Abogado Laboral Tirso Vargas

Abogado Laboral Tirso Vargas Abogado laboralista en Puno. Defiendo trabajadores y servidores públicos. Primera consulta gratis. DERECHO LABORAL Y ADMINISTRACIÓN PÚBLICA

21/05/2026

Tu defensa laboral en manos de especialistas ⚖️

TRABAJO AÑOS EN UNA MUNICIPALIDAD, Y ME PAGAN  POR RECIBOS POR HONORARIOS. 🧏 Muchas personas vienen laborando durante añ...
19/05/2026

TRABAJO AÑOS EN UNA MUNICIPALIDAD, Y ME PAGAN POR RECIBOS POR HONORARIOS.
🧏 Muchas personas vienen laborando durante años para municipalidades y entidades públicas emitiendo recibos por honorarios, creyendo que por eso no tienen derechos laborales. Pero la realidad puede ser muy distinta.
Si cumplías horario, recibías órdenes, tenías jefe inmediato, realizabas funciones permanentes y trabajabas dentro de la entidad como cualquier otro trabajador, entonces podrías estar frente a una relación laboral encubierta.
📌 Y atención a esto:
el Pleno Jurisdiccional Laboral de la Corte Superior de Justicia del Santa 2024 ha reconocido que los recibos por honorarios sí pueden servir para demostrar la prestación efectiva de servicios y evidenciar subordinación en un proceso judicial.
Es decir, aquello que la entidad utilizó durante años para decirte “no eres trabajador”, hoy puede convertirse en una de las pruebas más importantes para reclamar tus derechos.
😳 Muchos trabajadores aceptaron contratos de locación porque necesitaban trabajar, pero eso no autoriza a las entidades a utilizar recibos por honorarios para cubrir plazas permanentes y evitar beneficios laborales.
La realidad pesa más que el papel.
✅ Tus recibos, informes, órdenes, memorandos, correos y hasta tu permanencia diaria en la entidad pueden demostrar que sí existió una verdadera relación laboral.
Consulta tu caso con TIRSO VARGAS ABOGADOS LABORALES
Defensa laboral estratégica y especializada.
Jr Cajamarca 249 ciudad de Puno
WhatsApp 953 761 976

‼️ ÚLTIMO 📢 SERVIR precisa aplicación de la Ley N° 32563 y le quita el piso a las cartas de "no renovación" CASLa Autori...
16/05/2026

‼️ ÚLTIMO 📢 SERVIR precisa aplicación de la Ley N° 32563 y le quita el piso a las cartas de "no renovación" CAS
La Autoridad Nacional del Servicio Civil acaba de emitir el Comunicado N° 012-2026, y la noticia cambia el tablero para miles de trabajadores del Estado.
A través del Informe Técnico N° 965-2026-SERVIR-GPGSC —que tiene CARÁCTER VINCULANTE— SERVIR ha establecido que el plazo máximo de cinco años para las prórrogas de contratos CAS, introducido por la Ley N° 32563, NO se aplica a los contratos celebrados hasta el 23 de marzo de 2026.
📌 ¿Qué significa esto en la práctica?
Las entidades del Estado que vienen enviando cartas de "no renovación" invocando ese tope quinquenal como justificación, lo hacen sin base legal cuando se trata de contratos preexistentes.
Si usted firmó su CAS antes del 23 de marzo de 2026 y le entregaron una carta que dice algo como "se concluye el vínculo antes de alcanzar el límite máximo de cinco años de la Ley N° 32563", esa carta acaba de quedar formalmente debilitada. El propio SERVIR confirma que ese límite no rige para su contrato.

📌 Tres recordatorios para no perder terreno:

1️⃣ NO firme conformidades, "entregas de cargo" ni documentos que parezcan aceptar la salida sin reservas.

2️⃣ CONSERVE la carta original. Cuanto más expresa sea la motivación de la entidad, mejor para su defensa.

3️⃣ ACTÚE YA. Los plazos para impugnar son cortos.

Cada caso debe evaluarse con la documentación en mano. Si recibió una carta en estas condiciones, no la archive: tráigala a consulta.
Tirso Vargas - Abogados Laborales Derecho Laboral 2.0 | Defensa del trabajador del sector público 📍 Puno · Arequipa 📲 [WhatsApp 953 761 976

🚨 ATENCIÓN TRABAJADORES CAS 🚨¿CONCLUYERON TU CONTRATO APLICANDO LA LEY 32563? 🧏 ESTO TE INTERESA.En las últimas semanas,...
15/05/2026

