Abogados de Familia - Lima Norte

Abogados de Familia - Lima Norte Información de contacto, mapa y direcciones, formulario de contacto, horario de apertura, servicios, puntuaciones, fotos, videos y anuncios de Abogados de Familia - Lima Norte, Servicio jurídico, Avenida Carlos Izaguirre N° 1259/Los Olivos, Lima.

Espacio donde podrás consultar de manera gratuita tus dudas acerca de tu proceso de alimentos, régimen de visita, tenencia, divorcio y otros temas vinculados al derecho de familia, incluso en la vía penal.

PARA TODOS NUESTROS  𝐀𝐏𝐑𝐎𝐕𝐄𝐂𝐇𝐄𝐍 𝐄𝐒𝐓𝐀 𝐌𝐄𝐆𝐀 𝐂𝐀𝐌𝐏𝐀𝐍̃𝐀Este viernes 6 de marzo, la   realizará una megacampaña nacional que t...
04/03/2026

PARA TODOS NUESTROS 𝐀𝐏𝐑𝐎𝐕𝐄𝐂𝐇𝐄𝐍 𝐄𝐒𝐓𝐀 𝐌𝐄𝐆𝐀 𝐂𝐀𝐌𝐏𝐀𝐍̃𝐀

Este viernes 6 de marzo, la realizará una megacampaña nacional que tendrá énfasis en el reconocimiento de los derechos de la mujer.

EN EL CASO DE LIMA NORTE, ESTARAN EN ESTOS 4 LUGARES:

•𝐔𝐍𝐈𝐕𝐄𝐑𝐒𝐈𝐃𝐀𝐃 𝐃𝐄 𝐂𝐈𝐄𝐍𝐂𝐈𝐀𝐒 𝐘 𝐇𝐔𝐌𝐀𝐍𝐈𝐃𝐀𝐃𝐄𝐒
•𝐂𝐎𝐋𝐄𝐆𝐈𝐎 𝐅𝐄 𝐘 𝐀𝐋𝐄𝐆𝐑𝐈𝐀 -𝐃𝐈𝐒𝐓𝐑𝐈𝐓𝐎 𝐂𝐎𝐌𝐀𝐒
•𝐌𝐔𝐍𝐈𝐂𝐈𝐏𝐀𝐋𝐈𝐃𝐀𝐃 𝐃𝐄 𝐒𝐀𝐍 𝐌𝐀𝐑𝐓𝐈𝐍
•𝐌𝐔𝐍𝐈𝐂𝐈𝐏𝐀𝐋𝐈𝐃𝐀𝐃 𝐃𝐄 𝐈𝐍𝐃𝐄𝐏𝐄𝐍𝐃𝐄𝐍𝐂𝐈𝐀

Hoy inicia labores el Poder Judicial del Perú y hemos recibido muchas llamadas preguntando por un defensor público, llam...
03/03/2026

Hoy inicia labores el Poder Judicial del Perú y hemos recibido muchas llamadas preguntando por un defensor público, llamado comúnmente abogado de oficio o abogado gratuito.

El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos del Perú, tiene a su cargo esta defensa, aquí les dejamos sus datos de contacto.

🌸✨ 08 DE MARZO – DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER ✨🌸En Abogados de Familia Lima Norte creemos que el acceso a la justicia t...
03/03/2026

🌸✨ 08 DE MARZO – DÍA INTERNACIONAL DE LA MUJER ✨🌸

En Abogados de Familia Lima Norte creemos que el acceso a la justicia también es una forma de respeto.

Por eso, este 08 de marzo, nuestras abogadas brindarán CONSULTAS VIRTUALES GRATUITAS para todas las mujeres que necesiten orientación legal en defensa de sus derechos.

💜 ¿Estás pasando por una separación y no sabes cómo iniciar el proceso?
💜 ¿Necesitas fijar pensión de alimentos?
💜 ¿Sufres violencia psicológica o económica?
💜 ¿Tienes dudas sobre tenencia, régimen de visitas o bienes?

