la jornada: La jornada máxima de trabajo es de 8 horas diarias y 48 horas semanales.
📍El Refrigerio: El tiempo de tu refrigerio o almuerzo NO se computa dentro de tu horario o jornada laboral.
📍Trabajo nocturno: Si te toca laborar en horario nocturno, ese turno lleva una sobrecarga del 35 %.
📍¿Cuánto vale tu hora extra? Por cada hora extra realizada se te debe pagar un recargo del 25 % sobre el valor de tu hora normal. Y atención: después de la tercera hora, ese recargo sube al 35 %.

🛠️ ¡TU ESFUERZO FUERA DE HORARIO VALE DINERO! Revisa bien tus boletas de pago, tus depósitos de CTS y tus utilidades. Si la empresa no está sumando tus horas extras a tus beneficios, ¡están vulnerando tus derechos y quedándose con tu dinero! 🛡️🤝

📢 ¡AYÚDANOS A HACERLO VIRAL! Comparte este post con tus compañeros de trabajo, etiqueta a tus amigos y difúndelo en tus grupos de WhatsApp. ¡Un trabajador informado es un trabajador que no se deja engañar!

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🚨 ¡NUNCA RENUNCIES SI TU CONTRATO ESTÁ POR VENCER! 🛑 ¡NO PIERDAS TU DINERO POR ESTE GRAVE ERROR! ⚖️💼✅¡Hola, comunidad tr...
04/06/2026

🚨 ¡NUNCA RENUNCIES SI TU CONTRATO ESTÁ POR VENCER! 🛑 ¡NO PIERDAS TU DINERO POR ESTE GRAVE ERROR! ⚖️💼

✅¡Hola, comunidad trabajadora! 👋 Desde LABORALISTAS Abogados Perú te revelamos uno de los peores errores que puedes cometer al finalizar tu relación laboral. Muchas veces, por desconocimiento o presión de la empresa, los trabajadores firman su propia trampa.

👉🏽Si tu contrato está a punto de vencer, 📍NUNCA debes presentar una carta de renuncia. Al hacerlo, admites ante la ley que te vas por voluntad propia y pierdes automáticamente el derecho a cobrar una cuantiosa indemnización por despido arbitrario.

Aquí te explicamos lo que es fundamental tener en cuenta para proteger tus derechos: 👇

⏳ 1. DEJA QUE EL PLAZO VENZA
Si no deseas continuar en la empresa y tu contrato culmina, simplemente espera a que llegue la fecha de término. Esto se considera legalmente un "cese por vencimiento de contrato" y NO afecta tu liquidación.

📝 2. ¡TU CONTRATO PODRÍA ESTAR DESNATURALIZADO!
¿Has venido realizando labores de carácter permanente? ¿Te renuevan mes a mes para el mismo puesto? Si la empresa ha cometido errores al usar contratos temporales, tu contrato podría estar desnaturalizado. Legalmente, esto significa que tu contrato temporal ya se convirtió en un contrato a plazo indeterminado (eres un trabajador estable).
⚠️ 3. EL GRAN PELIGRO DE RENUNCIAR

Si eres un trabajador estable (por desnaturalización) pero firmas una carta de renuncia, destruyes cualquier evidencia a tu favor. Con esa firma, la empresa se libera de pagarte la indemnización que te correspondería por un despido arbitrario. ¡Les regalas tu dinero!
💰 4. TUS DERECHOS A LA LIQUIDACIÓN ESTÁN INTACTOS

👉🏽Si termina el vínculo laboral por vencimiento de contrato o porque simplemente decidieron no renovarte, igual tienes derecho al pago total de tus beneficios sociales: CTS, gratificaciones truncas, vacaciones no gozadas y los días trabajados de tu sueldo.

