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Saludamos y felicitamos a Radio Onda Azul A.C. por su 68° Aniversario Institucional.Reconocemos y valoramos la important...
19/05/2026

Saludamos y felicitamos a Radio Onda Azul A.C. por su 68° Aniversario Institucional.

Reconocemos y valoramos la importante labor informativa, el compromiso y la responsabilidad social que han demostrado a lo largo de su trayectoria, fortaleciendo la libertad de expresión y el derecho a la información en nuestra región.

Les deseamos muchos más éxitos, crecimiento institucional y que continúen siendo un referente del periodismo y la comunicación en esta parte del país.

¡Feliz aniversario!

II Tribunal Constitucional ordena a la Federación Peruana de Fútbol el retorno del Club  Deportivo Binacional a la Liga ...
18/05/2026

II Tribunal Constitucional ordena a la Federación Peruana de Fútbol el retorno del Club Deportivo Binacional a la Liga 1 II

Sentencia del máximo intérprete de la Constitución, encontró vulneración al debido proceso

El Tribunal Constitucional del Perú emitió una histórica sentencia mediante la cual declaró fundada en parte la demanda de amparo presentada por Club Deportivo Binacional contra la Federación Peruana de Fútbol, ordenando su reincorporación a la Liga 1 para la temporada 2027.

La máxima instancia constitucional del país concluyó que la Federación Peruana de Fútbol vulneró el derecho al debido procedimiento del club al no ejecutar oportunamente las sanciones impuestas al Club Sport Boys Association, alterando indebidamente la tabla acumulada de la Liga 1 correspondiente al año 2023.

En su fallo, el Tribunal Constitucional determinó que la omisión de la FPF generó una “vulneración continuada” que afectó directamente la permanencia del Club Binacional en la máxima categoría del fútbol profesional peruano. Asimismo, precisó que la FPF reconoció expresamente que la demora en la ejecución de las sanciones fue consecuencia de su propia actuación administrativa.
La sentencia dispone que la Federación Peruana de Fútbol actualice la tabla de posiciones del campeonato 2023 conforme a las sanciones aplicables y reconozca que Binacional debía mantener la categoría profesional.

El Tribunal Constitucional también estableció un precedente trascendental al señalar que las organizaciones deportivas y sus órganos arbitrales no están exentos del control constitucional cuando vulneran derechos fundamentales. En esa línea, reafirmó que la autonomía de las federaciones deportivas no puede convertirse en un espacio inmune al respeto del debido proceso, la igualdad y la tutela efectiva de derechos.

En uno de los fundamentos más relevantes del fallo, el TC sostuvo que las reglas deportivas deben aplicarse de manera igualitaria para todos los clubes y que no ejecutar sanciones válidamente impuestas genera un trato privilegiado incompatible con la Constitución.

La decisión representa no solo una reivindicación institucional para Binacional, sino también un reconocimiento al derecho de participar en el fútbol profesional en condiciones justas y transparentes.

Desde Binacional se saludó la decisión del máximo intérprete de la Constitución y se señaló que esta sentencia marca un precedente histórico para la defensa de la legalidad, la transparencia y el respeto de los derechos fundamentales dentro del sistema deportivo nacional.

Es preciso recordar que la firma de abogados Vox Populi consiguió la incorporación del Club al fútbol profesional en el año 2025, fecha en la que Binacional jugó parte del campeonato.

Al respecto Cristhian Palomino García, abogado de la firma Vox Populi, indicó que este fallo ratifica el sustento que se presentó en la demanda constitucional de amparo de primera instancia que consiguió el retorno del Club a la liga 1, pues sienta bases sobre la primacía de la justicia constitucional y el debido proceso como garantías para toda persona natural o jurídica, incluso en el ámbito deportivo.

