Dino Carlos Caro Coria

Dino Carlos Caro Coria CEO en Caro & Asociados | Derecho Penal, Litigación, Compliance. Empresario. Amante de la ópera. Coleccionista.
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Director General del Centro de Estudios de Derecho Penal Económico (CEDPE) y de la Empresa. Presidente de la Asociación Peruana de Compliance (APC). Presidente del Grupo Peruano de la Asociación Internacional de Derecho Penal.

🔴 EE.UU. La IA en firmas legales: el problema no fue la herramienta, sino el control.1️⃣ Sullivan & Cromwell, uno de los...
22/04/2026

🔴 EE.UU. La IA en firmas legales: el problema no fue la herramienta, sino el control.

1️⃣ Sullivan & Cromwell, uno de los despachos más sofisticados de Wall Street, admitió ante un tribunal federal de quiebras en EE.UU. que presentó un escrito con “alucinaciones” generadas por IA: citas inexistentes, referencias erróneas y afirmaciones jurídicas inexactas. El dato es particularmente relevante porque se trata de una firma cuyos socios, en determinadas prácticas, pueden facturar más de US$2.000 por hora.

2️⃣ La lección no es prohibir la IA en los despachos. Esa discusión ya está superada. La cuestión relevante es otra: usar IA sin gobernanza, sin protocolos y sin verificación humana robusta incrementa el riesgo procesal, reputacional y profesional.

3️⃣ El propio despacho reconoció que sus políticas internas sobre uso de la IA y sus controles de segunda revisión, no fueron observados. Ese es el punto central, el problema no fue la herramienta en sí misma, sino la falla del sistema de control.

4️⃣ La ventaja competitiva no está en “usar IA”. Está en poder demostrar que se utiliza con trazabilidad, supervisión calificada y accountability. En el mercado legal, automatizar sin verificar no reduce riesgo, lo desplaza, lo amplifica y, finalmente, lo encarece.

📌

Firm whose partners bill more than $2,000 per hour apologises to judge for software-driven errors in bankruptcy case

Es un honor participar como ponente en el II Gran Congreso del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia 2026, que se l...
21/04/2026

Es un honor participar como ponente en el II Gran Congreso del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia 2026, que se llevará a cabo los días 23 y 24 de abril en la ciudad de Valledupar. ⚖️

Será un espacio de alto nivel académico en el que compartiré mis reflexiones sobre la responsabilidad penal de la persona jurídica en el contexto del derecho penal colombiano, analizando sus desafíos actuales, su impacto en el compliance y las nuevas perspectivas en la práctica penal.

¡Nos vemos en el Congreso! 🇨🇴

Jefe de la ONPE dice que entregará su pasaporte a la fiscalía tras alerta de la Policía“Desde mi punto de vista sí, la j...
20/04/2026

Jefe de la ONPE dice que entregará su pasaporte a la fiscalía tras alerta de la Policía

“Desde mi punto de vista sí, la jurisprudencia señala que se puede incorporar a una persona en una investigación preliminar con una sospecha inicial simple […] Corvetto no ha estado en la contratación directa, pero él tenía el deber de organizar la licitación bajo un estándar. ¿Cumplió con establecer estándares mínimos? Si eso fue culposo o doloso, se verá. La sospecha inicial está dada”.

Mis comentarios para Diario El Comercio (Perú). https://n9.cl/qt3xe

20/04/2026

🚨 ¿Puede la Policía restringir la libertad de investigados en el caso ONPE–Corvetto?

La filtración de que la PNP "solicitaría" detenciones y allanamientos es una falta grave. La Policía no puede restringir libertades ni vigilar fronteras sin una orden judicial.

La Constitución y la ley son claras: la privación de la libertad y la restricción de derechos, como ocurre en un allanamiento o incautación, solo pueden ser ordenadas por un juez.

🔴 Caso ONPE-Piero Corvetto. La Policía NO puede restringir la libertad de los investigados.1️⃣ Según diferentes medios d...
19/04/2026

🔴 Caso ONPE-Piero Corvetto. La Policía NO puede restringir la libertad de los investigados.

1️⃣ Según diferentes medios de comunicación, la PNP ha dispuesto medidas extraordinarias, dado que la la DIRCOCOR (la propia PNP) "solicitaría" 7 días de detención preliminar, así como el allanamiento e incautación de pruebas. Dichas medidas implican prevenir cualquier intento de evasión o salida del país por parte de Corvetto y los otros imputados. Se recomienda intensificar la vigilancia sobre los investigados y reforzar los controles migratorios, sobre todo en los puntos de salida del país.

2️⃣ Esto es inconstitucional e ilegal. Sólo los jueces tienen el poder de limitar la libertad de los investigados. La Policía NO puede realizar seguimientos, reglajes o impedir que alguien salga del país sin una orden judicial (también lo sostuve en el caso de PPK). Y menos en base a algo tan indeterminado como el hecho que la DIRCOCOR "solicitaría" esos 7 días de detención preliminar. Si dicho pedido existe ni siquiera va directo al Juez, la PNP pide o recomienda a la Fiscalía que ésta solicite la medida ante el Juez competente. Es más, si el pedido es cierto, ya en este momento podría ser poco eficaz, ante la filtración los investigados han tenido bastantes horas para destruir pruebas, ocultarlas, etc.

