12/06/2024
𝐏𝐨𝐝𝐞𝐫 𝐩𝐚𝐫𝐚 𝐂𝐨𝐧𝐜𝐢𝐥𝐢𝐚𝐫: 𝐈𝐧𝐟𝐨𝐫𝐦𝐚𝐜𝐢𝐨́𝐧 𝐈𝐦𝐩𝐨𝐫𝐭𝐚𝐧𝐭𝐞 📝
En el 𝑪𝒆𝒏𝒕𝒓𝒐 𝒅𝒆 𝑪𝒐𝒏𝒄𝒊𝒍𝒊𝒂𝒄𝒊𝒐́𝒏 𝑷𝒂𝒓𝒆𝒔 𝑰𝒖𝒓𝒆, entendemos la importancia de la representación adecuada en las audiencias de conciliación. Aquí te explicamos los requisitos necesarios para otorgar poder a personas jurídicas y naturales:
Quienes deseen participar en una audiencia de conciliación, ya sea persona jurídica o natural, deben contar con un 𝐩𝐨𝐝𝐞𝐫 𝐪𝐮𝐞 𝐢𝐧𝐜𝐥𝐮𝐲𝐚:
▪️ Facultad para conciliar extrajudicialmente.
▪️ Disponer del derecho materia de conciliación.
▪️ Participar como solicitante o invitado en el procedimiento conciliatorio.
𝐑𝐞𝐪𝐮𝐢𝐬𝐢𝐭𝐨𝐬:
✅Vigencia de poder con una antigüedad no mayor a 3 meses.
✅Si el poder se otorga después de la invitación a conciliar, debe ser mediante escritura pública y con las facultades indicadas, sin necesidad de inscripción registral.
Para más información y asistencia, no dudes en contactarnos. En Pares Iure estamos aquí para ayudarte a facilitar y asegurar un proceso de conciliación eficiente y efectivo.
📞 Contáctanos al 983 449 807 / 956 950 441
📍 Ubícanos en Mz. B Lote 07, Urb. Covicorti, Oficina 102, Trujillo