18/07/2024
¿EN QUÉ CONSISTE EL TRIPLE CONTROL PARA NO VULNERAR LA GARANTÍA DE PRESUNCIÓN DE INOCENCIA? [CASACIÓN N°885-2018, MADRE DE DIOS]
La Sala Penal Permanente de la Corte Suprema de Justicia de la República estableció que: "A través de la garantía de presunción de inocencia, en materia probatoria, se autoriza un triple control: (i) juicio sobre la prueba, (ii) juicio sobre la suficiencia, y (iii) juicio sobre la motivación y su razonabilidad —aunque en este último control, existe un causa específico a través del artículo 429, inciso 4, del Código Procesal Penal—". (Fundamento destacado, primero)