LA CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
La conciliación es un sistema procesal extrajudicial, sin necesidad de recurrir al proceso judicial, es rápido y menos gasto. El acuerdo conciliatorio tiene el mismo valor, que una sentencia judicial del Juez en un juzgado. ACTOS DE CONCILIACIÓN
- Desalojos
- Otorgamientos de Escritura
- Interdictos
- Pago de Deudas (Soles, Dólares, Etc)
- Indemnización
- Divis
ión y Partición de Bienes
- Resolución de Contratos
Incumplimiento de Contratos
- Reivindicación
- Retracto
- Mejor Derecho de Propiedad
- Ofrecimiento de Pago
- Pago de Alquileres
- Problemas Vecinales
- Régimen de Visitas
- Alimentos, Tenencia
- Liquidación de Sociedades de Gananciales
- Remuneraciones
- Beneficios Sociales. El proceso de la Conciliación está amparado de acuerdo a la Ley N° 26872, y los acuerdos conciliatorios tienen el mismo valor que una sentencia judicial e inapelable y es de cumplimiento obligatorio.