28/05/2025
¿Es viable reducir el IGV al 14%?
En las últimas semanas, el Gobierno ha insinuado la posibilidad de reducir el Impuesto General a las Ventas (IGV) al 14%, como una medida para estimular el consumo, reactivar la economía y enfrentar el alza del costo de vida. Esta propuesta, si bien resulta políticamente atractiva, merece ser analizada con rigurosidad técnica y jurídica. ¿Es viable tal reducción en el contexto fiscal actual? ¿Qué implicancias tiene en términos de justicia tributaria y sostenibilidad del gasto público?
1. El rol del IGV en la economía peruana
El IGV constituye la principal fuente de ingresos tributarios del Perú, representando entre el 45% y el 50% de la recaudación anual. Su actual tasa del 18% (16% IGV + 2% Impuesto de Promoción Municipal) garantiza el financiamiento de servicios esenciales como educación, salud, justicia y programas sociales. Reducir esta tasa, sin un plan de compensación efectivo, implicaría una merma fiscal cercana a los S/ 6,000 millones anuales, lo que comprometería seriamente el funcionamiento del Estado.
2. ¿Una medida de alivio económico o una ilusión fiscal?
Si bien el argumento principal del Ejecutivo radica en reducir los precios al consumidor, diversos estudios técnicos –incluidos los del BCRP– advierten que el traslado de la rebaja del IGV a los precios finales suele ser parcial. En muchos casos, los beneficios terminan capturados por los intermediarios o productores, sin llegar efectivamente al ciudadano común. Además, el efecto reactivador sería marginal y transitorio, sin generar una mejora estructural de la economía ni de la formalización tributaria.
3. Una medida regresiva y constitucionalmente cuestionable
Desde el punto de vista jurídico-constitucional, la medida resulta regresiva. Al ser el IGV un impuesto indirecto, afecta a todos por igual, sin considerar su capacidad económica. Reducirlo, paradójicamente, beneficia más a quienes consumen más, es decir, a los sectores de mayores ingresos.
Como señala César Landa Arroyo, exmagistrado del Tribunal Constitucional:
“Una política tributaria debe respetar el principio de suficiencia financiera para garantizar los derechos fundamentales.”
Asimismo, el Tribunal Constitucional (Exp. N.º 009-2001-AI/TC) ha recordado que:
“El sistema tributario no solo debe ser eficiente, sino también equitativo y orientado al interés general.”
Reducir el IGV sin garantizar la continuidad del gasto social podría contravenir este mandato.
4. La alternativa: una reforma estructural con justicia fiscal
En lugar de reducir el IGV, es más sensato impulsar una reforma tributaria integral, con énfasis en:
- La ampliación de la base tributaria, eliminando exoneraciones sin justificación técnica.
- El fortalecimiento de la SUNAT, dotándola de herramientas para combatir la evasión y la elusión.
- La progresividad del sistema, gravando más a quienes más capacidad económica tienen, como lo exige el artículo 74 de la Constitución.
Como afirma el jurista Javier Zavaleta:
“El Derecho Tributario debe ser un instrumento de equidad y no solo de recaudación.”
Conclusión:
Reducir el IGV al 14% puede sonar como una solución fácil a problemas complejos, pero carece de sustento técnico, jurídico y económico sólido. Comprometer los ingresos del Estado sin una estrategia fiscal de reemplazo, en un país con una de las presiones tributarias más bajas de América Latina, es una apuesta riesgosa que podría socavar la estabilidad macroeconómica y debilitar el Estado social de derecho.
El Perú no necesita menos impuestos, sino mejores impuestos y mayor justicia tributaria. Solo así se podrá construir un sistema fiscal que sea verdaderamente eficiente, equitativo y sostenible.