06/02/2026
¿CUÁNDO UN CONTRATO PASA DEL DERECHO CIVIL AL DERECHO PENAL?
Corte Suprema – Recurso de Nulidad N.° 741-2025/Lima.
No todo contrato incumplido es una estafa.
La Corte Suprema ha sido clara, el Derecho Penal no castiga el mal negocio, sino el engaño deliberado, La clave está en el momento de la intención.
👉 Existe estafa cuando la persona firma el contrato sin intención real de cumplir, usando el acuerdo solo como medio para inducir al error y obtener dinero u otro beneficio patrimonial.
👉 En cambio, no hay estafa si la intención de incumplir aparece después, por dificultades económicas, problemas técnicos o hechos sobrevenidos. En ese escenario, el conflicto sigue siendo estrictamente civil.
👉 El contrato se vuelve penalmente relevante solo si nace viciado por el dolo, es decir, cuando desde el inicio se ocultó información esencial o se promete algo que a sabiendas no se puede cumplir.
👉 En conclusión el contrato no es delito por sí mismo.Se convierte en estafa cuando deja de ser un acuerdo legítimo y pasa a ser un instrumento de engaño.
⚖️ Jurisprudencia que protege la seguridad jurídica y evita criminalizar los incumplimientos contractuales.
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