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AAD Asesores Jurídicos, brindando servicios legales con comunicación fluida, directa y empática.
23/05/2021

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¿Que es la POSESIÓN y la PROPIEDAD?
23/05/2021

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PERSONAS NATURALES y PERSONAS JURÍDICAS
23/05/2021

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SUJETO DE DERECHO
23/05/2021

SUJETO DE DERECHO

Video completo de la conferencia “El incidente del barco María Luz (1872) y el establecimiento de relaciones diplomática...
16/10/2020

Video completo de la conferencia “El incidente del barco María Luz (1872) y el establecimiento de relaciones diplomáticas del Perú con Japón y China en el contexto del cuestionamiento del régimen de extraterritorialidad jurídica”, presentada el 15 de octubre por Esteban Poole Fuller, con el respaldo del Centro de Estudios Orientales de la Pontificia Universidad Católica del Perú.

Conferencia “El incidente del barco María Luz (1872) y el establecimiento de relaciones diplomáticas del Perú con Japón y China en el contexto del cuestionam...

Un tema bastante polémico, ya tiene sentenciahttps://www.facebook.com/94604237016/posts/10158545503957017/
15/10/2020

Un tema bastante polémico, ya tiene sentencia
https://www.facebook.com/94604237016/posts/10158545503957017/

Confirman la resolución de demanda de amparo que ordena tanto a Latina como a Jorge Benavides abstenerse de propalar el programa y vulnerar los derechos de dignidad humana de la mujer andina.

Este jueves 15 de octubre a mediodía (12:00 PM) Esteban Poole Fuller, integrante de nuestro equipo AAD Asesores Jurídico...
12/10/2020

Este jueves 15 de octubre a mediodía (12:00 PM) Esteban Poole Fuller, integrante de nuestro equipo AAD Asesores Jurídicos estará presentando la conferencia virtual “El incidente del barco María Luz (1872) y el establecimiento de relaciones diplomáticas del Perú con Japón y China en el contexto del cuestionamiento del del régimen de extraterritorialidad jurídica”.
La conferencia abordará el incidente del barco María Luz, conflicto judicial y diplomático entre Perú y Japón suscitado por las malas condiciones de la emigración chino al Perú en aquella época y el debate sobre la extraterritorialidad, es decir, la aplicación del Derecho de países occidentales en China y Japón, impuesta en virtud de los tratados suscritos por dichos países durante el siglo XIX con los Estados Unidos y las potencias europeas.
Plataforma: Vía Zoom
Fecha: jueves 15 de octubre de 2020 (inscripciones hasta el miércoles 14 de octubre a mediodía)
Hora: 12:00 p.m. (PET/MEX) || 02:00 p.m. (ARG/CH)
L@s esperamos!!

El Centro de Estudios Orientales invita a la comunidad PUCP y al público interesado a la conferencia ““El incidente del barco María Luz (1872) y el establecimiento de relaciones diplomáticas del Perú con Japón y China en el contexto del cuestionamiento del régimen de extraterritorialidad j...

PROYECTO DE LEY 6306/2020-CR: LEGISLACIÓN COMBI(Por Esteban Poole Fuller, integrante de AAD Asesores Jurídicos)El transp...
07/10/2020

PROYECTO DE LEY 6306/2020-CR: LEGISLACIÓN COMBI
(Por Esteban Poole Fuller, integrante de AAD Asesores Jurídicos)
El transporte público de Lima, tras décadas de caos y de predomio de la informalidad, no puede ser reorganizado de la noche a la mañana. De hecho, es un proceso que ya lleva varios años. Pero extender las autorizaciones a combis y microbuses por 10 años, como plantea el Proyecto de ley 6306/2020-CR, es un despropósito criminal.
De aprobarse esta iniciativa (que responde a intereses muy particulares), se frenarían en seco los esfuerzos de la recién instalada Autoridad de Transporte Urbano (ATU). Las combis y microbuses son una competencia desleal para los corredores de buses que han sido concesionados o están por concesionarse, ya que tienen menores costos que los concesionarios (brindando un peor servicio). Éstos transportista informales deben ir saliendo de circulación en un futuro cercano si queremos que la reforma del transporte sea viable (y los operadores concesionados deberían recibir subsidios para que no se aumenten las tarifas ni se reduzca la cobertura).
Ojalá este Proyecto de Ley no pase, a diferencia de otros que nos viene "regalando" la coalición populista que controla el actual Congreso. Lima y sus residentes hemos sido tremendamente perjudicados por las combis. Nos merecemos un transporte público más decente y no deberíamos esperar una o más décadas para que éste se haga realidad.