3️⃣ Piero Corvetto ya es investigado por los graves hechos de la jornada electoral de 12.4.26, se le imputa omisión de funciones, delitos electorales, colusión desleal, etc. Corvetto no es idoneo para el cargo, es el responsable político directo de que un sector de la ciudadanía no haya podido ejercer el derecho constitucional al sufragio. Corvetto debe renunciar, pedir licencia o ser destituido por la JNJ, bajo su mando, la ONPE no es una institución confiable.

4️⃣ Pero Corvetto tiene derecho a un debido proceso. Filtraciones y medidas policiacas como estas son herramientas para la victimización, incluso para que un imputado pida un asilo por falta de garantías de un proceso justo.

📌 Fuente de la imagen: RPP.

🎙️Imágenes de mi participación en el podcast Legal Cast de ESAN Graduate School of Business, donde abordamos el impacto ...
17/04/2026

🎙️Imágenes de mi participación en el podcast Legal Cast de ESAN Graduate School of Business, donde abordamos el impacto de la inteligencia artificial, el marketing y los desafíos actuales de la abogacía.

16/04/2026

Elecciones 2026: ¿Se cumplió con la igualdad de condiciones exigida por la ley electoral?

“Como sabemos, nos encontramos en un período de reglas paternalistas: en primer lugar, la obligatoriedad del voto; en segundo lugar, la prohibición de propaganda electoral durante las últimas 48 a 72 horas; además de la ley seca y la restricción de difusión de encuestas.¿cómo acudieron a votar los ciudadanos el día lunes?, lo hicieron con toda esa información disponible, sin ley seca y con boca de urna y conteo rápido. Es decir, en una situación de desigualdad.

Mis comentarios para el programa Somos Libres Perú. https://acortar.link/hZ6c8u

16/04/2026

🔴 Irregularidades en el acto electoral: ¿qué delitos se analizan?

“Esto es un hecho absolutamente grave, considerando no solo los delitos que se habrían cometido durante el propio acto electoral, como la omisión de funciones y la obstrucción u obstaculización del acto electoral. Todo ello, además, ya forma parte de la investigación en curso.”

Mis comentarios para Canal N. https://acortar.link/Zt1Z6j

🔴 Elecciones 2026: ¿qué delitos podrían configurarse por la falta de distribución del material electoral? “Apenas 13 tra...
15/04/2026

🔴 Elecciones 2026: ¿qué delitos podrían configurarse por la falta de distribución del material electoral?

“Apenas 13 trabajadores en planilla para ejecutar un servicio en 2 días con 434 vehículos y en 2,260 sedes de votación. Implica mucho más que una sospecha inicial simple para que la Fiscalía investigue el delito de colusión desleal (artículo 384 del Código Penal), es decir la defraudación al Estado en este proceso de contratación pública”.

📌 Mis comentarios citados por Diario El Peruano: https://acortar.link/nkm3Jk

14/04/2026

🔴 JNE denuncia penalmente a Piero Corvetto y funcionarios de la ONPE: ¿qué margen real de defensa tienen los imputados en este caso?

“La principal línea de defensa que podrían tener sobre la mesa es la de la negligencia. Esta, en este tipo de casos, da lugar a responsabilidades civiles, administrativas o incluso políticas, pero no a responsabilidades penales. Yo creo que ese por ahí la hoja de ruta que van a mantener los imputados en este caso concreto”.

📌 Mis comentarios para RPP Noticias. https://acortar.link/jB5CnV

🔴 El caso penal contra los funcionarios de la ONPE y Servicios Generales Galaga está mal enfocado. Las imputaciones actu...
14/04/2026

🔴 El caso penal contra los funcionarios de la ONPE y Servicios Generales Galaga está mal enfocado.

Las imputaciones actuales se limitan al incumplimiento de deberes contractuales y las consecuencias electorales: omisión de funciones, atentado contra el derecho de sufragio y obstaculización del acto electoral

Pero lo trascendental estriba en el proceso anterior, es decir la contratación de Galaga como proveedor de la ONPE, sin una debida diligencia, una empresa sin capacidad operativa comprobada.

1️⃣ No contaba con vehículos propios suficientes. Se necesitaban 434 unidades, solo una semana antes Galaga ofertó por Linkedin la contratación de 400 furgonetas.

2️⃣ En 2020 y 2023 se aplicó a Galaga 3 penalidades por incumplimiento frente a la propia ONPE, la misma contraparte, y en contratos de menor alcance y valor.

3️⃣ Galaga no tenía personal suficiente, apenas 13 trabajadores en planilla para ejecutar un servicio en 2 días, con 434 vehículos y en 2.260 sedes de votación.

Esto implica mucho más que una sospecha inicial simple para que la Fiscalía investigue el delito de colusión desleal (art. 384 del CP), es decir la defraudación al Estado en este proceso de contratación pública. Es un caso donde las violaciones a las reglas más elementales de debida diligencia son tan flagrantes que, los argumentos de negligencia grave pueden quedar de lado para dar paso, cuando menos, al dolo eventual.

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