Moore Abogados

Moore Abogados Somos una firma de abogados especializados en derecho laboral. Brindamos consultaría, asesoría y p

Consultoria y patrocinio legal tanto a personas naturales como a personas jurídicas; haciendo énfasis en la atención personalizada de nuestros clientes

01/05/2024
Comentarios sobre el vencimiento del pago de las gratificaciones, diciembre 2022:Las empresas tienen hasta este jueves 1...
15/12/2022

Comentarios sobre el vencimiento del pago de las gratificaciones, diciembre 2022:

Las empresas tienen hasta este jueves 15 para depositar la gratificación de diciembre de este año a los trabajadores sujetos al régimen privado contratados a tiempo indefinido, plazo fijo o parcial. Vencido el plazo para su depósito, las empresas podrían recibir una multa que podría superar los S/ 120 mil soles, dependiendo del régimen al que pertenecen y/o número de trabajadores afectados.

Ahora bien está multa puede variar dependiendo el régimen de la empresa. Es decir, si es una microempresa, la multa puede ir desde S/ 506 hasta S/ 2070. Si es pequeña empresa, puede ir desde los S/ 2,070 hasta los S/ 20,700; y si no es Mype, alcanza la suma de S/ 7,222 hasta S/ 120,152.

La gratificación equivaldrá a una remuneración íntegra si el trabajador ha laborado todo el semestre (Julio-Diciembre) y se reducirá proporcionalmente en su monto si el tiempo de servicios es menor, debiendo tenerse en cuenta para su cálculo los meses y días laborados en el semestre.

Cabe precisar que éstas se encuentran exoneradas del pago de tributos, por lo que no se le descontará el aporte a la ONP o AFP salvo el impuesto a la renta de quinta categoría y se debe tomar en cuenta que el 9% sobre el monto de la gratificación que como empleador dejará de aportar a EsSalud y será entregado al trabajador como bonificación extraordinaria. En caso esté afiliado a una EPS, recibirá una bonificación de 6.75%.

El cálculo de las gratificaciones, es el siguiente:

1. Para trabajadores con seis meses de antigüedad:

Se suma la remuneración bruta (total sin descuentos) más la asignación familiar e incluye el 9% que corresponde a EsSalud. Ahora, si el trabajador está afiliado a EPS, se debe sumar el 6.75%.

2. Para trabajadores que no han laborado el semestre completo, se debe calcular la gratificación de la siguiente manera:

Se Divide el sueldo entre los meses trabajados y se adiciona el porcentaje de EsSalud o EPS.

Consultas:
📱 +51 974 162 756
💻 [email protected]

De interés.-Condonarán deudas de horas acumuladas por licencia con goce de haber:Comisión de Trabajo y Seguridad Social ...
08/06/2022

De interés.-

Condonarán deudas de horas acumuladas por licencia con goce de haber:

Comisión de Trabajo y Seguridad Social aprobó, en forma unánime, la propuesta que plantea la condonación de las deudas de las horas acumuladas de los trabajadores, considerados dentro del grupo de riesgo, que no pudieron realizar trabajo remoto, en el marco de la emergencia sanitaria por la COVID-19, dentro de los cuales se encuentran las personas mayores de 60 años o jóvenes con cuadros de hipertensión arterial, diabetes, enfermedades cardiovasculares, enfermedad pulmonar crónica, cáncer y otros estados de inmunosupresión de acuerdo con los factores clínicos establecidos en un documento técnico denominado “Atención y manejo clínico de casos de COVID-19. Escenario de transmisión focalizada”.

En tal sentido, se plantea la condonación de toda deuda parcial o total que mantenga el trabajador para con su empleador y que se encontrase pendiente de pago producto de la implementación del otorgamiento de la licencia con goce de haber.

De igual manera, se prohíbe incluir en la liquidación de beneficios sociales realizada al término del vínculo laboral los descuentos que son producto de las horas de trabajo por compensar, generadas a causa de las disposiciones legales implementadas en el marco de la emergencia sanitaria por COVID-19.

Consultas:
📱 974-162-756
💻 [email protected]

Nuestro reconocimiento a todos (as) que día a día se esfuerzan por sacar adelante a sus familias. Feliz día del trabajad...
01/05/2022

Nuestro reconocimiento a todos (as) que día a día se esfuerzan por sacar adelante a sus familias. Feliz día del trabajador!

Queremos desearles un venturoso año nuevo 2022. Prosperidad y éxito en todo lo que se propongan.Un fuerte abrazo a todos...
01/01/2022

Queremos desearles un venturoso año nuevo 2022. Prosperidad y éxito en todo lo que se propongan.
Un fuerte abrazo a todos y cada de uno de ustedes.

Queremos desearles a todos nuestros amigos y clientes una muy Feliz Navidad, en compañía de sus seres queridos.
24/12/2021

Queremos desearles a todos nuestros amigos y clientes una muy Feliz Navidad, en compañía de sus seres queridos.

La mejor asesoría legal y patrocinio judicial en temas de derecho laboral.Contactanos.
09/11/2021

La mejor asesoría legal y patrocinio judicial en temas de derecho laboral.
Contactanos.

Dirección

Calle Los Pinos 190/Of 402/Miraflores, Lima/
Lima
18

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 18:00
Martes 09:00 - 18:00
Miércoles 09:00 - 18:00
Jueves 09:00 - 18:00
Viernes 09:00 - 18:00

Teléfono

+51974162756

Página web

Notificaciones

Sé el primero en enterarse y déjanos enviarle un correo electrónico cuando Moore Abogados publique noticias y promociones. Su dirección de correo electrónico no se utilizará para ningún otro fin, y puede darse de baja en cualquier momento.

Contacto La Empresa

Enviar un mensaje a Moore Abogados:

Compartir

Nuestra Firma.-

Brindamos servicios en consultoria y patrocinio legal, tanto a personas naturales como a personas jurídicas; haciendo énfasis en la atención personalizada de nuestros clientes.

Nos caracterizamos por la celeridad, transparencia y honestidad en lo que hacemos. Pero sobre todo en el cumplimiento de los objetivos propuestos por nuestros clientes.

Contáctenos en:


  • Telef. : (01) 380-0301