06/04/2026
¿Vives con tu pareja? Lo que debes saber sobre la Unión de Hecho en el Perú
Muchas parejas en el Perú optan por convivir antes de dar el paso al matrimonio o simplemente viven sin casarse (33.4%), pero existe un mito común: “por el simple hecho de vivir juntos, ya tenemos los mismos derechos”. Esto no es automático.
Para que una unión de hecho sea reconocida legalmente y proteja el patrimonio de ambos, se deben cumplir condiciones específicas según la ley peruana.
1. Requisitos Fundamentales
Para que la convivencia tenga efectos legales, debe ser:
Vigente y continua: Mínimo 2 años de convivencia ininterrumpida.
Alcanzar finalidades similares al matrimonio: Una vida en común, estable y pública.
Libertad de estado: Ambos deben estar solteros, divorciados o viudos (sin impedimento legal para casarse).
2. ¿Por qué es importante registrarla?
Si no se registra la unión ante la SUNARP, ante la ley se consideran personas independientes. Al registrarla, se activa el Régimen de Sociedad de Gananciales, lo que significa que los bienes adquiridos durante la convivencia pertenecen a ambos por igual.
3. ¿Cómo se formaliza?
Existen dos vías principales en nuestro país:
Vía Notarial: Es la más rápida. Ambos acuden a una notaría con testigos y declaran bajo juramento su tiempo de convivencia. El notario extiende una escritura pública y se inscribe en el Registro de Personas Naturales.
Vía Judicial: Se utiliza generalmente cuando uno de los dos ha fallecido o cuando hay conflicto y una de las partes se niega a reconocer la unión.
4. Beneficios Legales
Derechos Sucesorios: El conviviente sobreviviente tiene derecho a heredar.
Seguridad Social: Posibilidad de asegurar a la pareja en EsSalud.
Pensión: Acceso a pensión de viudez si corresponde.
Patrimonio: Protección de los bienes comprados en conjunto.
A diferencia del matrimonio, donde puedes elegir “Separación de Patrimonios” desde el inicio, en la unión de hecho la ley peruana establece que todos los bienes comprados durante la convivencia son sociales (de ambos), a menos que se liquide la sociedad de gananciales después de reconocida la unión.
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