27/08/2026
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Mediante la Ley N.ยฐ 32721, publicada el 08 de julio de 2026 en el Diario Oficial "El Peruano" se establecen nuevas medidas destinadas a proteger a los trabajadores que permanecen de pie por periodos prolongados durante su jornada laboral.
La norma dispone que los empleadores deberรกn proveer sillas o asientos adecuados, garantizar la alternancia entre la postura de pie y sentada o perรญodos de descanso sentado, e incorporar estas medidas en su Reglamento Interno de Seguridad y Salud en el Trabajo. Asimismo, precisa que dichos descansos forman parte de la jornada de trabajo.
Tambiรฉn se contemplan excepciones para aquellos puestos en los que permanecer de pie resulte inherente a la actividad o exista un riesgo objetivo para la seguridad. No obstante, en estos casos, el empleador deberรก garantizar pausas activas, rotaciรณn de tareas o descansos equivalentes.
โ ๏ธ El incumplimiento de estas obligaciones constituye infracciรณn grave y puede ser sancionado conforme a la normativa inspectiva vigente.
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