14/08/2026
Juzgado declara infundado requerimiento fiscal de prisión preventiva contra siete investigados en el caso “Mandachitos”
Defensa legal sostuvo que la medida no era idónea por carecer de sustento y elementos de prueba
El Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria Especializado en Delitos de Corrupción de Funcionarios de Puno declaró infundado el requerimiento de prisión preventiva solicitado por la Fiscalía Anticorrupción contra siete investigados en el caso "Los Mandachitos de la Corrupción", entre ellos el alcalde provincial de Puno, Javier Ponce Roque, quien continuará afrontando la investigación en libertad.
La jueza María Candelaria Morales Segura argumentó que el Ministerio Público no acreditó los presupuestos del artículo 268 del Código Procesal Penal para imponer la medida coercitiva, al no existir graves y fundados elementos de convicción que vinculen a los investigados con los delitos atribuidos.
La defensa técnica del alcalde Ponce Roque estuvo a cargo de la firma Vox Populi - Abogados de Confianza. La decisión también favorece a Danny Helberth Guerra Bueno, Freddy Gallegos Flores, Giancarlo Quispe Pérez, Eva Irene Mamani Choque, Alan Murillo Laura y Jonathan Guerra Monzón.
“La prisión preventiva es excepcional y solo debe imponerse en supuestos graves que lo ameriten y cuando se tenga en peligro la averiguación de la verdad, no se debe abusar de esta medida, consideramos que la jueza ha identificado varios puntos débiles en la investigación y el requerimiento, ha considerado también nuestros argumentos de defensa en su decisión”, indicó Cristhian Palomino Garcia, abogado penalista de la firma Vox Populi.
Los hechos investigados giran en torno a la presunta conformación de una organización criminal dedicada al cobro de dádivas a cambio de anular papeletas de tránsito y disponer el retiro de vehículos del depósito municipal de Puno.
El juzgado impuso a los siete investigados comparecencia con restricciones por 24 meses, con obligación de no ausentarse de la región sin autorización judicial, someterse a control biométrico mensual, abstenerse de comunicarse con testigos, peritos o coimputados y depositar una caución de 5 mil soles cada uno en un plazo de 72 horas.
El incumplimiento de estas disposiciones podría motivar un nuevo requerimiento de prisión preventiva. Ante el fallo, el Ministerio Público anunció que apelará la decisión, algunos de los abogados defensores también apelaron la comparecencia.