01/06/2023
¿𝐂Ó𝐌𝐎 𝐃𝐀𝐑 𝐈𝐍𝐈𝐂𝐈𝐎 𝐀 𝐔𝐍 𝐏𝐑𝐎𝐂𝐄𝐒𝐎 𝐃𝐄 𝐂𝐎𝐍𝐂𝐈𝐋𝐈𝐀𝐂𝐈Ó𝐍?
RECEPCIÓN DE SOLICITUD Y DOCUMENTOS
El trámite de Conciliación inicia con la presentación de los siguientes documentos:
✅ Solicitud de Conciliación llenada y firmada por la parte solicitante o por ambas partes, según sea el caso.
✅ Copia de DNI del solicitante o los solicitantes.(o en su caso del representante)
✅ Copia del documento o documentos relacionados al conflicto.
✅ Tantas copias simples de la solicitud, anexos como invitados a conciliar.
✅ Pagar el monto establecido para iniciar el trámite.
✅ Sólo cuando se actúe por representante, el documento que contenga el poder para conciliar o el certificado de vigencia de poder para aquellos que se encuentren inscritos.
INVITACIÓN A LA PARTE A CONCILIAR
Cuando la solicitud de conciliación sea presentada por ambas partes, se procederá a la audiencia de conciliación el mismo día. De lo contrario se fijara una fecha para la realización de la audiencia conciliatoria y se notificará a las partes con una primera invitación, y en caso no pueda asistir una de las partes se realizará una segunda invitación.
AUDIENCIA DE CONCILIACIÓN
Tenga presente que el día fijado en la invitación debe acudir puntualmente, ya que serán llamados a pasar a sala de audiencias. No es necesario ir acompañado si no lo desea; pero si lo hace, recomendamos una persona que contribuya y ayude en el logro de la conciliación. De nada serviría rodearse de personas negativas o que quieran influenciar en su decisión y menos aun tomando un rol protagónico. Recuerde que los abogados-conciliadores están capacitados para ayudarlos a encontrar la mejor solución a su problema legal. Entonces nadie le va a presionar para que llegue a un acuerdo, porque la vía de la Conciliación Extrajudicial tiene la finalidad de que ambas partes acuerden voluntariamente, y así se comprometan a cumplir el acuerdo.
ENTREGA DEL ACTA
✅ Acuerdo total de las partes.
✅ Acuerdo parcial de las partes.
✅ Falta de acuerdo entre las partes.
✅ Inasistencia de una parte a (2) sesiones.
✅ Inasistencia de una parte a (1) sesiones.
✅ Decisión debidamente motivada del Conciliador en Audiencia efectiva, por advertir violación a los principios de la Conciliación, por retirarse alguna de las partes antes de la conclusión de la Audiencia o por negarse a firmar el Acta de Conciliación.
✅ Inasistencia de ambas partes
🇵🇪☑️Asesoría legal en todo el proceso de conciliación.
INFORMES:
📞Abogada Juana Carola Escate Trujillo
✅WhatsApp: 915177081 - 997221766
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UBICANOS : Jirón Huancayo Nº 288 Oficina 303,, Referencia Cuadra 2 de Avenida Guzmán Blanco, Distrito de Cercado de Lima, Provincia y Departamento de Lima.
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