Instituto De Defensa Legal & Desarrollo Social

Instituto De Defensa Legal & Desarrollo Social Somos una institución de abogados y consultores dedicada a la promoción y defensa de los derechos humanos.

16/02/2022

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¡INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL & DESARROLLO SOCIAL LES DESEA TODA LA BUENA VIBRA EN ESTE 2022!
19/01/2022

¡INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL & DESARROLLO SOCIAL LES DESEA TODA LA BUENA VIBRA EN ESTE 2022!



Ya que a diario escuchamos hablar de la famosa "CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ", aquí en Instituto de Defensa Legal & De...
29/12/2021

Ya que a diario escuchamos hablar de la famosa "CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL PERÚ", aquí en Instituto de Defensa Legal & Desarrollo Social te invitamos a familiarizarte con ella.



INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL & DESARROLLO SOCIAL LES DESEA UNA FELIZ NAVIDAD, NUESTROS MEJORES ÉXITOS PARA CADA UNO DE UST...
25/12/2021

INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL & DESARROLLO SOCIAL LES DESEA UNA FELIZ NAVIDAD, NUESTROS MEJORES ÉXITOS PARA CADA UNO DE USTEDES.

LA TUTELA JURISIDICCIONAL EFECTIVALa tutela jurisdiccional efectiva es un derecho complejo de naturaleza constitucional ...
16/12/2021

LA TUTELA JURISIDICCIONAL EFECTIVA

La tutela jurisdiccional efectiva es un derecho complejo de naturaleza constitucional y de derechos humanos ya que su contenido está compuesto por un abanico de derechos cuyo cumplimiento es obligatorio en el marco de un proceso, en el de un Estado constitucional de derecho y en el de los tratados de derechos humanos.

De acuerdo con el Artículo I del Título Preliminar del Código Procesal Civil tenemos que:

Artículo I.- Derecho a la tutela jurisdiccional efectiva

Toda persona tiene derecho a la tutela jurisdiccional efectiva para el ejercicio o defensa de sus derechos o intereses, con sujeción a un debido proceso.

Este artículo no distingue qué clases de personas tienen derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, en consecuencia, esta, situación jurídica de ventaja, recae tanto en las personas naturales como las personas jurídicas, ya sean de derecho privado o de derecho público. Además, el hacer mención que la tutela jurisdiccional efectiva, resulta aplicable para el ejercicio o defensa de derechos o intereses inherentes a la persona con sujeción a un debido proceso, quiere decir que los titulares de la tutela jurisdiccional efectiva son los sujetos procesales, es decir, el demandante y el demandado.

En otros términos, este principio del proceso exige que toda persona tenga la posibilidad de acudir libre e igualitariamente a un órgano jurisdiccional para solicitar la protección de cualquier derecho e interés frente a cualquier lesión o amenaza, en un proceso que reúna las mínimas garantías, luego del cual se expedirá una decisión motivada y definitiva sobre el fondo de la controversia que sea eficaz.

El derecho al debido proceso resulta un derecho implícito del derecho a la tutela jurisdiccional efectiva, que supone tanto la observancia de los derechos fundamentales esenciales del procesado, como de los principios y reglas esenciales exigibles dentro del proceso.

Este derecho contiene un doble plano pues, además de responder a los elementos formales o procedimentales de un proceso (juez natural, derecho de defensa, plazo razonable, motivación resolutoria, acceso a los recursos, instancia plural, etc.), asegura elementos sustantivos o materiales, lo que supone la preservación de criterios de justicia que sustenten toda decisión (juicio de razonabilidad, juicio de proporcionalidad, etc.).

APORTE A LA COMUNIDAD POR PARTE DEL INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL & DESARROLLO SOCIAL.CONOCIENDO NUESTROS DERECHOS FUNDAMEN...
14/12/2021

APORTE A LA COMUNIDAD POR PARTE DEL INSTITUTO DE DEFENSA LEGAL & DESARROLLO SOCIAL.

CONOCIENDO NUESTROS DERECHOS FUNDAMENTALES.

¡EL CONOCIMIENTO ES PODER!

¿Y TÚ, CUÁNTOS DE TUS DERECHOS CONOCÍAS?

14/12/2021

EL ARRESTO CIUDADANO Y LA DETENCIÓN POLICIAL.

Los ciudadanos estamos expuestos a la violencia generada por la delincuencia. Es importante que sepamos cuáles son nuestros derechos para poder hacerlos valer correctamente. Esto incluye poder arrestar a un delincuente que es sorprendido en flagrante delito.

El tema es de interés porque permite saber que: (i) la policía puede inmovilizar a un delincuente sin mandato judicial cuando es sorprendido en delito flagrante; y, (ii) así también los miembros del Serenazgo y cualquier ciudadano pueden arrestar a quien descubran en delito flagrante, pero con la limitación de no poder encerrarlo ni privarlo de su libertad por un tiempo mayor al que razonablemente se requiera para ponerlo a disposición de la policía más cercana.

