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Cursos Contrataciones - SEACE SIGA ¡El CIDECAP te brinda la oportunidad de desarrollar habilidades clave para tu carrera profesional!

16/09/2024
Actualización de la Guía para el Planeamiento Institucional 📢
16/06/2024

Actualización de la Guía para el Planeamiento Institucional 📢

Actualización de la Guía para el Planeamiento Institucional 📢

El CEPLAN a través de la Resolución de Presidencia del Consejo Directivo N.° 055-2024/CEPLAN/PCD, ha aprobado la Version Actualizada de la Guía para el Planeamiento Institucional. Esta guía esencial proporciona lineamientos metodológicos para la formulación del Plan Estratégico Institucional (PEI) y el Plan Operativo Institucional (POI), facilitando la planificación estratégica y operativa de las entidades que conforman el SINAPLAN.

🔗 Accede a la guía completa aquí: https://www.gob.pe/institucion/ceplan/normas-legales/5658978-055-2024-ceplan-pcd

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Ayuda a difundir esta importante actualización para fortalecer nuestras capacidades institucionales y promover una gestión pública más eficiente y efectiva.

📄✏️ Modifican Anexos de la Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria 📊
08/06/2024

📄✏️ Modifican Anexos de la Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria 📊

🔔 COMUNICADO IMPORTANTE 🔔

La DGPP del MEF ha modificado los anexos de la Directiva de Programación Multianual Presupuestaria y Formulación Presupuestaria.

🔗 Anexos modificados:

Anexo Nº 1-A/GNyR: Plazos de hitos para Gobierno Nacional y Regionales.
Anexo Nº 1-B/GNyR: Plazos para remisión de información.
Anexo Nº 2/GNyR: Cronograma de reuniones.
Anexo Nº 1-A/GL: Plazos de hitos para Gobiernos Locales.
Anexo Nº 4/GL: Subvenciones a personas jurídicas no públicas.

👉 Más información y acceso a los anexos:
https://www.mef.gob.pe/es/?option=com_docman&language=es-ES&Itemid=101661&lang=es-ES&view=list&slug=directivas-presupuesto-publico

📈💼 CIDECAP

🇵🇪 ¡Feliz Día de la Bandera! 🇵🇪
07/06/2024

🇵🇪 ¡Feliz Día de la Bandera! 🇵🇪

🇵🇪 ¡Feliz Día de la Bandera! 🇵🇪

Hoy celebramos con orgullo nuestro símbolo patrio, que representa la valentía, la libertad y la unidad de todos los peruanos. En CIDECAP, nos comprometemos a seguir trabajando por un Perú mejor y más justo.

Únete a la celebración compartiendo tus fotos y mensajes con el hashtag .

¡Que viva el Perú y nuestra gloriosa bandera! 🇵🇪❤️

19/01/2024

¡Atención, operador de inversión! Conoce cuáles son las pautas mínimas que debe de seguir tu entidad o empresa pública para iniciar el proceso de adopción de BIM.

Descarga el documento aquí: https://bit.ly/lineamientos-BIM

03/08/2023

🚀 ProTips CIDECAP N° 020: Cumple con los plazos respecto a la formalización de Modificaciones Presupuestarias 📅💼

¡Atención a los responsables de la ejecución presupuestal! 📅📝💼

Recuerda que el próximo 10 de agosto vence el plazo para la formalización de Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático dentro de tu Unidad Ejecutora, ello de conformidad a los artículos 25 y 27 de la Directiva N° 0005-2022-EF/50.01, es fundamental seguir los lineamientos establecidos para la ejecución presupuestaria.

Asegúrese de formalizar las modificaciones de manera oportuna y cumplir con todos los requisitos necesarios. 💼💻📋

En el CIDECAP, te ofrecemos cursos especializados en ejecución presupuestal para fortalecer tus conocimientos y habilidades en esta área.

¡No dudes en consultarnos! 📚🎓💡

💼📅💡

25/07/2023

🚀 ProTips CIDECAP N° 019: Fortalecimiento de la función de fiscalización en los Gobiernos Regionales y Municipalidades 📅 📊 🔍

¡Atención a nuestros seguidores del CIDECAP! 📅 📝 🔍

Con la reciente modificación de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, para asegurar el financiamiento del ejercicio de la función fiscalizadora de los Consejos Regionales y Concejos Municipales y la Ley 31433,

¿Qué debes tener en cuenta? 💪📊

✔️ Los Concejos Regionales (artículo 15) y Concejos Municipales (artículo 9) están facultados:
“Artículo 15. Atribuciones del Consejo Regional Son atribuciones del Consejo Regional: […] k. Fiscalizar la gestión pública del gobierno regional. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) del gobierno regional, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al Consejo Regional la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización”.
“ARTÍCULO 9. ATRIBUCIONES DEL CONCEJO MUNICIPAL Corresponde al concejo municipal: […] 22. Fiscalizar la gestión pública de la municipalidad. Para tal efecto, en el presupuesto institucional de apertura (PIA) de la municipalidad, se incorporan los recursos, según clasificador presupuestario, que proporcionen al concejo municipal la capacidad logística y el apoyo profesional necesarios para el ejercicio de sus actividades de fiscalización”.