🚨 ATENCIÓN TRABAJADORES CAS 🚨
¿CONCLUYERON TU CONTRATO APLICANDO LA LEY 32563? 🧏 ESTO TE INTERESA.
En las últimas semanas, diversas entidades públicas vienen notificando cartas de “NO RENOVACIÓN” de contrato CAS, utilizando como fundamento la nueva Ley N.° 32563. Lo hacen antes de que el trabajador alcance los 5 años de servicios continuos.
¿Por qué?
Porque la Ley 32563 reconoce una protección reforzada para quienes superan ese periodo.
⚠️ El problema aparece cuando la propia entidad deja por escrito frases como:
“se concluye el vínculo antes de alcanzar el límite máximo de cinco años”
Esa expresión podría interpretarse como una admisión de que la entidad busca evitar que el trabajador alcance la protección prevista por la ley.
⚖️ Eso puede constituir FRAUDE A LA LEY.
Y la propia Ley 32563 prohíbe expresamente ese tipo de conductas.
📌 HAY DOS COSAS QUE TODO TRABAJADOR CAS DEBE SABER
1️⃣ LA LEY NO PUEDE APLICARSE RETROACTIVAMENTE
La Ley 32563 entró en vigencia el 23 de marzo de 2026.
Si antes de esa fecha usted ya realizaba labores permanentes durante varios años, su situación jurídica no nace con la nueva ley.
📌 La Constitución prohíbe aplicar normas nuevas sobre hechos ya consolidados.
Es decir: 👉 sus años de servicio anteriores sí importan.
2️⃣ QUE EL CONTRATO DIGA “TEMPORAL” NO SIGNIFICA QUE REALMENTE LO SEA
Muchos trabajadores CAS realizan durante años funciones permanentes dentro de municipalidades, direcciones regionales, hospitales, UGEL, programas y otras entidades públicas.
⚖️ En Derecho Laboral existe el principio de PRIMACÍA DE LA REALIDAD.
¿Qué significa?
Que importan más los hechos que el nombre del contrato.
📌 Si trabajaste 4 o 5 años realizando funciones estructurales y permanentes, tu contrato podría estar desnaturalizado.
🚫 ¿QUÉ NO DEBES HACER?
❌ No firmes documentos aceptando tu salida “sin observaciones”. ❌ No dejes pasar los plazos. ❌ No creas que la carta es definitiva e inimpugnable.
✅ ¿QUÉ SÍ PUEDES HACER?
✔️ Impugnar administrativamente la no renovación. ✔️ Acudir al Tribunal del Servicio Civil. ✔️ Iniciar un proceso judicial solicitando reposición.
⚠️ Cada caso debe revisarse individualmente. Pero el peor error es no actuar a tiempo.
📌 Muchas veces, la misma carta con la que intentan retirarte termina siendo la mejor prueba para defenderte.
👨‍⚖️ Tirso Vargas — Abogados Laborales viene asumiendo la defensa de varios trabajadores.
📲 Consulta tu caso al WhatsApp 953 761 976.
Jr Cajamarca 249 ciudad de Puno.

15/05/2026

🚨 ATENCIÓN TRABAJADORES CAS 🚨
¿CONCLUYERON TU CONTRATO APLICANDO LA LEY 32563? 🧏 ESTO TE INTERESA.
En las últimas semanas, diversas entidades públicas vienen notificando cartas de “NO RENOVACIÓN” de contrato CAS, utilizando como fundamento la nueva Ley N.° 32563. Lo hacen antes de que el trabajador alcance los 5 años de servicios continuos.
¿Por qué?
Porque la Ley 32563 reconoce una protección reforzada para quienes superan ese periodo.
⚠️ El problema aparece cuando la propia entidad deja por escrito frases como:
“se concluye el vínculo antes de alcanzar el límite máximo de cinco años”
Esa expresión podría interpretarse como una admisión de que la entidad busca evitar que el trabajador alcance la protección prevista por la ley.
⚖️ Eso puede constituir FRAUDE A LA LEY.
Y la propia Ley 32563 prohíbe expresamente ese tipo de conductas.
📌 HAY DOS COSAS QUE TODO TRABAJADOR CAS DEBE SABER
1️⃣ LA LEY NO PUEDE APLICARSE RETROACTIVAMENTE
La Ley 32563 entró en vigencia el 23 de marzo de 2026.
Si antes de esa fecha usted ya realizaba labores permanentes durante varios años, su situación jurídica no nace con la nueva ley.
📌 La Constitución prohíbe aplicar normas nuevas sobre hechos ya consolidados.
Es decir: 👉 sus años de servicio anteriores sí importan.
2️⃣ QUE EL CONTRATO DIGA “TEMPORAL” NO SIGNIFICA QUE REALMENTE LO SEA
Muchos trabajadores CAS realizan durante años funciones permanentes dentro de municipalidades, direcciones regionales, hospitales, UGEL, programas y otras entidades públicas.
⚖️ En Derecho Laboral existe el principio de PRIMACÍA DE LA REALIDAD.
¿Qué significa?
Que importan más los hechos que el nombre del contrato.
📌 Si trabajaste 4 o 5 años realizando funciones estructurales y permanentes, tu contrato podría estar desnaturalizado.
🚫 ¿QUÉ NO DEBES HACER?
❌ No firmes documentos aceptando tu salida “sin observaciones”. ❌ No dejes pasar los plazos. ❌ No creas que la carta es definitiva e inimpugnable.
✅ ¿QUÉ SÍ PUEDES HACER?
✔️ Impugnar administrativamente la no renovación. ✔️ Acudir al Tribunal del Servicio Civil. ✔️ Iniciar un proceso judicial solicitando reposición.
⚠️ Cada caso debe revisarse individualmente. Pero el peor error es no actuar a tiempo.
📌 Muchas veces, la misma carta con la que intentan retirarte termina siendo la mejor prueba para defenderte.
👨‍⚖️ Tirso Vargas — Abogados Laborales viene asumiendo la defensa de varios trabajadores.
📲 Consulta tu caso al WhatsApp 953 761 976.
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Abogado laboralista en Puno. Defiendo trabajadores y servidores públicos. Primera consulta gratis.