AVISO DE SERVICIO PÚBLICOEste jueves 15 de octubre a mediodía Esteban Poole Fuller, integrante de nuestro equipo AAD Ase...
03/10/2020

AVISO DE SERVICIO PÚBLICO
Este jueves 15 de octubre a mediodía Esteban Poole Fuller, integrante de nuestro equipo AAD Asesores Jurídicos, estará presentando, con el respaldo del Centro de Estudios Orientales de la Pontificia Universidad Católica del Perú, la conferencia virtual “El incidente del barco María Luz (1872) y el establecimiento de relaciones diplomáticas del Perú con Japó y China en el contexto del cuestionamiento del del régimen de extraterritorialidad jurídica”.
La conferencia abordará acerca del incidente del barco María Luz, conflicto judicial y diplomático entre Perú y Japón suscitado por las malas condiciones de la emigración chino al Perú en aquella época y el debate sobre la extraterritorialidad, es decir, la aplicación del Derecho de países occidentales en China y Japón, impuesta en virtud de los tratados suscritos por dichos países durante el siglo XIX con los Estados Unidos y las potencias europeas.
Plataforma: Vía Zoom
Fecha: jueves 15 de octubre de 2020
Hora: 12:00 p.m. (PET/MEX) || 02:00 p.m. (ARG/CH)
Vacantes limitadas (inscripciones hasta el miércoles 14 de octubre a mediodía)
L@s esperamos!!

“SEAMOS REALISTAS, PIDAMOS LO IMPOSIBLE”: CRÍTICAS A LA NUEVA LEY DE TRABAJADORAS DEL HOGAR (Por Esteban Poole Fuller, i...
02/10/2020

“SEAMOS REALISTAS, PIDAMOS LO IMPOSIBLE”: CRÍTICAS A LA NUEVA LEY DE TRABAJADORAS DEL HOGAR
(Por Esteban Poole Fuller, integrante de AAD Asesores Jurídicos)

