Abogado penalista lima y callao

Abogado penalista lima y callao SOMOS TU MEJOR OPCIÓN EN DEFENSA PENAL.

18/11/2023

Diferencias entre insuficiencia probatoria y duda razonable [RN 2000-2019, Lima Sur]

Fundamentos destacados. Sexto. Por otra parte, es preciso establecer la diferencia entre insuficiencia probatoria de pruebas y duda razonable. En el primer supuesto, estamos ante la inexistencia de material probatorio de cargo, lo que impide al juez realizar la valoración correspondiente de tales medios probatorios y le impide, por consiguiente, decidir sobre la responsabilidad o no del acusado. Mas esta carencia es producto de una deficiente actividad probatoria del órgano encargado, en este caso de la Fiscalía a cargo de la investigación, lo que puede relacionarse con una falta de quien tiene la carga de la prueba, y ante este supuesto opera la presunción de inocencia como regla probatoria, al no cumplirse las exigencias que esta regla implica, y como tal, el resultado es la absolución del acusado. Sin embargo, cuando sí existen pruebas de cargo, pero que no han sido suficientes para desvirtuar la presunción de inocencia del imputado, dado que al igual que la defensa proporcionó medios de prueba del mismo peso que los de la fiscalía, estamos ante el supuesto de duda razonable.

Es así que en la insuficiencia probatoria no existen pruebas, o las que existen son mínimas, y en la duda razonable, en cambio, existen pruebas tanto para la culpabilidad como para la inocencia y es precisamente ante ese supuesto que se aplica la presunción de inocencia.

Decimosegundo. En ese escenario, resulta trascendente aclarar que, dentro de los estados intelectuales del juez, un alto nivel de probabilidad de participación en un evento delictivo no equivale a la certeza. La probabilidad o improbabilidad son igual que la duda, estados intermedios en el intelecto humano, diferente al estado de certeza positiva o negativa que son absolutas2 . Tanto la duda como la probabilidad o la improbabilidad al ser estados intermedios condicionan la absolución. Solo con la certeza positiva se puede sostener una condena. Por tanto, al existir suficientes elementos de juicio incriminatorias y no haber logrado enervarse la presunción de inocencia que los ampara, corresponde absolverlos de la acusación fiscal formulada en su contra y disponer su inmediata libertad.

28/08/2022
14/09/2021

Señorita para asistente, labores de oficina. Horario completo, de L-V. Tener conocimiento de computación, redacción, disposición para salir a llevar documentos a instituciones.
Cel. 969782651
Preferible domiciliar en lima norte.
Ubicación del empleo( independencia) por Megaplaza.

02/01/2021

Asistente Administrativo a tiempo completo. Preferible vivir por los olivos, independencia, San Martin , comas (lima norte).
Si es abogado también puede presentar su cv.
Nueve,6 #9 #7 #8 #2 #6 #5 #1

INVITADOS TODOS.
19/04/2020

INVITADOS TODOS.

Sesión académica - Transmisión en vivo

Párvulo Jurídico, invita a la sesión académica virtual, " La protección constitucional de las personas privadas de su libertad en el marco Covid 19. Frente a la pretensión punitiva del estado", dictada el dia de hoy por el abogado Edgar Jhon Vargas Vargas
Abogado penalista - Socio Fundador del Estudio Jurídico, Jhon Vargas & Abogados.

Dirección

Lima
1

Teléfono

+51969782651

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Abogado penalista lima y callao publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Abogado penalista lima y callao:

Compartir