🛠️ ¡NO REGALES TUS AÑOS DE ESFUERZO!
Puedes informarte más sobre la desnaturalización y tus derechos en la plataforma de la SUNAFIL. Pero si la empresa te está presionando para firmar o sientes que están vulnerando tus derechos, en LABORALISTAS Abogados Perú estamos listos para defenderte. 🛡️🤝

✅Si deseas que evaluemos si tu caso califica como un contrato desnaturalizado, contáctanos HOY mismo e indícanos:
✔️ Cuánto tiempo llevas trabajando en la empresa en total.
✔️ Qué labor específica realizas y cada cuánto tiempo te renuevan el contrato.
✔️ Si te han dado algún motivo por escrito de por qué no quieren renovarte.

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📢 ¡EL CONOCIMIENTO ES PODER! Comparte este post con tus compañeros de trabajo y familiares para que no caigan en esta trampa y sepan cómo actuar cuando su contrato esté por vencer.
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🚨 ¡ATENCIÓN LOCADORES DEL ESTADO! 🛑 EL CONGRESO DEBATE UN PROYECTO DE LEY QUE PODRÍA METERLOS A PLANILLA SI LLEVAN MÁS D...
03/06/2026

🚨 ¡ATENCIÓN LOCADORES DEL ESTADO! 🛑 EL CONGRESO DEBATE UN PROYECTO DE LEY QUE PODRÍA METERLOS A PLANILLA SI LLEVAN MÁS DE 5 AÑOS CON RECIBOS POR HONORARIOS ⚖️📜

​¡Hola a todos! 👋 En LABORALISTAS Abogados Perú, sabemos que el Estado es, muchas veces, el principal infractor laboral. Miles de peruanos trabajan cumpliendo horarios, recibiendo órdenes y realizando labores permanentes, pero cobran mediante órdenes de servicio y recibos por honorarios. ¡Sin CTS, sin gratificaciones, sin vacaciones!

​Hoy analizamos un PROYECTO DE LEY que acaba de ingresar al Congreso y que podría cambiar esta injusta realidad. 👇

​📌 ¿QUÉ PROPONE EL PROYECTO DE LEY 13539/2025-CR?
Este proyecto busca reconocer formalmente la relación laboral de los locadores de servicios que trabajan para el Estado y obligar a las entidades públicas a pasarlos a un régimen laboral (Planilla).

​🤔 ¿QUIÉNES SERÍAN LOS BENEFICIADOS?
Aplica para todos los locadores de Ministerios, Gobiernos Regionales, Municipalidades, Proyectos y cualquier unidad del sector público que cumplan estos requisitos:

📍​Más de 5 años: Haber prestado servicios continuos bajo recibos por honorarios por un mínimo de 5 años.
📍​Labores Subordinadas: Haber realizado funciones permanentes, de carácter personal y demostrando subordinación (es decir, cumpliendo un horario o recibiendo órdenes directas).

​🚫 ¡PROHIBICIÓN PARA EL ESTADO!
Si esta ley se aprueba, las entidades públicas tendrán totalmente prohibido contratar personal mediante recibos por honorarios para realizar funciones que son permanentes o propias de la entidad. Además, tendrían un plazo máximo de 1 año para incorporar a todos los locadores a sus respectivas planillas.

​⚠️ ¡OJO! ESTO AÚN ES UN PROYECTO DE LEY
Queremos ser muy claros: esta iniciativa recién ha ingresado al Congreso y debe ser debatida. AÚN NO ES UNA LEY VIGENTE.

​💡 PERO... ¡NO TIENES QUE ESPERAR A QUE EL CONGRESO TE SALVE!
¿Sabías que la ley actual ya te protege? Si trabajas con recibos por honorarios, pero cumples un horario, tienes un jefe, usas correo corporativo o te exigen marcar asistencia... ¡Estás en una relación laboral encubierta! A esto los abogados le llamamos Primacía de la Realidad.