✔️ Para ello, los recursos presupuestales destinados a fortalecer la función de fiscalización de concejos municipales y consejos regionales, a los que se refieren el numeral 22 del artículo 9 de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y el literal k del artículo 15 de la Ley 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, se regulan de la siguiente manera:
a) El monto de los recursos incorporados anualmente en el presupuesto institucional de apertura (PIA) de las municipalidades no puede ser inferior al uno por ciento ni superior al dos por ciento del presupuesto precedente de la suma de los montos del Fondo de Compensación Municipal (FONCOMUN) e impuestos municipales pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos determinados del pliego. El registro de dicha información se vincula con una actividad presupuestal que permita la identificación y el seguimiento de los recursos asignados para la función de fiscalización.
b) El monto de los recursos incorporados anualmente en el presupuesto institucional de apertura (PIA) de los gobiernos regionales no puede ser inferior al uno por ciento ni superior al dos por ciento del presupuesto precedente de la genérica de gasto bienes y servicios, pertenecientes a la fuente de financiamiento recursos ordinarios del pliego. El registro de dicha información se vincula con una actividad presupuestal que permita la identificación y el seguimiento de los recursos asignados para la función de fiscalización.
c) De requerirse la habilitación de mayores recursos para asegurar el financiamiento de la función de fiscalización, tanto de las municipalidades como de los gobiernos regionales, que los señalados en los literales a y b, durante la fase de ejecución presupuestal, dichos gobiernos regionales y gobiernos locales quedan exceptuados de las restricciones presupuestarias a fin de realizar modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático, solo para habilitar recursos para la referida función de fiscalización.
d) Los consejos regionales y concejos municipales aprueban, dentro del primer trimestre de cada año fiscal, el programa de acciones de fiscalización, con arreglo a los montos asignados según los literales a y b y los procedimientos señalados en la normativa vigente.
e) Los regidores municipales y consejeros regionales están obligados a presentar un balance semestral sobre el monto destinado al fortalecimiento de las labores de fiscalización que hubieran utilizado durante ese periodo. La presentación se realiza mediante el procedimiento que establezca la Contraloría General de la República”.

✔️ Con la finalidad de asegurar la asignación de recursos para la función fiscalizadora del presente año 2023, se autoriza a los gobiernos regionales y gobiernos locales, a fin de que realicen modificaciones presupuestarias en el nivel funcional programático para asignar los montos mínimos antes establecidos.

¡En el CIDECAP te brindamos cursos especializados para que puedas optimizar tus labores de fiscalización en el sector público! 📚

💡📝🔍

¡Ayúdanos a difundir esta Convocatoria Laboral! 💼
23/07/2023

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¡Estamos buscando 👀 Asesores/as Académicos/as para unirse al equipo del CIDECAP! 🤝

Serás responsable de brindar información y asesoramiento a los clientes sobre nuestros programas y cursos de alta especialización.

Necesitamos personas 👩‍💼 orientadas al cliente, con habilidades de comunicación efectiva 🗣️, trabajo en equipo 🤝, negociación 💰 y conocimiento actualizado 📚 sobre los programas y cursos que ofrecemos.

Requisitos:
🎓 Estudiante de la carrera de administración, marketing o carreras afines.
👥 Experiencia mínima de 6 meses en áreas de venta a través de distintos canales.

Si estás interesado/a en esta oportunidad, envía tu CV al 📩 [email protected] colocando en el Asunto: Asesor/a Académico/a - Nombres y Apellidos

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12/07/2023

🚀 ProTips CIDECAP N° 018: Cumple el plazo para el Primer Reporte de Seguimiento del Plan de Acción Anual y la Evaluación Semestral de la Implementación del SCI 📅 📊 🔍

¡Atención a los plazos de vencimiento miembros de la Comunidad del CIDECAP! 📅 📝 🔍

El Seguimiento y Evaluación semestral debe ser registrado y enviado a la Contraloría General de la Republica hasta el último día hábil de julio, con base en la información generada hasta el último día hábil de junio.

¡Considera lo siguiente! 💪📊

El seguimiento (7.4.1), determina el estado de ejecución de las medidas de remediación y control del Plan de Acción Anual. 📝

Mientras que la evaluación (7.4.2), identifica las deficiencias del Control Interno y evalúa el nivel de madurez del Sistema de Control Interno (SCI). 📋

En el CIDECAP, te ofrecemos cursos especializados en Control Interno para fortalecer tus habilidades. ¡Saca el máximo provecho de tu SCI! 📚

💡📝📈

05/07/2023

🚀 ProTips CIDECAP N° 017: Cumple con el Registro y Presentación del Balance Semestral de los regidores municipales y consejeros regionales 📅 📊 🔍

¡Asegúrate de cumplir con el registro y presentación del Balance Semestral! 📅

De conformidad con la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades y modificatorias, Ley N° 31433 - Ley que modifica la Ley 27972 y la Ley 27867, y la Directiva N° 015-2022-CG/PREVI aprobada por Resolución de Controlaría N° 266-2022-CG, es esencial que estés al tanto de los plazos establecidos para la presentación del Balance Semestral de los regidores municipales y consejeros regionales.

El Balance Semestral 📊 abarca del 1 de enero al 30 de junio y del 1 de enero al 31 de diciembre de cada año. ¡Atención! Para el primer semestre, debe presentar este Balance Semestral hasta los cinco (5) días hábiles posteriores a la fecha de corte, lo que significa que el plazo máximo de registro y presentación culmina el viernes 5 de julio del presente año. 📅 🔍

Cumplir con estos plazos es fundamental para evitar retrasos y sanciones. Mantén una gestión transparente y responsable en tu entidad.

En el CIDECAP, ofrecemos cursos especializados para fortalecer tus conocimientos y habilidades en este ámbito. 📚

¡No dudes en consultarnos!

📊📅📚

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