19/02/2024
☑️Nosotros te informamos:
Requisitos para iniciar el divorcio notarial:
- Acuerdo de ambos cónyuges de divorciarse
- Tener como mínimo 2 años de casado.
- Minuta dirigida al Notario expresando la decisión de separarse y solicitando el divorcio notarial firmada y con huella dactilar de cada uno de los cónyuges, así como la firma de un abogado que autorice la minuta.
- Copia simple de los DNI de cada uno de los cónyuges.
- Partida de Matrimonio, expedida con 3 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Declaración Jurada de no tener hijos menores de edad, o de tenerlos Sentencia Judicial Firme o Acta de Conciliación, respecto a los siguientes temas: Alimentos, Tenencia, Régimen de Visitas.
- Partida de nacimiento de los hijos menores de edad, expedida con 3 meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Testimonio inscrito de la escritura de Separación de Patrimonios, si tuviera bienes sujetos al régimen de sociedad de Gananciales.
- Declaración Jurada del último domicilio conyugal.
- Deben contar con un abogado que los patrocine en la audiencia de la separación convencional.
Requisitos en el divorcio municipal:
- Acuerdo de ambos cónyuges de divorciarse
- Tener como mínimo 2 años de casado.
- Se presentará una solicitud por escrito al Sr. Alcalde expresando la decisión de separarse, señalando nombre y apellidos, DNI y el último domicilio conyugal (firma y huella digital de cada uno de los cónyuges. (En dicha solicitud deberá constar: si los cónyuges son analfabetos, no pueden firmar, son ciegos o adolecen de otra discapacidad, en cuyo caso se procederá mediante firma a ruego, sin perjuicio de que impriman su huella digital, de ser el caso).
- Copia simple de los documentos de identidad de ambos cónyuges.
- Copia certificada del Acta o Partida de Matrimonio, expedida dentro de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud.
- Declaración Jurada del último domicilio conyugal, suscrita obligatoriamente por ambos cónyuges.
- Recibo de Pago de la tasa municipal por el trámite del divorcio correspondiente.
- Si no tienen hijos menores de edad deberá presentar Declaración Jurada con firma y huella digital de cada uno de los cónyuges, de no tener hijos menores de edad o mayores con incapacidad.
- En caso de tener hijos menores deberá adjuntarse copia certificada del Acta o Partida de Nacimiento, expedida dentro de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud y Sentencia firme sobre los alimentos, tenencia y régimen de visitas del Órgano Jurisdiccional y/o Acta del centro de conciliaciones o Demuna.
- En caso de tener hijos mayores con incapacidad deberá adjuntarse copia certificada del Acta o Partida de Nacimiento, expedida dentro de los tres meses anteriores a la fecha de presentación de la solicitud, copia certificada de la sentencia judicial firme o acta de conciliación respecto de los regímenes de ejercicio de la curatela, alimentos y visitas así como anexar copias certificadas de las sentencias judiciales firmes que declaren la interdicción del hijo mayor con incapacidad y que nombran a su curador.
- En caso no hubiera bienes, deberá presentar Declaración Jurada, con firma e impresión de la huellas digitales de cada uno de los cónyuges de carecer de bienes sujetos al régimen de sociedad de gananciales.
- En caso hubiera bienes adquiridos dentro del matrimonio deberá presentar el Testimonio de la Escritura Pública de cambio o sustitución del régimen de la sociedad de gananciales (bienes comunes) por el de separación de bienes (bienes separados) inscrita en los Registros Públicos.