👉🏽​No esperes años a que aprueben una ley. En LABORALISTAS Abogados Perú somos especialistas en Desnaturalización de Contratos de Locación de Servicios. Evaluamos tu caso y demandamos al Estado y Procuraduría, para que te reconozca como trabajador estable de la planilla 728 o 276, con el pago de todos tus beneficios atrasados y adeudados. 🛡️🤝

​¿Tienes dudas sobre tu Orden de Servicio o te quieren "cortar" el contrato? ¡Contáctanos HOY mismo para evaluar tu
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​📢 ¡PASA LA VOZ! Comparte este post con todos los locadores, terceros o "servicios no personales" que conozcas en las entidades del Estado. ¡Un trabajador informado es un trabajador que hace respetar sus derechos!

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🚨 ¡QUE NO TE COBREN POR TRABAJAR! 🛑 ¿TU EMPRESA TE DESCUENTA POR EL UNIFORME O TUS HERRAMIENTAS? ¡CONOCE TUS DERECHOS! ⚖...
02/06/2026

🚨 ¡QUE NO TE COBREN POR TRABAJAR! 🛑 ¿TU EMPRESA TE DESCUENTA POR EL UNIFORME O TUS HERRAMIENTAS? ¡CONOCE TUS DERECHOS! ⚖️💼

¡Hola, comunidad trabajadora! 👋 Desde LABORALISTAS Abogados Perú alertamos sobre una práctica abusiva muy común en muchas empresas: hacer que el trabajador pague por la ropa o los equipos que necesita para realizar su labor.
¡Que no te engañen! En la legislación laboral peruana, es obligación exclusiva del empleador proveer gratuitamente todos los uniformes, herramientas y Equipos de Protección Personal (EPP). Este gasto NUNCA debe correr por tu cuenta ni descontarse de tu sueldo.
Aquí te detallamos cuál es tu escudo legal frente a estos abusos: 👇

🦺 1. EQUIPOS DE PROTECCIÓN PERSONAL (EPP) Y SEGURIDAD
Si tu uniforme o indumentaria cumple una función de protección (cascos, guantes, calzado de seguridad, mascarillas, etc.), la ley es contundente:
✅Ley N.° 29783 (Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo): En su artículo 62 establece expresamente que el costo de las medidas de seguridad ejecutadas en el centro de trabajo no es asumido de modo alguno por los trabajadores. Además, el artículo 60 obliga a la empresa a proporcionar EPP certificados y adecuados a los riesgos.
✅Ley N.° 31246: Ratifica que los empleadores deben garantizar la provisión de estos equipos, asumiendo el 100 % del costo económico.
👔 2. UNIFORMES CORPORATIVOS O DE IMAGEN
Si tu ropa no es de seguridad, pero la empresa te exige usarla por imagen, identificación o higiene, ¡también deben pagarla ellos!
✅Decreto Legislativo N.° 728: Considera al uniforme como una condición de trabajo. Al ser un bien necesario para el cabal desempeño de tus funciones y una exigencia bajo el poder de dirección de la empresa, el costo no puede trasladarse a tu bolsillo.
✅Ley del Impuesto a la Renta: Contablemente, el uniforme es un gasto necesario para la generación de la renta de la empresa (un gasto operativo), no una remuneración ni un capricho tuyo.

⏱️ 3. CRITERIO OBLIGATORIO DE SUNAFIL
📍¡Un dato clave que debes conocer! Según la Resolución de Sala Plena N.° 016-2023-SUNAFIL/TFL, el Tribunal de Fiscalización Laboral determinó que si el uso del uniforme es obligatorio por políticas internas, el tiempo que utilizas dentro de la empresa para cambiarte de ropa forma parte de tu jornada de trabajo. ¡Estás a disposición del empleador desde el minuto uno!

⚠️ ¡CUIDADO CON LAS PRÁCTICAS ILEGALES! Las deducciones en tu boleta por "desgaste de uniforme", los cobros iniciales por entregarte tu indumentaria o hacerte comprar tus propias herramientas, son infracciones laborales graves.

