09/06/2025
Un logro más en esta lucha por defender causas justas. Seguimos avanzando con la ayuda de Dios y la Virgen María 🎉🎉🏆🏆
🔶 || MISKI MAYO SUFRE NUEVA DERROTA JUDICIAL POR NEGAR DERECHOS LABORALES A EX DIRIGENTE SINDICAL
A través del Octavo Juzgado de Paz Letrado Laboral de Piura, la justicia ha vuelto a pronunciarse con firmeza frente a una nueva controversia laboral, esta vez en contra de la Compañía Minera Miski Mayo S.R.L., al emitir una resolución que reconoce plenamente los derechos del trabajador Gary Stive Lecca Delgado, quien ejerció como Secretario General del Sindicato Unitario de Trabajadores de la Compañía Minera Miski Mayo S.A.C.
La sentencia, emitida el 20 de marzo de 2025, ordena a Miski Mayo el pago de intereses legales y costos del proceso, tras quedar acreditado que no cumplió oportunamente con el abono íntegro de la bonificación por cierre de pliego prevista en el Convenio Colectivo de Trabajo 2023-2026, pese a estar legalmente obligada a ello.
👉¿Cuál fue la controversia?
Gary Lecca, repuesto por despido nulo, exigía el pago completo de la bonificación por cierre de pliego contemplada para trabajadores con más de ocho años de servicios. Sin embargo, la empresa solo abonó un monto que representaba menos del 10 % del total convenido, alegando que su vínculo laboral debía computarse recién desde el 4 de enero de 2022, fecha en que fue reincorporado. No obstante, su despido fue declarado nulo por sentencia firme de la Corte Suprema en la Casación N.º 23485-2022, lo que obligó a reconocer como fecha real de ingreso el 15 de marzo de 2010.
👉 ¿Qué resolvió el Juzgado?
El Juzgado reconoció el pago íntegro de la bonificación por cierre de pliego, luego de que Miski Mayo transfiriera el monto restante el 9 de mayo de 2025. Asimismo, ordenó el pago de intereses legales, al quedar acreditado que el bono debió ser cancelado en noviembre de 2023, conforme al Convenio Colectivo. Además, impuso a Miski Mayo el pago de los costos del proceso, por haber generado innecesariamente un litigio que pudo resolverse sin intervención judicial. Finalmente, dentro del desarrollo del proceso, Miski Mayo procedió a actualizar la fecha de ingreso original del trabajador, 15 de marzo de 2010, en sus boletas de pago, a partir del mes de abril de 2025.
👉 ¿Qué intentó Miski Mayo frente a una inevitable sentencia a favor de Gary Lecca?
En una estrategia procesal de último momento, Miski Mayo solicitó la sustracción de la materia, con el argumento de que ya había cumplido con el pago pendiente. No obstante, el Juzgado fue claro en señalar que el cumplimiento fue extemporáneo, que el derecho al pago oportuno de los beneficios laborales es irrenunciable, y que las consecuencias legales derivadas del incumplimiento, como los intereses y costos del proceso, se mantienen vigentes, incluso si el empleador regulariza el pago fuera de plazo.
Este nuevo logro tampoco habría sido posible sin la firme y estratégica defensa del Estudio Jurídico Roque & Ruesta, que viene consolidando precedentes significativos en la protección de los derechos sindicales en el Perú. Así lo reconoció ya la justicia en fallos anteriores, y esta sentencia vuelve a confirmarlo.
Este fallo reafirma que los beneficios colectivos no pueden ser negados con pretextos contables ni formalismos vacíos. La reposición judicial no implica empezar de cero. Un despido nulo no borra tu historia laboral, no borra tus años de lucha, ni borra tus derechos.
Hoy, la justicia laboral ha vuelto a brillar. Y con ella, la dignidad de quienes no se rinden.