No estás sola. La información es poder, y conocer tus derechos es el primer paso para protegerte a ti y a tus hijos.

👩‍⚖️ Nuestro equipo especializado en Derecho de Familia te orientará de manera confidencial, clara y profesional.

📅 Fecha: 08 de marzo
💻 Modalidad: Virtual
🎯 Cupos limitados

📩 Inscríbete enviándonos un mensaje directo o al WhatsApp del estudio con la palabra “MUJER 2026” y separa tu espacio. https://wa.me/51951527742?text=Incr%C3%ADbanse

Hoy más que nunca, acompañamos a las mujeres que deciden defender su dignidad y sus derechos de .

Porque una mujer informada es una mujer fuerte. 💜
Porque la justicia también tiene rostro de mujer.

⚖️ ¿“No tengo trabajo” me libera de pagar pensión de alimentos?Muchos creen que basta con renunciar o quedarse sin emple...
25/02/2026

⚖️ ¿“No tengo trabajo” me libera de pagar pensión de alimentos?

Muchos creen que basta con renunciar o quedarse sin empleo para dejar de pagar alimentos.

❌ Eso no es correcto.

📌 El Pleno Jurisdiccional de Familia (12 de diciembre de 2016) de la Corte Superior de Justicia de Ventanilla analizó qué ocurre cuando la pensión fue fijada en porcentaje y el obligado pierde su empleo.

Se concluyó que:
🔎 No es automático seguir tomando la última remuneración.
🔎 Pero tampoco se puede dejar de pagar alegando desempleo.
👉 Debe evaluarse la capacidad económica real actual.

Además, la Corte Suprema de Justicia de la República, en la Casación N.° 01496-2018, Lima (Sala Penal Permanente), precisó que la sola alegación de falta de capacidad económica no exime automáticamente del cumplimiento de la obligación alimentaria, y que dicha situación debe probarse en el proceso civil correspondiente.

📌 ¿Qué significa esto?

✔ No basta decir “no tengo trabajo”.
✔ No se puede reducir la pensión sin sustento legal.
✔ El juez evaluará la capacidad real de generar ingresos.
✔ Siempre prevalece el interés superior del niño 👶⚖️

La pensión alimentaria no es un castigo.
Es una responsabilidad parental.

Si necesitas:

🔹 Exigir el cumplimiento de alimentos
🔹 Solicitar aumento de pensión
🔹 Pedir reducción por variación real de ingresos
🔹 Asesoría antes de iniciar o responder una demanda

📩 Escríbenos al whatsaap y evaluamos tu caso con criterio técnico y absoluta confidencialidad.


✨ 𝐍𝐎𝐒 𝐓𝐎𝐌𝐀𝐌𝐎𝐒 𝐔𝐍𝐀 𝐏𝐀𝐔𝐒𝐀 𝐏𝐀𝐑𝐀 𝐃𝐈𝐒𝐅𝐑𝐔𝐓𝐀𝐑 𝐃𝐄 𝐋𝐀 𝐅𝐀𝐌𝐈𝐋𝐈𝐀 ✨El Poder Judicial del Perú entra en vacaciones por 30 días, y en c...
28/01/2026

✨ 𝐍𝐎𝐒 𝐓𝐎𝐌𝐀𝐌𝐎𝐒 𝐔𝐍𝐀 𝐏𝐀𝐔𝐒𝐀 𝐏𝐀𝐑𝐀 𝐃𝐈𝐒𝐅𝐑𝐔𝐓𝐀𝐑 𝐃𝐄 𝐋𝐀 𝐅𝐀𝐌𝐈𝐋𝐈𝐀 ✨

El Poder Judicial del Perú entra en vacaciones por 30 días, y en coherencia con ese tiempo de reflexión y descanso, nuestro Estudio tomará 15 días de pausa laboral.

Porque el descanso fortalece, humaniza y nos permite volver con más claridad, empatía y compromiso a favor de nuestros y clientes.