🛠️ ¡TU SUELDO SE RESPETA! Si tu empleador te está exigiendo pagar por tu uniforme o EPP, no te quedes callado. Puedes realizar una denuncia confidencial a través de la plataforma de la SUNAFIL o acudir a un Juez de Trabajo para exigir justicia. En LABORALISTAS Abogados Perú estamos listos para defender tu dinero y tus derechos. 🛡️🤝

¿Te están descontando ilegalmente? Contáctanos HOY mismo: 🟦📲 Asesoría: 👉 991 998 198
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🚨 ¡ATENCIÓN SECTOR PÚBLICO! 📢 SERVIR ACLARA EL LÍMITE DE 5 AÑOS PARA LOS CONTRATOS CAS: ¿QUÉ PASA CON EL "CAS TRANSITORI...
02/06/2026

🚨 ¡ATENCIÓN SECTOR PÚBLICO! 📢 SERVIR ACLARA EL LÍMITE DE 5 AÑOS PARA LOS CONTRATOS CAS: ¿QUÉ PASA CON EL "CAS TRANSITORIO PERMANENTE"? 🏛️⚖️

¡Hola, comunidad! 👋 La inestabilidad en los contratos administrativos de servicios (CAS) siempre genera dudas, pero hoy tenemos una actualización legal crucial para proteger la estabilidad laboral de miles de servidores públicos. La Autoridad Nacional del Servicio Civil (SERVIR) acaba de emitir un pronunciamiento definitivo sobre el polémico límite de 5 años. 👇

📌 EL NUEVO ESCENARIO (LEY N° 32563)
✅La reciente Ley N° 32563 modificó el artículo 5 del Decreto Legislativo N° 1057, incorporando una nueva regulación sobre la duración de los contratos CAS.
✅Esta norma establece que los contratos CAS a plazo determinado pueden ser prorrogados o renovados anualmente.
✅Sin embargo, fijó un límite máximo de cinco (5) años para estas prórrogas o renovaciones, con excepción de los contratos por suplencia.

🤔 EL DILEMA DEL "CAS TRANSITORIO PERMANENTE"
✅Con la anterior Ley N° 31131, los contratos CAS pasaron a ser de plazo indeterminado como regla general.
✅Solo se permitían contrataciones temporales como excepción para labores de necesidad transitoria o suplencia.
✅Bajo este marco normativo previo, no se contemplaba un límite máximo acumulado para las renovaciones sucesivas de los contratos a plazo determinado.
✅Esto generó que muchos trabajadores quedaran en un estado de "CAS Transitorio permanente", renovando año tras año. Al salir la nueva Ley 32563, surgió el temor: ¿Serían despedidos al cumplir 5 años?

👨‍⚖️ LA OPINIÓN VINCULANTE DE SERVIR Para resolver esta controversia, SERVIR formalizó el acuerdo de su Consejo Directivo adoptado en la Sesión N° 12-2026-CD. A través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 000076-2026-SERVIR-PE y el Informe Técnico N° 000965-2026-SERVIR-GPGSC, se definió la siguiente regla de cumplimiento obligatorio:

👉🏽El plazo máximo de 5 años se aplica únicamente a los contratos a plazo determinado celebrados bajo la nueva categoría de la Ley N° 32563.
👉🏽Este límite legal rige solo para las prórrogas o renovaciones de esta nueva categoría contractual.
👉🏽La Ley N° 32563 no estableció una cláusula de equivalencia normativa, continuidad automática o reconducción para que los antiguos contratos por necesidad transitoria pasen al nuevo régimen.

💡 ¿QUÉ SIGNIFICA ESTO PARA EL TRABAJADOR ESTATAL?

📍Si vienes laborando bajo un "CAS Transitorio" amparado en las reglas de la antigua Ley 31131, ¡respira tranquilo! El nuevo "tope" de 5 años introducido este 2026 no se aplica de forma retroactiva a tu contrato ni subsume tu vínculo laboral automáticamente. Tus renovaciones no están condicionadas por este límite de caducidad.