En el marco del 45.º aniversario del Ministerio Público del Perú, la firma de Abogados  Vox Populi  expresa su cordial s...
12/05/2026

En el marco del 45.º aniversario del Ministerio Público del Perú, la firma de Abogados Vox Populi expresa su cordial saludo y reconocimiento a la importante labor que desempeña esta institución en defensa de la legalidad, la justicia y los derechos fundamentales de todos los peruanos.

Destacamos el compromiso, profesionalismo y vocación de servicio de fiscales y trabajadores que, día a día, contribuyen al fortalecimiento del Estado de derecho y la confianza ciudadana.

Reiteramos nuestros mejores deseos de éxito institucional y renovamos nuestro respeto por la trascendental misión que cumplen al servicio del país.

¡Feliz 45.º aniversario!

Hoy celebramos a quienes con esfuerzo, compromiso y dedicación construyen cada logro día a día. En este Día del Trabajad...
01/05/2026

Hoy celebramos a quienes con esfuerzo, compromiso y dedicación construyen cada logro día a día. En este Día del Trabajador, rendimos homenaje a todo nuestro equipo, pieza fundamental de cada meta alcanzada y ejemplo de perseverancia, responsabilidad y pasión. Gracias por entregar lo mejor en cada jornada y por ser la fuerza que impulsa nuestro crecimiento. ¡Feliz Día del Trabajador! Su labor, entrega y compromiso hacen grande cada sueño compartido.

PERIODISTAS NO PUEDEN SER CONDENADOS POR EMITIR INFORMACIÓN CONFORME A DERECHO  Defensa destaca criterio jurídico que re...
22/04/2026

PERIODISTAS NO PUEDEN SER CONDENADOS POR EMITIR INFORMACIÓN CONFORME A DERECHO

Defensa destaca criterio jurídico que respalda la libertad de información en instancias superiores de Puno

La Sala Penal de Apelaciones de Puno ha emitido reiterados pronunciamientos que confirman el rechazo de querellas por difamación agravada, consolidando un criterio importante en torno a la libertad de expresión, el ejercicio periodístico y los límites del derecho penal.

Los casos en los que ha asumido la defensa la firma de abogados Vox Populi, han propuesto una estrategia centrada en la protección de derechos fundamentales y en el análisis integral del contenido cuestionado.

Es así que la sustentación de la defensa por las querellas presentadas ante algunos reconocidos periodistas, ha tenido el pronunciamiento de la Sala Penal que ha reiterado su criterio al indicar que las expresiones de las notas periodísticas, deben ser analizadas en su contexto completo y no de manera fragmentada.
Los jueces superiores han indicado que las expresiones presuntamente difamatorias, para que constituyan delito, deben ser presentadas en una imputación directa que sea penalmente relevante.

Así, las resoluciones judiciales dan cuenta que el derecho penal constituye la última opción de control social, por lo que no puede ser utilizado para sancionar manifestaciones vinculadas al ejercicio legítimo de la libertad de información.
En concordancia con los criterios supranacionales, las expresiones que se asumen difamatorias, deben superar el umbral de lesividad requerido y evidenciar un ánimo difamatorio, sustentan los magistrados.

En los casos que ha asumido la defensa la firma de abogados, se ha planteado además la ponderación entre derechos de primer orden. Los pronunciamientos judiciales, dan cuenta además que en el caso de información propalada en la que se mencione o critique las labores o acciones de funcionarios públicos, se establece un marco diferenciado o estándar de mayor tolerancia.

Según se indicó los funcionarios o personajes públicos, pueden ser sometidos a la crítica dura y severa, en tanto se haga dentro del ejercicio del derecho de libertad de expresión o información.
Estos pronunciamientos refuerzan la importancia de garantizar el equilibrio entre la protección del honor y el respeto a la libertad de expresión, así como el carácter excepcional del derecho penal.

La firma de abogados Vox Populi, ha consolidado una línea de defensa que coincide con los criterios internacionales, basada en el respeto a las libertades y derechos constitucionales de expresión e información, como pilares de una sociedad ávida de conocer el desempeño de sus representantes en las entidades públicas y/o privadas que hacen vida pública.

