09/02/2025
NOvedades Enero Febrero #2025
Estimado(a) :
En la SUNAT, mantenemos nuestro compromiso de brindarle la orientación y asistencia necesarias para que pueda cumplir, oportuna y correctamente, con sus obligaciones tributarias.
En ese sentido, le informamos que la SUNAT modificó el Régimen de Gradualidad(1) aplicable a la infracción de no presentar las declaraciones dentro de los plazos establecidos(2), para facilitar a los contribuyentes del Régimen General, Régimen Especial y Régimen MYPE Tributario con ingresos netos de hasta 19 UIT en el ejercicio anterior(3), la presentación de sus declaraciones juradas pendientes, estableciendo:
� Mayores rebajas en multas: Hasta el 99% si presenta la declaración hasta los 7 días hábiles luego de notificada la Resolución de Ejecución Coactiva (REC) y paga la multa rebajada. Y solo el 98% si no realiza el referido pago.
� Nuevo tramo adicional para regularizar sus obligaciones en etapa de cobranza coactiva: Hasta el 97% si presenta la declaración desde los 8 hasta los 120 días hábiles luego de notificada la REC y paga la multa rebajada. Y solo el 96% si no realiza el referido pago.
Por su parte, se ha establecido un plazo excepcional adicional de 30 días hábiles posteriores a la vigencia de la resolución que modifica la gradualidad(4): para aquellos contribuyentes que tengan multas en cobranza coactiva y el plazo de 120 días hábiles, esté vencido o próximo a vencer.
Asimismo, se mantiene la rebaja del 100% en la multa para los contribuyentes que presentan su declaración antes de la notificación de la infracción.
Para más información, lo invitamos a revisar nuestro micrositio �emprender.sunat.gob.pe�.
Atentamente,
SUNAT