Abogado Paulino Loa Gamboa

Abogado Paulino Loa Gamboa Servicio Legal 952680135 PAULINO LOA GAMBOA, abogado graduado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Experto en derecho penal y procesal penal.
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Con maestría en ciencias penales en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Estudios de técnicas y destrezas en litigación oral en California Western School of Law/San Diego. Curso superior en Litigación Oral por la Universidad de Salamanca (España). Curso internacional de posgrado en reglas de evidencia por Beasley School Of Law de la Universidad de Temple -Philadelphia (USA)

Especializaci

ón en litigación de juicios orales penales en la Universidad de Medellín/Colombia. Diplomado especializado en contrataciones del Estado por la cámara peruana de industrias. Brinda servicios de asesoría, consultoría y defensa a personas naturales y jurídicas con el más alto estándar de calidad y eficiencia profesional que garantizan la seguridad y confianza a sus clientes.y

23/06/2026

¿Puede conocerse el nivel de alcohol de una persona 18 horas después?

22/06/2026

Un contrainterrogatorio vale más que mil argumentos.

NOTA: El contrainterrogatorio no busca discutir con el testigo; busca poner a prueba la consistencia de su relato, explorar posibles sesgos, intereses y contrastar su versión con la teoría del caso.

En ocasiones, una sola respuesta aporta más información que un extenso alegato.

Desde una perspectiva académica de litigación oral, este fragmento resulta interesante para analizar la credibilidad testimonial y la estrategia de la defensa.

Escuchen atentamente y saquen sus propias conclusiones.

21/06/2026

¿POR QUÉ ESTE ABOGADO SE ARRIESGA?

NOTA: En teoría, el contrainterrogatorio exige preguntas cerradas.

En este juicio por usurpación, el abogado defensor utiliza preguntas explicativas bajo control absoluto del testigo.

El resultado: no es la pregunta la que convence, sino las propias respuestas del testigo las que terminan poniendo en duda su credibilidad.

Las respuestas del testigo (entre dudas, reconstrucciones y afirmaciones progresivas) terminan afectando su credibilidad ante el tribunal.

Si no está listo, no corra este riesgo.

21/06/2026

Después de años de litigio, esto fue lo que finalmente me dejó una marca.

NOTA: Me dijeron: "es solo un juego".
Yo les creí.
Mi espalda tiene una versión diferente de los hechos. 😂🎯
La prueba aparece al final del video.

19/06/2026

SI NO SABES LA RESPUESTA NO PREGUNTES.

NOTA: En el contrainterrogatorio, cada pregunta debe tener un propósito y una respuesta prevista.

Preguntar sin saber la respuesta es entregar el control al testigo.

Preguntar sabiendo la respuesta es construir credibilidad, evidenciar contradicciones y fortalecer la teoría del caso.

Esta es una de las reglas más importantes del contrainterrogatorio y hay que tener en cuenta que en el contrainterrogatorio no se pregunta para averiguar, se pregunta para probar.

18/06/2026

Fiscalía oralizó la prueba y luego quiso desistirse de ella.

NOTA: En este juicio oral, la Fiscalía oralizó una constatación fiscal al lugar de los hechos. Sin embargo, luego de su oralización solicitó al colegiado desistirse de dicha prueba.

Ante ello, se corrió traslado a la defensa, oportunidad en la que sostuve que no era posible desistirse de una prueba que ya había sido actuada en juicio oral, pues una vez incorporada al debate probatorio corresponde que sea valorada en la etapa respectiva.

Asimismo, señalé que no existía base legal para admitir el desistimiento de una prueba ya actuada.

Finalmente, el colegiado declaró IMPROCEDENTE el pedido de desistimiento formulado por la Fiscalía y continuó el debate respecto del documento.

Comparto este extracto porque plantea una cuestión procesal interesante: ¿puede una parte desistirse de una prueba después de haberla oralizado en juicio oral?

Los invito a ver el video y dejar su opinión jurídica en los comentarios.

15/06/2026

La Fiscalía puso al testigo, y terminó ayudando a la defensa.

14/06/2026

La sangre siempre recuerda el camino de regreso.

14/06/2026

Algunos dirán que dejar constancia no sirve. A mí siempre me ha funcionado.

NOTA: Antes de los alegatos finales, la defensa dejó expresa constancia en audiencia respecto a la variación del lugar de los hechos señalado en los alegatos finales del Ministerio Público, el cual no coincide con el delimitado en la formalización de investigación preparatoria ni en la acusación fiscal.

Conforme al artículo 397 del Código Procesal Penal del Perú, el juzgamiento debe versar exclusivamente sobre los hechos materia de acusación, en respeto al principio de congruencia procesal y al derecho de defensa.

La presente constancia se deja a efectos de control del juicio oral y eventual revisión en instancia superior.

13/06/2026

Contrainterrogatorio: si encontraste lo que buscabas, toca sentarse.

NOTA: En este cado en audiencia se muestra el uso del método del embudo, la cadena de compromisos y el control del perito a partir de sus propias respuestas.

El abogado no discute con el perito psicólogo forense. No improvisa. No busca abarcar todo el protocolo pericial. Hace algo mucho más estratégico: conduce al perito, paso a paso, desde el oficio hasta la conclusión, cerrando el círculo con preguntas cerradas y precisas.

Cada respuesta no abre una discusión… la limita.
Cada pregunta no busca explorar… busca fijar.

Hasta llegar al punto clave del contrainterrogatorio: la admisión que necesitaba el abogado.

Y aquí viene la regla más importante (y muchas veces ignorada) en litigación oral: cuando has conseguido el punto que buscabas, toca sentarse.

Seguir preguntando después de obtener la respuesta deseada puede abrir espacios innecesarios para explicaciones, matices o retrocesos del testigo.

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