📝Como especialistas en derecho laboral peruano y gestión pública, seguiremos analizando cada actualización normativa para que ninguna entidad vulnere tus derechos en la administración pública. ¡La información legal precisa es tu mejor defensa! 🛡️🤝

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🚨 ¡ATENCIÓN TRABAJADORES MUNICIPALES! 🛑 ¿ERES FISCALIZADOR O INSPECTOR Y TE CONTRATAN POR CAS O RECIBOS POR HONORARIOS? ...
02/06/2026

🚨 ¡ATENCIÓN TRABAJADORES MUNICIPALES! 🛑 ¿ERES FISCALIZADOR O INSPECTOR Y TE CONTRATAN POR CAS O RECIBOS POR HONORARIOS? ¡LA CORTE SUPREMA HA DICHO BASTA! ⚖️💼

¡Hola a todos! 👋 Muchas municipalidades intentan evadir sus responsabilidades laborales contratando a su personal operativo bajo modalidades inestables. Hoy analizamos un caso real y definitivo (Casación Laboral N.º 36515-2023 LIMA) que demuestra cómo hacer valer tus verdaderos derechos. 👇

🏢 EL CASO: ¿QUÉ PASÓ CON LA TRABAJADORA?
✅Una inspectora municipal trabajó desde 2019 recuperando espacios públicos y erradicando el comercio informal en la vía pública.
✅La municipalidad la obligó a firmar de manera continua contratos de Locación de Servicios (Recibos por Honorarios) y, posteriormente, contratos CAS.
✅De un momento a otro, la entidad la despidió arbitrariamente dejándola sin sustento.

⚖️ LA DECISIÓN DE LA CORTE SUPREMA (EXPLICADA FACILITO)
¡La justicia laboral le dio la razón a la trabajadora! La Corte Suprema sentó un precedente que toda municipalidad debe respetar de manera obligatoria:
✅El trabajo de recuperar espacios públicos, mantener el orden en la comuna y realizar fiscalizaciones en la calle implica un esfuerzo físico y un contacto diario con la ciudadanía.
✅Por la naturaleza operativa de estas funciones, el trabajador adquiere automáticamente la condición legal de OBRERO MUNICIPAL.
✅Según el artículo 37 de la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N.º 27972), los obreros municipales pertenecen exclusivamente al régimen laboral de la actividad privada (Decreto Legislativo 728).
✅¡ESTÁ PROHIBIDO! La Corte determinó que, en ningún caso, los obreros municipales pueden ser contratados bajo el régimen administrativo CAS ni como locadores de servicios.

🛡️ EL RESULTADO PARA LA TRABAJADORA
Al confirmar que la trabajadora pertenecía al régimen privado (Ley 728), la Corte Suprema declaró que fue víctima de un despido incausado. ¡El juez ordenó su REPOSICIÓN INMEDIATA a su puesto de trabajo!.
💡 RECOMENDACIONES VITALES PARA TRABAJADORES
Si trabajas como sereno, policía municipal, inspector o fiscalizador de campo:
📝 Revisa tu contrato: Si realizas trabajo de campo y te hacen firmar CAS o recibos por honorarios, están simulando tu verdadera condición laboral.
📸 Junta evidencia: Guarda fotos de tus operativos, roles de turno, correos y memorandos que demuestren que realizas labores operativas constantes.
⚖️ ¡Asesórate! Tienes derecho a la estabilidad laboral, CTS, gratificaciones completas y a no ser despedido sin una causa justa.

¡Tu esfuerzo en las calles vale y la ley te protege! 🛡️🤝
📢 ¡COMPARTE ESTA INFORMACIÓN VITAL! Ayúdanos a que más trabajadores municipales conozcan sus derechos y ninguna entidad abuse de ellos.