20/04/2026
07/04/2026

Nuevo caso II Hoy hablaremos de:
¿Resulta jurídicamente válido emitir una sentencia condenatoria sustentada en un informe psicológico elaborado de manera deficiente?

02/04/2026

⚖️✨ Hoy celebramos más que una profesión: celebramos el compromiso con la justicia.

En este Día del Abogado, Vox Populi – Abogados de Confianza saluda a quienes, con valentía, ética y vocación, hacen del derecho una herramienta para defender la verdad y proteger la dignidad de las personas.

Cada caso es una historia, cada defensa es un acto de responsabilidad, y cada abogado es un pilar en la construcción de una sociedad más justa.
¡Feliz Día del Abogado!💚
Confiar en la justicia también es confiar en quienes la hacen posible.
Vox Populi – Abogados de Confianza

25/03/2026

Facilitar armas sin fines ilícitos no constituye delito: Abogados consiguen absolución para acusados en proceso penal por presunto delito de fabricación, uso y porte de armas

El Juzgado Penal Unipersonal – Sede Putina absolvió de toda responsabilidad a representantes legales de una empresa de seguridad privada que operaba en la zona minera de La Rinconada de la región Puno, acusados de la presunta comisión del delito de facilitación de armas con fines ilícitos previsto en el segundo párrafo del artículo 279-G del Código Penal, en agravio del Estado Peruano.

Este resultado se consiguió después de que la defensa legal, a cargo del abogado Cristhian Julio Palomino García, sostuviera durante el proceso que la conducta de los representantes de la empresa no satisface los elementos del delito, por cuanto las armas fueron facilitadas a agentes de seguridad para brindar seguridad en instalaciones mineras.

Para esa finalidad, se suscribió un contrato, se les proporcionó uniformes, instalaciones y una remuneración: siendo así, no se puede evidenciar la entrega de las armas para una finalidad ilícita.

En el proceso se conoció que el uso del armamento a cargo de los trabajadores, no demostraba finalidad ilícita o distinta a las labores de vigilancia.

Tras la evaluación de los hechos, medios de prueba y después de un complicado proceso judicial el juzgado decidió absolver a los acusados, el juez del caso argumentó que las armas no fueron facilitadas con la finalidad de cometer delitos; por el contrario, quedó claro que los portadores de las armas (que no contaban con licencia) debían cumplir labores de seguridad privada.

Con esta decisión judicial se da por concluido el proceso, sentando bases en un delito relativamente nuevo, carente de pronunciamiento jurisprudencial y doctrinario, reafirmando principios del derecho penal como el principio de fragmentariedad y principio de lesividad (mínima intervención del derecho penal).

Se conoció que la Fiscalía inició la investigación solicitando prisión preventiva y una condena de más de 8 años, la defensa logró que prevalezca el derecho, pues según se refirió este tipo penal fue diseñado para luchar contra la criminalidad y no para reprimir actividades comerciales lícitas, que de cometer infracciones deberían ser sancionadas en el ámbito administrativo

Facilitar armas sin fines ilícitos no constituye delito: Abogados consiguen absolución para acusados en proceso penal po...
23/03/2026

Facilitar armas sin fines ilícitos no constituye delito: Abogados consiguen absolución para acusados en proceso penal por presunto delito de fabricación, uso y porte de armas

El Juzgado Penal Unipersonal – Sede Putina absolvió de toda responsabilidad a representantes legales de una empresa de seguridad privada que operaba en la zona minera de La Rinconada de la región Puno, acusados de la presunta comisión del delito de facilitación de armas con fines ilícitos previsto en el segundo párrafo del artículo 279-G del Código Penal, en agravio del Estado Peruano.