¿En qué casos una persona puede ser detenida?
Según la Constitución peruana, una persona puede detenida en dos casos:
a) Por mandato escrito y motivado de un Juez; y,
b) Por las autoridades policiales en caso de flagrante delito.
En el primer caso, se detiene al presunto autor de un delito luego de que lo cometió (es decir, no hay flagrante delito). El Juez dicta esta medida luego de comprobar los requisitos para detener a una persona (en el marco de una investigación o un proceso judicial originado por una denuncia penal). Si bien el Juez dicta la orden de detención, ella es ejecutada la Policía Nacional.
En el segundo caso, la Policía Nacional del Perú puede detener sin mandato judicial a quien sorprenda en flagrante delito.

¿Qué es flagrante delito?
Hay delito flagrante cuando:
Usar ejemplos en c/u de los 4 supuestos
1. El delincuente es descubierto cometiendo el delito.
2. El delincuente acaba de cometer el delito y es descubierto.
3. El delincuente ha huido y ha sido identificado durante o inmediatamente después de que cometió el delito, sea por la víctima o por otra persona que haya visto el hecho, o por medio audiovisual o equipos que hayan registrado su imagen, y es encontrado dentro de las 24 horas de cometido el delito.
4. El delincuente es encontrado dentro de las 24 horas después de cometido el delito con objetos procedentes del delito o que hayan sido empleados para cometer el delito, o con señales (por ejemplo, en su ropa) que indiquen su probable autoría y participación en el hecho delictuoso.

¿Qué es la detención policial?
Ocurre cuando una persona es privada de su libertad por la policía por haber sido sorprendida en flagrante delito y sin contar con un mandato judicial.
Si el policía detiene a una persona sin que haya delito flagrante, la detención es ilegal, pudiendo ser denunciada, según sea el caso, por abuso de autoridad y secuestro.

¿Qué es el arresto ciudadano?
Es la privación de la libertad practicada por cualquier ciudadano sobre un delincuente cuando es sorprendido en flagrante delito. Esto es permitido por la Constitución, que reconoce el derecho de los ciudadanos de retener a quienes están cometiendo un delito, cuando la autoridad competente no está presente, pero debiendo entregar inmediatamente al arrestado y las cosas que son el cuerpo del delito a la Policía más cercana.

Se entiende por entrega inmediata el tiempo que toma dirigirse a la dependencia policial más cercana o al policía que se encuentre por las inmediaciones del lugar. En ningún caso el arresto autoriza a encerrar o mantener privada de su libertad en un lugar público o privado hasta su entrega a la autoridad policial a la persona.

La Policía redactará un acta donde se haga constar la entrega y las demás circunstancias de la intervención.
No debe olvidarse que el arresto ciudadano, al igual que la detención policial, sólo pueden ser llevados a cabo en casos de flagrante delito.

Es importante resaltar que el personal del Serenazgo, al igual que cualquier ciudadano que arreste a una persona en flagrancia delictiva, debe ponerla de inmediato a disposición de la policía más cercana. Quien practique indebidamente el arresto es susceptible de ser denunciado, según sea el caso, por coacción y secuestro.

Nuestro Instituto de Defensa Legal & Desarrollo Social, por el aniversario de nuestra querida provincia “La perla del Ch...
03/11/2021

Nuestro Instituto de Defensa Legal & Desarrollo Social, por el aniversario de nuestra querida provincia “La perla del Chira”, nos sentimos involucrados en promover los valores culturales de nuestros ancestros en cada uno de ustedes a través de una pequeña recopilación fáctica.

En el museo de Sullana se encuentran variedad de muestras en cerámica de culturas que se desarrollaron el norte del Perú como la cultura Tallán y otras culturas nacionales como Moche, Vicús, Nazca, Huara, Chimú e Inca. Han pasado 24 años de su inauguración en Junio de 1997 y su patrimonio ha ido creciendo desde entonces, en la actualidad se encuentra administrado por la Municipalidad de Sullana. El museo cuenta con una segunda sala donde se conservan libros históricos y recuerdos de nuestro poeta Sullanero Carlos Augusto Salaverry entre otros escritores.

¡FELIZ 110 ANIVERSARIO SULLANA! Un abrazo a todos los paisanos . El Instituto de Defensa Legal & Desarrollo Social apostando por una Sullana culta.

Fotografía: Edgar Espinoza La Rosa

Derecho y sociedad, cuando escuchamos el término derecho y sociedad, ¿en qué pensamos? ¿cómo se come?, eso nos preguntam...
28/10/2021

Derecho y sociedad, cuando escuchamos el término derecho y sociedad, ¿en qué pensamos? ¿cómo se come?, eso nos preguntamos, no hemos venido a dar una clase ni mucho menos intentar persuadir su forma de pensar, de ver el derecho y a la sociedad.

El derecho es simple, son un conjunto de normas que nos permiten vivir en armonía, en sociedad, las mismas que todos los ciudadanos en general debemos respetar. sin ninguna condición, los privilegiados y obviamente los menos favorecidos.

De lo antes mencionado se desprende lo que refiere sociedad, que es la convivencia sana de todos los ciudadanos y con esta condición nos permite no estar estáticos ni insensibles a lo que pasa en nuestro entorno social, esto implica el derecho al reclamo, a no quedar impasibles, porque comunidad que vive con disertaciones contrarias a las disposiciones legales es una cuadrilla de ladrones.

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