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♻️ 1 de Junio: Día Nacional del Reciclador 🌿Hoy, desde LABORALISTAS Abogados Perú, nos unimos a la conmemoración del Día...
01/06/2026

♻️ 1 de Junio: Día Nacional del Reciclador 🌿

Hoy, desde LABORALISTAS Abogados Perú, nos unimos a la conmemoración del Día Nacional del Reciclador, una fecha esencial para reconocer a quienes cuidan nuestro planeta desde la primera línea. 🌎

Esta importante conmemoración fue establecida oficialmente mediante la Ley N.° 29419 (Ley del Reciclador), un marco legal fundamental cuyo propósito es proteger los derechos de estos trabajadores y promover su formalización. ⚖️📜
Hoy visibilizamos y aplaudimos su aporte porque:

✅ Son el primer eslabón vital en la cadena de aprovechamiento de residuos.
✅ Su labor diaria es el verdadero motor de la economía circular.
✅ Su esfuerzo representa una contribución invaluable y directa a la protección del medio ambiente.

Fomentar su formalización es garantizar un trabajo digno para quienes construyen un Perú más limpio y sostenible. 🤝✨

📢 ¡Haz que su esfuerzo se vuelva viral! Ayúdanos a visibilizar y valorar el trabajo de miles de recicladores de base. Comparte esta publicación para que toda la sociedad reconozca su inmensa labor. 📲👇

🚨 ¡ATENCIÓN SECTOR SALUD! 🏥 NUEVO PROYECTO DE LEY BUSCA RECONOCER LA CTS DE MÉDICOS PÚBLICOS DESDE SU PRIMER DÍA DE TRAB...
01/06/2026

🚨 ¡ATENCIÓN SECTOR SALUD! 🏥 NUEVO PROYECTO DE LEY BUSCA RECONOCER LA CTS DE MÉDICOS PÚBLICOS DESDE SU PRIMER DÍA DE TRABAJO ⚖️

El Colegio Médico del Perú (CMP) ha presentado oficialmente al Congreso de la República el Proyecto de Ley 14692/2025-CP. Esta importante iniciativa legislativa tiene como objetivo corregir un vacío legal que ha perjudicado a miles de profesionales de la salud durante años.

A continuación, te explicamos los puntos clave de este Proyecto de Ley👇:

📌 ¿QUÉ PROPONE EXACTAMENTE?

✅Reconocer el derecho a la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS) de los profesionales médicos del sector público desde la fecha exacta de su ingreso a la administración pública.

✅Este reconocimiento se aplicará sin importar el régimen laboral o de contratación bajo el cual se encuentre el médico.

✅Modificar los artículos 3, 7 y 9 del Decreto Legislativo N° 1153, así como el artículo 52 del Decreto Legislativo N° 276, para garantizar que se reconozca de manera integral el tiempo laborado antes de la vigencia del D. Leg. 1153.

✅El cálculo de la CTS se realizará utilizando la remuneración total permanente que esté vigente al momento del cese del trabajador.

✅La modalidad de pago podrá ser en una sola entrega al momento del cese, o de manera fraccionada (en cuotas) según la disponibilidad de presupuesto.

💡 ¿POR QUÉ ES NECESARIA ESTA INICIATIVA? Actualmente, el Decreto Legislativo 1153 limitó el cálculo de la CTS solo al periodo posterior a su promulgación en 2013, dejando en el aire los años de servicio previos de aproximadamente 30,000 profesionales médicos. El proyecto argumenta que esto vulnera el principio de igualdad, ya que otros sectores del Estado (como el magisterio) sí gozan del cómputo de su CTS desde el inicio de sus labores.

⚠️ OJO AL DATO: Es fundamental recalcar que, por el momento, esto es un PROYECTO DE LEY. Es decir, es una propuesta que aún debe ser estudiada, debatida y aprobada por el Congreso de la República para convertirse en una norma oficial y obligatoria.

📢 ¡Comparte esta información con tus colegas del sector salud para que estén al tanto de sus derechos en debate!

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