Este resultado se consiguió después de que la defensa legal, a cargo del abogado Cristhian Julio Palomino García, sostuviera durante el proceso que la conducta de los representantes de la empresa no satisface los elementos del delito, por cuanto las armas fueron facilitadas a agentes de seguridad para brindar seguridad en instalaciones mineras.

Para esa finalidad, se suscribió un contrato, se les proporcionó uniformes, instalaciones y una remuneración: siendo así, no se puede evidenciar la entrega de las armas para una finalidad ilícita.

En el proceso se conoció que el uso del armamento a cargo de los trabajadores, no demostraba finalidad ilícita o distinta a las labores de vigilancia.

Tras la evaluación de los hechos, medios de prueba y después de un complicado proceso judicial el juzgado decidió absolver a los acusados, el juez del caso argumentó que las armas no fueron facilitadas con la finalidad de cometer delitos; por el contrario, quedó claro que los portadores de las armas (que no contaban con licencia) debían cumplir labores de seguridad privada.

Con esta decisión judicial se da por concluido el proceso, sentando bases en un delito relativamente nuevo, carente de pronunciamiento jurisprudencial y doctrinario, reafirmando principios del derecho penal como el principio de fragmentariedad y principio de lesividad (mínima intervención del derecho penal).

Se conoció que la Fiscalía inició la investigación solicitando prisión preventiva y una condena de más de 8 años, la defensa logró que prevalezca el derecho, pues según se refirió este tipo penal fue diseñado para luchar contra la criminalidad y no para reprimir actividades comerciales lícitas, que de cometer infracciones deberían ser sancionadas en el ámbito administrativo.

DEFENSA PENAL EN EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS (caso de éxito)La defensa penal propositiva (que debe plantearse dependi...
03/03/2026

DEFENSA PENAL EN EL DELITO DE LAVADO DE ACTIVOS (caso de éxito)

La defensa penal propositiva (que debe plantearse dependiendo de cada caso), es una estrategia proactiva y crítica que busca no solo contrarrestar la acusación fiscal, sino presentar activamente pruebas, argumentos y soluciones alternativas (como la atenuación de la pena o la exclusión de antijuridicidad).

El objetivo es librar de culpabilidad o minimizar la responsabilidad del investigado, garantizando un juicio o logrando un pronto archivo del proceso.

En este caso y después de haber planteado una estrategia de propuesta probatoria, logramos recuperar bienes incautados (dinero en efectivo, tarjetas de crédito - débito y otros) en una investigación a unos ciudadanos extranjeros por el presunto delito de Lavado de Activos.

Durante la investigación, se acreditó que ambos ciudadanos cuentan con registro tributario en el régimen general en su país de origen y desarrollaban actividades económicas formales.

Cabe precisar que, conforme al decreto supremo N.° 195-2013-EF, la obligación de declarar dinero en efectivo ante la administración tributaria se configura únicamente cuando el monto supera los US$ 10,000 o su equivalente en moneda nacional, umbral que demostramos no fue superado en el presente caso.

Adicionalmente, las diligencias realizadas no evidenciaron indicios vinculados a actividades ilícitas.

Tras la evaluación integral de los elementos recabados y aportados por la defensa en la etapa preliminar, al no advertirse sospecha mínima suficiente sobre la comisión de un ilícito penal, la Fiscalía Especializada dispuso la devolución del dinero y de los demás bienes incautados a sus propietarios, en aplicación de los principios de legalidad, razonabilidad y presunción de inocencia.

Este resultado fue posible gracias a una defensa técnica sólida, estratégica y oportunamente desplegada, liderada por el abogado Cristhian Julio Palomino García y el equipo de la firma de abogados Vox Populi, quienes desde el inicio de la investigación sostuvieron con argumentos jurídicos y elementos documentales la inexistencia de un hecho delictivo.

Este caso reafirma la importancia de una defensa legal especializada y evidencia cómo una adecuada estrategia jurídica puede revertir situaciones de alta complejidad, asegurando el respeto de los derechos fundamentales y el patrimonio de nuestros clientes.



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