📅 Del 𝟎𝟏 𝐝𝐞 𝐟𝐞𝐛𝐫𝐞𝐫𝐨 𝐚𝐥 𝟏𝟓 𝐝𝐞 𝐟𝐞𝐛𝐫𝐞𝐫𝐨, nuestro equipo estará recargando energías y compartiendo tiempo valioso con quienes más importan.

💻 Las consultas urgentes serán atendidas, incluso desde donde estemos, así como los casos de detenidos y casos de violencia familiar, pueden contactarse al 997 220 592, que un Abogados de Familia Penal, lo estará apoyando incluso desde la playa.

Volvemos pronto, con la misma vocación, claridad y compromiso de siempre.




De mucha ayuda!
23/01/2026

De mucha ayuda!

💡 ¿Sabías que puedes realizar estos trámites de forma digital?
Accede a los servicios del SID–Sunarp | Módulo Ciudadano 🖥️📲

🔹 🏷️ Reserva de denominación o razón social (reserva de nombre)
🔹 🏢 Constitución de empresas con intervención del notario
🔹 🧾 Constitución de empresas sin intervención del notario
🔹 ✏️ Rectificación por error material de la Sunarp
🔹 📄 Presentación de solicitudes electrónicas
🔹 ❌⚖️ Desistimiento y apelación de títulos presentados vía SID Sunarp desde un consulado en el extranjero
🔹 ⚖️ Apelaciones de títulos presentados por notario vía SID Sunarp
🔹 🚗🔁 Cambio de Placa Única Nacional de Rodaje

👉 Ingresa aquí: https://sidciudadano.sunarp.gob.pe/sid/sesion.htm

🚀

NUEVO HORARIO EN LA CORTE SUPERIOR Corte Superior de Justicia de Lima Norte
18/01/2026

NUEVO HORARIO EN LA CORTE SUPERIOR Corte Superior de Justicia de Lima Norte

📢 HITO CONSTITUCIONAL EN DEFENSA DE LA NIÑEZ Y LA DEMOCRACIA⚖️ El Tribunal Constitucional ha declarado INCONSTITUCIONAL ...
18/01/2026

📢 HITO CONSTITUCIONAL EN DEFENSA DE LA NIÑEZ Y LA DEMOCRACIA

⚖️ El Tribunal Constitucional ha declarado INCONSTITUCIONAL la Ley 32330, que pretendía juzgar y encarcelar a adolescentes de 16 y 17 años como adultos.

📌 ¿Qué ha dicho el Tribunal Constitucional?
🔹 La edad mínima de imputabilidad penal en el Perú es 18 años.
🔹 Ningún adolescente puede ser procesado ni condenado en el sistema penal de adultos.
🔹 Enviar a menores a cárceles comunes vulnera la Constitución y los tratados internacionales de derechos humanos.
🔹 La seguridad ciudadana no se construye con populismo punitivo, sino con políticas respetuosas de la dignidad humana.

🧒📜 El TC ha sido claro:
Los niños, niñas y adolescentes son sujetos de especial protección constitucional.
Ni el delito imputado ni la presión política justifican desconocer el interés superior del niño.

🚫 Por ello, el Tribunal:
✔️ Anuló las normas que reducían la edad penal
✔️ Declaró inconstitucionales los reglamentos que permitían encarcelar adolescentes con adultos
✔️ Ordenó que todos los procesos penales contra adolescentes de 16 y 17 años sean reconducidos al sistema penal juvenil
✔️ Dispuso el traslado inmediato de adolescentes del INPE a centros juveniles especializados.

🛑 Mensaje contundente al Congreso y al Estado:
La lucha contra la inseguridad no puede hacerse sacrificando derechos fundamentales ni quebrando la Constitución.
📖 Estado constitucional de derecho, no castigo sin límites.
👧🧑‍⚖️ Protección, reinserción y justicia especializada para adolescentes.

