17/10/2017
PUCHA… LA CHINA RAFO LEÓN
(A raíz de su artículo de Caretas de 12.10.17)
I. La Condena por ofensa a la moral pública y a las buenas costumbres.-
Francia: Palacio de Justicia, Paris, 29 de Enero de 1857, se realiza un largo alegato contra “Madame Bovary” de Gustave Flaubert, acusándola de obscenidad, luego de más de medio año el mismo abogado imperial Ernest Pinard, la emprende contra “Las Flores del mal”, de Charles Baudelaire.
Los ahora, autores más clásicos de la Literatura Francesa, soportaron acusaciones por ofensas a la moral religiosa y moral pública, por lascivos y excesivamente eróticos, media docena de poemas de Las Flores del Mal, se les acusó de “cantar la carne sin amarla”, destilando un veneno embriagante y abyecto, como en “Lesbos”.
La Justicia Francesa, hizo comparecer aparte de los autores, al editor y los distribuidores, dichas obras no obstante de recibir los lauros generalizados de los hombres de letras de toda Europa, fue cuestionada acremente, comparada con El Quijote, Hamlet o Anna Karenina.
La dilucidación del abogado acusador, señalaba que la labor de Flaubert era encomiable, que mostraba gran talento pero “Execrable desde lo moral” el Fiscal, evidenciaba como argumento en contra “el efecto que podía producir la lectura de la obra en el público femenino” Flaubert, a su vez señalaba que “no escribo para muchachitas, escribo para el hombre culto” inútilmente el Abogado de la Defensa, Sénard, pedía que absuelvan a su defendido porque escribía bien, así lo señaló el Tribunal, estableciendo que “la novela carecía de severidad en el lenguaje como para condenar a su he***na, conduciría a un realismo que sería la negación de lo bello y de lo bueno …”
Finalmente se menciona que Flaubert “cometió el error de perder de vista las normas que todo escritor que se respete, nunca debe violar” no obstante, el autor fue absuelto del delito imputado.
Por otro lado, la defensa de Baudelaire “las Flores del Mal” arguyó elementos análogos “que el mal que se pinta, es el mal que se condena” dando lectura a los poemas incriminados, los autores de la época como Balzac, Musset y Béranger, ya habían salido en defensa de su colega, otros señalaban, que existían una antología de fragmentos tan o más obscenos que Las Flores del Mal, en especial, sus poemas “Lesbos” y “Mujeres condenadas”, los más incriminados para el Tribunal Francés, sin embargo, desde el punto de vista poético, los del más alto elogio.
El Tribunal, emitió una Sentencia condenatoria, no por la ofensa a la moral religiosa (que si fueron las Rockeras Rusas, P***y Riot, a prisión efectiva) siendo encontrado culpable por graves ofensas a la moral pública y a las buenas costumbres, Baudelaire, fue sentenciado además, a suprimir seis poemas de su libro y a pagar una multa de trescientos Francos; según la Sentencia su obra “conducía a la excitación de los sentidos, mediante un realismo grosero y ofensivo para el pudor”.
Aparte de la pésima defensa de los dos autores, luego de la sentencia, se inaugura una nueva etapa, lo que Ranciere, llama política de la Literatura “una nueva circulación de lo sensible, democracia de la Literatura, el novelista, fue juzgado, pero finalmente fue absuelto, el poeta si fue condenado.
II. Los adjetivos calificativos de Rafo León en Caretas 12.10.17.-
Este jueves 12 de Octubre, Rafo León, en Caretas, su artículo “Pucha…. ¡ahora se lo pelean! “, emprende contra tirios y troyanos, con una serie de epítetos y adjetivos calificativos, denostando a tres estratos sociales y al Perú en general.
1. Los Pobres y los Provincianos: “cholita con las chapas rojas, la pobre, abrazando su llamita en un cerro de Chuchumarca …” “Maritú… cambió todo por productos sedal y jabones antibacteriales de esos que usan los mineros ilegales”, “ han alquilado una casa horrenda por el Campo de Marte a doscientos soles el mes”, “se va a sentir regio en un cuchitril con las paredes llenas de lamparones de humedad, los pisos de pisopak, yo sé que tú me entiendes, focos de luz colgando sin pantalla ni nada”.
2. A la mujer y a los que tienen otra opción: repite el término ma***ón en sentido ofensivo “ ma***ón farsante” y de todo el texto, parece que el llamado “Periodista” es misógino “turba de gordas Fujimoristas”, “ me tiene con una teta hinchada y la otra por reventar”, tiene aversión por la mujer, olvidando que nació de una de ellas.
