15/05/2022
Aviso importante
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Mediante la Ley Nº 25129, acorde con la Constitución Política
CORTE SUPREMA REGULÓ LEGALMENTE
EL DERECHO A LA ASIGNACIÓN FAMILIAR
Los trabajadores que tienen a su cargo uno o más hijos mayores de 18 años, siempre que se encuentren siguiendo estudios superiores o universitarios, tendrán derecho a percibir una asignación familiar, hasta un máximo de seis años posteriores al cumplimiento de la mayoría de edad. Es decir, hasta cumplidos los 24 años, sin que sea necesario que dichos estudios se realicen de manera continua o inmediata al cumplimiento de la mayoría de edad.
Así lo estableció como doctrina jurisprudencial de obligatorio cumplimiento para todas las instancias judiciales la Segunda Sala de Derecho Constitucional y Social Transitoria de la Corte Suprema de Justicia mediante la sentencia recaída en la Casación Laboral N° 5385-2020-La Libertad. De esta manera, el supremo tribunal declara infundados los recursos de casación correspondientes al citado expediente casatorio e interpuestos dentro de un proceso ordinario de pago de asignación familiar y otros.
La sala determina que el pago por asignación familiar no constituye una retribución directa por la labor del trabajador. Más bien, es una subvención para afrontar el gasto que enfrenta el trabajador para procurar a sus hijos el goce del derecho a la educación, el cual no solo contribuirá al bienestar material y espiritual de su hogar, sino también al de la propia comunidad y a su desarrollo, al que todos los ciudadanos tienen el deber de contribuir, especialmente aquellos que han alcanzado mejores condiciones económicas y de vida.
La norma no solo consagra la percepción de este derecho durante la formación escolar de los hijos, sino también durante su formación técnica o profesional, que impacta de mejor manera en el bienestar general, permitiendo la formación de personas productivas. Por ello, dispone el otorgamiento de la asignación familiar hasta un máximo de seis años posteriores al cumplimiento de la mayoría de edad, es decir, hasta que los hijos que se encuentren cursando estudios superiores o universitarios cumplan 24 años, detalla el tribunal.
La sentencia: CASACIÓN LABORAL N°5385-2020 LA LIBERTAD:
Fuente CSJ - JUNÍN
https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/36c9068046db076f97f8d7fb82dac87c/5385-2020.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=36c9068046db076f97f8d7fb82dac87c