De utilidad para nuestros seguidores de Abogados de Familia - Lima Norte y Abogados de Familia Penal








Atención  13/01/2026 El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa N.° 000419-2025-CE-P...
15/01/2026

Atención

13/01/2026 El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, mediante la Resolución Administrativa N.° 000419-2025-CE-PJ, dispuso que las vacaciones del Año Judicial 2026 para jueces, juezas y personal auxiliar se realicen en un único periodo, comprendido del 1 de febrero al 2 de marzo de 2026, estableciendo además una serie de medidas para asegurar el adecuado funcionamiento de los órganos jurisdiccionales a nivel nacional.

Con ello, se busca evitar la paralización prolongada de los procesos judiciales que se generaba con el sistema anterior de vacaciones fraccionadas en febrero y marzo, situación que ocasionaba perjuicios a litigantes, abogados y al público en general. En ese marco, se ha previsto la implementación de órganos jurisdiccionales de emergencia, los cuales continuarán atendiendo procesos en trámite y casos de urgente atención.

A TOMAR LAS PREVISIONES!!!!

El Poder Judicial (PJ) fijó la Unidad de Referencia Procesal (URP) para el 2026 en S/ 550, y aprobó el Cuadro de Arancel...
12/01/2026

El Poder Judicial (PJ) fijó la Unidad de Referencia Procesal (URP) para el 2026 en S/ 550, y aprobó el Cuadro de Aranceles Judiciales para este año, oficializado mediante la Resolución Administrativa N° 0481-2025-CE-PJ, publicado a fines de 2025.
Este valor equivale al 10% de la UIT (S/ 5,500.00) y regula los pagos por actos procesales, aplicándose desde el inicio del año judicial 2026.
atentos...

Queridos clientes, 🎁En esta Navidad queremos agradecerles de todo corazón ❤️ por la confianza que nos han brindado duran...
24/12/2025

Queridos clientes, 🎁
En esta Navidad queremos agradecerles de todo corazón ❤️ por la confianza que nos han brindado durante estos 7 años de servicio ininterrumpido. 🙏

Gracias a ustedes, seguimos creciendo y ayudando a más familias 👨‍👩‍👧‍👦. Nos enorgullece ofrecerles el mejor servicio legal de Lima Norte ⚖️, con un precio justo y accesible 💰, porque sabemos lo importante que es cuidar de su familia.

Esperamos que esta Navidad esté llena de paz ✨, amor 💖 y momentos felices junto a sus seres queridos. 🎅🎉
Que el Año Nuevo les traiga salud 🩺, esperanza 🌟 y muchas alegrías 😄.
Nos sentimos honrados de acompañarlos en sus necesidades legales y seguiremos trabajando con dedicación para servirles. 💼⚖️

𝐂𝐀𝐒𝐀𝐂𝐈Ó𝐍 𝐍.° 𝟐𝟏𝟖𝟏-𝟐𝟎𝟐𝟒FUNDADA LA CASACIONANTECEDENTESExiste una decisión judicial recurrida, en la que la Sala Superior ...
31/10/2025