3. A los Políticos o Fujimoristas, “dictador piojoso”, “Asesino Maloliente”, “Criminal Pestífero” “Sátrapa Potoapestante”, “para que pinte sus huevadas” “facineroso malandrín”.
La Ley vigente en el Perú.-
La Normatividad actual en el CP art. 130 y siguientes, DELITOS CONTRA EL HONOR, tipifica los delitos de Injuria, Calumnia y Difamación; “el que ofende o ultraja a una persona con palabras, gestos o vías de hecho: Injuria”. “El que atribuye falsamente a otro un delito: Calumnia”. “El que ante varias personas reunidas o separadas, pero de manera que pueda difundirse la noticia, atribuye a una persona, un hecho, una cualidad o una conducta que pueda perjudicar su honor o reputación… Difamación”.
Dicho articulado concordado, con el Acuerdo Plenario Supremo N° 3-2006-CJ-116 (publicado el 29.12.2006) que extensamente desarrolla el Derecho Constitucional a la Libertad de Expresión y de Información, en vinculación con la Sentencia de la Corte Interamericana (CIDH) en la Sentencia Herrera Ulloa vs Costa Rica del 02.07.2004, precisando que el Derecho de Expresión y de Pensamiento, no es absoluto, deben contener tres requisitos:
a. Estar expresamente señalado en la Ley.
b. Estar destinadas a proteger los Derechos o la Reputación de los demás, la protección de la seguridad Nacional, el orden público o la salud moral o pública.
c. Deben ser necesarios en una sociedad democrática.
El Considerando N°10 de dicho Pleno, es Precedente Vinculante y de obligatorio cumplimiento por todos los Jueces de la República, especifica que “ la naturaleza pública de las libertades de información y expresión, vinculadas a la formación de la opinión ciudadana, exige que las expresiones incidan en la esfera pública, no en la intimidad de las personas, ni en la intimidad familiar o en el interés legítimo del público, para su conocimiento; el Considerando N° 11 señala que no están amparadas ( no son legítimas ) las frases injuriosas, los insultos, las insinuaciones insidiosas y vejaciones, con independencia de la verdad”.
Resulta impertinente la idea que exprese y materialice un desprecio por la personalidad ajena, ya que ello está desconectado de su finalidad crítica o informativa, por lo tanto, emplear adjetivos calificativos evidencia menosprecio o animosidad- por la persona- .
Finalmente el Considerando N°13, proscribe las expresiones ultrajantes u ofensivas, sin fundamento y formuladas de mala Fe, que puedan molestar, inquietar o disgustar a quien se dirige.
Si sometiéramos el texto de Rafo León, a la Justicia Francesa de 1857, este sería condenado impíamente (a la guillotina?) a pesar que este, no es ni el taco del zapato de Baudelaire o Flaubert.
Si los agraviados, en el Perú de hoy, sometieran a Proceso por Difamación Agravada (valiéndose de un medio de prensa) al dizque Periodista, obviamente también sería condenado.
La verdad, Rafo León, ya ha sido sentenciado, por sus propios colegas, por la población en general, por las mujeres a quienes repudia, por los pobres del cual hace burla insana, por los políticos a quienes menosprecia vulgarmente, por los Peruanos que saben que la vida y la dignidad son los valores superlativos que consignan la Carta Magna en su primer artículo.
Rafo León, repetitivamente señala “maloliente, pestífero, potoapestante, ma***ón farsante, desgraciado monrero, Etc.” A todas luces necesita frotadas diarias de piedra alumbre por todo el cuerpo, que además de funciones antisépticas, también es usado como desodorante para controlar el olor corporal.
“En los ojos buscaba de su pálida víctima el canto mudo que entona el placer, y esa gratitud infinita y sublime que sale de los párpados cual un largo suspiro” (del poema Mujeres Condenadas, uno de los poemas sentenciados de las Flores del Mal de Baudelaire).
Señor Rafo León, parafraseando su artículo, al final “veamos quien gana, si la República Aristocrática o la Pezuña Popular”.
Los Aristócratas cuentan un dígito, los más, somos la Plebe, el Pueblo, los ciudadanos comunes, la pezuña popular ¿ganamos?
http://caretas.pe/china_tudela/80465-pucha______ahora_se_lo_pelean_
http://www.20minutos.es/noticia/1565743/0/pussy-riot/culpables/delito/