13/05/2026

‼️ ANTES DE FIRMAR, CONSULTA CON TU ABOGADO
Un documento firmado puede comprometer tus derechos laborales por años o hacerte perder beneficios que por ley te corresponden.
​En el derecho laboral, la prevención es tu mejor defensa. No pongas tu firma en:
❌ Contratos de trabajo con cláusulas dudosas.
❌ Liquidaciones de beneficios sociales sin revisar los cálculos.
❌ Cartas de renuncia redactadas por la empresa o mutuos disensos bajo presión.
​Recuerda: Una consulta preventiva hoy te ahorra un proceso judicial mañana. Protege tu trabajo y tu tranquilidad.
​📍 Tirso Vargas ABOGADOS LABORALES
Atención presencial en: Jr. Cajamarca 249, Puno. WhatsApp 953 761 976.

‼️ ATENCIÓN 🔥¿ TE CONTRATARON POR RECIBOS POR HONORARIOS, LUEGO TE PASARON A CAS, Y TE DESPIDIERON?  ¿ESTO ES PARA TI? R...
12/05/2026

‼️ ATENCIÓN 🔥¿ TE CONTRATARON POR RECIBOS POR HONORARIOS, LUEGO TE PASARON A CAS, Y TE DESPIDIERON?
¿ESTO ES PARA TI? Responde honestamente:
🔸 ¿Trabajaste por recibos por honorarios en una municipalidad, GORE, ministerio u otra entidad pública ?
🔸 ¿Después te obligaron a firmar un CAS haciendo el MISMO trabajo?
🔸 ¿Te botaron sin razón, sin proceso, sin nada?
🔸 ¿Te dijeron "no puedes demandar porque no entraste por concurso público ?
Si respondiste SÍ a una sola pregunta, pon atención a lo siguiente:
▶️ Si la entidad pública te tuvo años emitiendo recibos por honorarios haciendo trabajo permanente, y después te metió un CAS para "arreglar las cuentas"… ESO ES FRAUDE LABORAL. Y el juez puede ordenar que te repongan en tu puesto.
La Octava Sala Laboral de Lima, en el
⚖️ Expediente N° 07811-2018, sentenció qué el CAS que se firmó DESPUÉS de los recibos por honorarios es Inválido. Por lo tanto el verdadero contrato es INDETERMINADO desde el primer día que el trabajador ingresó a laborar.
Si este es tu caso ESCRÍBENOS HOY. ⏰
⚠️ Cada día que dejas pasar es un día menos para reclamar tus derechos. Los plazos corren. La entidad no va a tocarte la puerta para devolverte tu trabajo. Tienes que pelearlo.
🛡️ En Tirso Vargas Abogados Laborales, hemos enfrentado municipalidades, gobiernos regionales, ministerios y otros. Y seguimos peleando caso por caso, trabajador por trabajador.
📍 Puno | Arequipa
📲 Inbox abierto. WhatsApp disponible.
💬 La primera consulta no te cuesta nada. Tu silencio sí.
⚖️ Tirso Vargas Abogados Laborales.
Jr Cajamarca 249 ciudad de Puno.
WhatsApp 953 761 976.

10/05/2026

Feliz día, bendiciones para todas las madres trabajadoras, valientes y esforzadas. 💞

07/05/2026

El brillo de un abogado no nace de los libros o las leyes, sino del fuego de su convicción. No es su conocimiento lo que deslumbra, sino su coraje para luchar por la verdad y su pasión por transformar vidas a través de la justicia."

01/05/2026

HOY RENOVAMOS NUESTRO COMPROMISO POR LA DEFENSA DE TUS DERECHOS

Dirección

Jr Cajamarca 249
Puno
054

Horario de Apertura

Lunes 08:45 - 13:00
15:00 - 18:00
Martes 08:45 - 13:00
15:00 - 18:00
Miércoles 08:45 - 13:00
15:00 - 18:00
Jueves 08:45 - 13:00
15:00 - 18:00
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