𝐂𝐀𝐒𝐀𝐂𝐈Ó𝐍 𝐍.° 𝟐𝟏𝟖𝟏-𝟐𝟎𝟐𝟒

FUNDADA LA CASACION

ANTECEDENTES
Existe una decisión judicial recurrida, en la que la Sala Superior ha ordenado que la menor de iniciales A.I.O.N. 𝐝𝐞𝐛𝐞𝐫á 𝐩𝐚𝐬𝐚𝐫 𝐝𝐞 𝐯𝐢𝐯𝐢𝐫 𝐞𝐧 𝐞𝐥 𝐝𝐨𝐦𝐢𝐜𝐢𝐥𝐢𝐨 𝐝𝐞𝐥 𝐩𝐚𝐝𝐫𝐞 (𝐁𝐚𝐫𝐫𝐚𝐧𝐜𝐚 𝐏𝐞𝐫ú)- 𝐥𝐮𝐠𝐚𝐫 𝐞𝐧 𝐞𝐥 𝐪𝐮𝐞 𝐡𝐚 𝐯𝐞𝐧𝐢𝐝𝐨 𝐯𝐢𝐯𝐢𝐞𝐧𝐝𝐨 𝐝𝐞𝐬𝐝𝐞 𝐥𝐨𝐬 𝐭𝐫𝐞𝐬 𝐚ñ𝐨𝐬 𝐡𝐚𝐬𝐭𝐚 𝐥𝐚 𝐚𝐜𝐭𝐮𝐚𝐥𝐢𝐝𝐚𝐝 𝐞𝐧 𝐪𝐮𝐞 𝐜𝐮𝐞𝐧𝐭𝐚 𝐜𝐨𝐧 𝐧𝐮𝐞𝐯𝐞 𝐚ñ𝐨𝐬- 𝐚 𝐯𝐢𝐯𝐢𝐫 𝐞𝐧 𝐞𝐥 𝐝𝐨𝐦𝐢𝐜𝐢𝐥𝐢𝐨 𝐝𝐞 𝐥𝐚 𝐦𝐚𝐝𝐫𝐞 (𝐍𝐞𝐰 𝐉𝐞𝐫𝐬𝐞𝐲 𝐄𝐬𝐭𝐚𝐝𝐨𝐬 𝐔𝐧𝐢𝐝𝐨𝐬) 𝐡𝐚𝐬𝐭𝐚 𝐜𝐮𝐦𝐩𝐥𝐢𝐫 𝐥𝐚 𝐦𝐚𝐲𝐨𝐫í𝐚 𝐝𝐞 𝐞𝐝𝐚𝐝.

FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA
Sin embargo, la Sala no ha fundamentado con suficiencia (que es el estándar que debiera tener todo pronunciamientos sobre la problemática de tenencia), las razones por las que ha decidido que la menor siga viviendo en el domicilio del padre hasta acabar sus
estudios primarios y luego viva en el domicilio de su madre hasta cumplir la mayoría de edad.

Únicamente ha referido la Sala Superior a referido que: “𝑁𝑜 𝑟𝑒𝑠𝑢𝑙𝑡𝑎 𝑣𝑖𝑎𝑏𝑙𝑒 𝑒𝑠𝑡𝑎𝑏𝑙𝑒𝑐𝑒𝑟 𝑢𝑛𝑎 𝑡𝑒𝑛𝑒𝑛𝑐𝑖𝑎 𝑐𝑜𝑚𝑝𝑎𝑟𝑡𝑖𝑑𝑎 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑞𝑢𝑒 𝑙𝑎 𝑚𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑒𝑠𝑡é 𝑢𝑛 𝑚𝑒𝑠 𝑐𝑜𝑛 𝑒𝑙 𝑝𝑎𝑑𝑟𝑒 𝑦 𝑢𝑛 𝑚𝑒𝑠 𝑐𝑜𝑛 𝑙𝑎 𝑚𝑎𝑑𝑟𝑒, 𝑛𝑖 𝑠𝑖𝑞𝑢𝑖𝑒𝑟𝑎 𝑢𝑛 𝑎ñ𝑜 𝑐𝑜𝑛 𝑐𝑎𝑑𝑎 𝑝𝑟𝑜𝑔𝑒𝑛𝑖𝑡𝑜𝑟, 𝑝𝑢𝑒𝑠 𝑒𝑙𝑙𝑜𝑠 𝑣𝑖𝑣𝑒𝑛 𝑒𝑛 𝑝𝑎í𝑠𝑒𝑠 𝑑𝑖𝑠𝑡𝑖𝑛𝑡𝑜𝑠, 𝑒𝑥𝑖𝑠𝑡𝑖𝑒𝑛𝑑𝑜 𝑑𝑖𝑓𝑖𝑐𝑢𝑙𝑡𝑎𝑑 𝑝𝑎𝑟𝑎 𝑐𝑜𝑚𝑝𝑎𝑡𝑖𝑏𝑖𝑙𝑖𝑧𝑎𝑟 𝑙𝑜𝑠 𝑝𝑒𝑟𝑖𝑜𝑑𝑜𝑠 𝑒𝑠𝑐𝑜𝑙𝑎𝑟𝑒𝑠, 𝑝𝑢𝑒𝑠 𝑒𝑛 𝑒𝑙 𝑃𝑒𝑟ú 𝑒𝑙 𝑎ñ𝑜 𝑒𝑠𝑐𝑜𝑙𝑎𝑟 𝑒𝑠 𝑑𝑒𝑠𝑑𝑒 𝑚𝑎𝑟𝑧𝑜 ℎ𝑎𝑠𝑡𝑎 𝑑𝑖𝑐𝑖𝑒𝑚𝑏𝑟𝑒, 𝑚𝑖𝑒𝑛𝑡𝑟𝑎𝑠 𝑞𝑢𝑒 𝑒𝑛 𝑙𝑜𝑠 𝐸𝑠𝑡𝑎𝑑𝑜𝑠 𝑈𝑛𝑖𝑑𝑜𝑠 𝑑𝑒 𝑁𝑜𝑟𝑡𝑒𝑎𝑚é𝑟𝑖𝑐𝑎 𝑒𝑙 𝑎ñ𝑜 𝑒𝑠𝑐𝑜𝑙𝑎𝑟 𝑒𝑠 𝑑𝑒𝑠𝑑𝑒 𝑠𝑒𝑡𝑖𝑒𝑚𝑏𝑟𝑒 ℎ𝑎𝑠𝑡𝑎 𝑗𝑢𝑛𝑖𝑜.”

