Abg. Ricardo Cavero Farfán

Abg. Ricardo Cavero Farfán Abogado litigante con experiencia en gestión pública, derecho civil, penal patrimonial y laboral. Miembro del Ilustre Colegio de Abogados de Ica y Lima.

Maestro en Derecho Civil por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Doctorando - UNMSM. Abogado litigante.

14/06/2026

: Compartimos este libro en el que el Profesor desarrolla la importancia del derecho a la protesta y analiza el problemA de los cortes de carreteras. ¿Es el primer derecho?

Texto completo del libro ---->https://proletarios.org/books/Gargarella-El_Derecho_a_La_Protesta.pdf

Sentencia del sobre derecho a la protesta ---->https://tc.gob.pe/jurisprudencia/2020/00009-2018-AI.pdf

QEPD estimado profe, Dr. Silva Vallejo.
12/06/2026

QEPD estimado profe, Dr. Silva Vallejo.

⚫️ 𝗢𝗕𝗜𝗧𝗨𝗔𝗥𝗜𝗢

La Facultad de Derecho y Ciencia Política de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos expresa su profundo pesar por el sensible fallecimiento del Dr. José Antonio Silva Vallejo (1936-2026), ex magistrado, ex decano de nuestra facultad y docente emérito de la Decana de América.

El Decanato, docentes, estudiantes, trabajadores y egresados de la FDCP hacen llegar sus más sentidas condolencias a sus familiares, amistades y colegas en estos momentos de dolor.

🕯️ Velatorio:
Iglesia María Reina
📍 Av. Conquistadores N.° 1293, San Isidro
Referencia: Óvalo Gutiérrez.

11/06/2026
10/06/2026
https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/dec2a400484959fb83bacb95cc5b0081/CASACI%C3%93N%2B11090-2023.pdf?MOD=AJPERES&CACHEI...
25/05/2026

https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/dec2a400484959fb83bacb95cc5b0081/CASACI%C3%93N%2B11090-2023.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=dec2a400484959fb83bacb95cc5b0081&fbclid=IwdGRjcASBSI5jbGNrBIFIi2V4dG4DYWVtAjExAHNydGMGYXBwX2lkDDM1MDY4NTUzMTcyOAABHt4dScIdgDbQAL1yTm159ruy0eR16PKvmNBnFgns3y87-Xt4tXXHcSfHesC7_aem_inaXGO6BH2-D5fYnMMt5zQ

El Poder Judicial del Perú actualiza las reglas sobre la inaplicación del precedente Huatuco y establece cuatro supuestos en los que no opera la restricción de reposición por falta de concurso público:

• trabajadores con vínculo vigente y contratación fraudulenta,
• casos de despido nulo,
• obreros de gobiernos locales, regionales y entidades públicas,
• funcionarios de confianza o cargos políticos.

Sin embargo, la Sala introduce una precisión decisiva: en los casos de despido nulo la reposición ya no será permanente, sino temporal, hasta que el trabajador participe en un concurso público para una plaza vacante y presupuestada.

Texto completo de la sentencia ----> https://www.pj.gob.pe/wps/wcm/connect/dec2a400484959fb83bacb95cc5b0081/CASACIÓN+11090-2023.pdf?MOD=AJPERES&CACHEID=dec2a400484959fb83bacb95cc5b0081

23/05/2026
17/05/2026

Huacachina

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Jirón Carabaya 1157
Lima
01

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