LO QUE DICE LA SUPREMA CORTE
La sentencia Suprema, señala que esta sentencia, podría ocasionar un nivel de desarraigo de la menor con su entorno y su vida diaria. El perjuicio para la menor por tener que trasladarse de un domicilio, ubicado en el Perú a otro domicilio ubicado en los Estados Unidos después de culminado sus estudios de educación primaria le podría generar además de inestabilidad emocional, desarraigo familiar de sus abuelos y padre; además de incertidumbre respecto al desarrollo cotidiano de las diversas actividades que desarrollaba, entre ellos su educación, y alteraciones radicales de su proyecto de vida, sin considerar la problemática que le ocasionaría la necesidad de tener que
expresarse en un lenguaje extranjero y adaptarse a una nueva realidad cultural, que incluso podría generar afectación a su identidad. w. Por otro lado, toda decisión judicial sobre tenencia y régimen de visitas debe considerar que este deber/derecho
no debe atender principalmente a la disponibilidad del tiempo que tengan los padres para dedicarse a sus hijos o la situación personal de estos, sino a las reales necesidades que tiene el menor, solo así se representa adecuadamente la correlación entre el deber y derecho de los padres a la tenencia. En ese sentido, la Sala Superior deberá analizar si las personas, además de los padres, con las que la menor compartirá el domicilio serían las más idóneas.

Asimismo, se deberá tener en cuenta que el desarrollo de las tecnologías de la comunicación permite la comunicación fluida entre quienes desean mantener y construir lazos parentales.
También en atención a la particularidad del caso bajo análisis, deberá fijar reglas estrictas para cada uno de los padres para evitar que se presente casos de alienación parental u otras formas de obstaculización la relación parental que genera graves consecuencias en la salud mental y emocional del niño, afectando su desarrollo y bienestar integral.

Sìntesis para nuestros , sentencia de la Corte Superior de Justicia de Huaura



Dirección

Avenida Carlos Izaguirre N° 1259/Los Olivos
Lima

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Lunes 09:00 - 17:00
Martes 09:00 - 17:00
Miércoles 09:00 - 17:00
Jueves 09:00 - 17:00
Viernes 09:00 - 17:00
Sábado 09:00 - 13:00

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