En mayo de 1968 estalló en París un movimiento político y sociocultural impulsado por jóvenes revolucionarios cuyos fines declarados eran “cambiar la vida” y el desmantelamiento de los “valores burgueses”. Éste movimiento, conocido como Mayo del 68, sigue teniendo una profunda influencia en la cosmovisión de los círculos progresistas de buena parte del mundo (el Perú de hoy incluido). Mayo del 68 tuvo entre sus gritos de guerra “Seamos realistas, pidamos lo imposible”.
Creo que éste slogan se aplica muy bien a la Ley de Trabajadoras del Hogar promulgada recientemente en el Perú.
Ésta nueva norma laboral impone requisitos francamente irreales: extiende las vacaciones a 1 mes; exige a los empleadores pagar 16 sueldos al año (2 gratificaciones, CTS y aportes a ESSALUD y al sistema de pensiones); e implanta la estabilidad laboral absoluta (por más que los contratos temporales de trabajo sean más bien la norma en el Perú), obligando a los empleadores a pagar una indemnización en casos de “despido arbitrario” (que abarca prácticamente cualquier terminación de la relación laboral). Además, la nueva Ley obliga a registrar ante el Ministerio de Trabajo los contratos de trabajo (cuyos términos deben ser especificados al milímetro) e incluso las boletas de pago mensuales (fomentando la burocratización extrema de las relaciones laborales). Aunque suene inverosímil, bajo el nuevo régimen laboral una trabajadora del hogar empleada por una familia de clase media tiene más derechos que un trabajador de una pequeña empresa de 250 trabajadores. Básicamente, exige requisitos imposibles de cumplir a la inmensa mayoría de hogares que podrían demandar trabajo doméstico remunerado.
Ésta Ley no podría haber sido promulgada en un peor momento. La economía peruana se ha ido a pique debido a la pandemia de COVID-19, la pobreza ha aumentado en 7% (alcanzando los mismos niveles de hace 10 años), se han perdido 1.5 millones de empleos y la informalidad laboral, ya muy alta, es ahora aún mayor (probablemente haya pasado de 70 a 80% de la PEA). Resulta altamente improbable que la situación económica mejore sustancialmente en un futuro cercano. En una situación de depresión económica como la actual lo menos pertinente que se puede plantear es incrementar la rigidez y costos de la legislación laboral actual. Pese a ello, precisamente esto es lo que hace la nueva Ley de Trabajadores del Hogar.
Quienes han promovido esta Ley, de evidente corte populista (el hecho de que haya tenido un respaldo tan abrumador parece reflejar la nueva hegemonía del populismo en la vida política peruana) creen que están promoviendo los derechos de las trabajadoras del hogar. Se equivocan.
En el mejor de los casos, lo que conseguirán con esta Ley será destruir la mayoría de empleos de trabajadoras del hogar a tiempo complejo ¿Cómo así? Pues, dado que cumplir con todos los beneficios sociales que exige ésta ley supone un lujo asiático, sólo una minoría ínfima de hogares podrá seguir empleándolas a tiempo completo. Esto supone que, para llegar a fin de mes, la inmensa mayoría de éstas trabajadoras tendrán que desempeñar varios micro-empleos precarios de unas pocas horas a la semana para una multitud de empleadores.
Y éste es el mejor de los escenarios. Es la situación que se da actualmente en países socioeconómicamente mucho más desarrollados que Perú como Estados Unidos o España (países con un PBI per cápita 10 y 5 veces mayor que el peruano, respectivamente).
Un escenario, también probable, y más desfavorable las trabajadoras del hogar, es que, dadas las reducidas dimensiones de la clase media peruana (que se ha reducido aún más a raíz de esta crisis económica), no encuentren muchos hogares con los medios para emplearlas siquiera por horas. En éstas circunstancias, nos guste o no, muchas tendrán que resignarse a trabajar “por lo bajo” en condiciones mucho más desfavorables que las contempladas por ésta Ley.
Al respecto, un dato incómodo: actualmente 90% de las trabajadoras del hogar están empleadas informalmente (con un marco legal mucho más flexible que el que acaba de entrar en vigor). Cabe prever que los requisitos impuestos por la nueva Ley de Trabajadoras del Hogar no serán cumplidos por casi ningún empleador en un país pobre y arruinado como aquel en el que acaba de promulgarse (Perú no es Suecia). Prever lo contrario es hacerse ilusiones sobre las condiciones socioeconómicas del Perú y la capacidad de fiscalización de nuestro Estado.
Por tanto, en el mejor de los casos, se precarizará el empleo de las trabajadoras del hogar y, en el peor, serán más explotadas. Los hogares que no son ni pobres ni ricos y que quisieran emplearlas cumpliendo con la Ley, también sufrirán, pues no tendrán los medios para acatarla. Y seguramente algunos funcionarios corruptos se enriquecerán percibiendo sobornos de empleadores sin escrúpulos (probablemente sean los únicos beneficiados por ésta legislación).
Quizás la meta inconfesada de quienes han promovido esta Ley sea, en realidad, la desaparición del servicio doméstico (o diciéndolo en términos más políticamente correctos, del trabajo doméstico remunerado a tiempo completo), o cuando menos relegar esta “indigna ocupación” a la condición de “un tema de millonarios”. Quizás a quienes respaldan esta norma laboral tan exigente sencillamente les escandaliza el hecho de que, todavía en 2020, un hogar de clase media limeño pueda costear los servicios de una trabajadora del hogar a tiempo completo porque está reñido con su horizonte utópico de sociedad igualitaria.
Lástima que, aquí y ahora, quienes van a sufrir las consecuencias de esta “justísima” Ley serán mujeres de escasos recursos que tendrán menos oportunidades de empleo. De hecho, incluso antes de que se aprobase esta Ley, miles de trabajadoras del hogar fueron despedidas por familias que ya no tenían los medios para emplearlas a consecuencia de la actual crisis económica. Seguramente con la nueva Ley se vendrán más despidos (por mucho que consagre la estabilidad laboral). Y la verdad, sería iluso creer que el deprimido y altamente informal mercado de trabajo peruano de hoy (y los años por venir) les ofrezca prospectos mucho mejores. Ésta Ley representa, sin duda, una “victoria moral” para algunas mujeres de sectores populares y políticos izquierdistas. Pero, en términos prácticos, significa poco o nada más que eso.
Hay que aclarar que antes de promulgarse ésta norma los derechos de las trabajadoras del hogar ya estaban protegidos por una Ley especial: la Ley 29786, de 2003. Mientras estuvo vigente, representó un justo equilibrio entre las necesidades de ayuda doméstica de hogares de clase media con hijos (especialmente ahora que hombres y mujeres trabajan) y la protección de derechos básicos de las trabajadoras del hogar, tales como 15 días de vacaciones al año, una gratificación y aportes a ESSALUD y el sistema de pensiones. Era, además, una Ley adecuada a la realidad socioeconómica del Perú, un país donde la informalidad laboral es la regla y no la excepción.
La Ley de Trabajadoras del Hogar de 2003 era muy razonable. La nueva Ley de Trabajadoras del Hogar (aprobada por un Congreso que pretende implantar un Estado del Bienestar en un país cuya economía se hunde) no lo es. Lástima que la razonabilidad esté algo venida a menos en la agenda política actual.
Analizando las potenciales consecuencias de ésta Ley, más allá de abstracciones, en realidad no es una norma justa. Las drásticas restricciones a la libertad de contratar que ha impuesto perjudicarán tanto a las mujeres de escasos recursos que ven el trabajo doméstico a tiempo completo como una opción laboral legítima como a los hogares que podrían emplearlas.
Idealmente, ésta Ley debería ser derogada. Sin embargo, es muy difícil que se dé marcha atrás con normas que amplían derechos (aunque sea sólo en el papel). Me temo, además, que derogar una ley tan “políticamente correcta” sería algo demasiado osado como para que alguien se atreva siquiera a proponerlo (la ausencia de voces críticas a ésta norma en los medios de comunicación resulta elocuente al respecto). Conociendo nuestro Perú, resulta más probable que ésta nueva Ley será cotidianamente incumplida, perjudicando a muchas de las personas a las que pretende beneficiar.

Hoy a las 15:30 en el Seminario Latinoamericano,Esteban Poole Fuller, integrante de nuestro equipo AAD Asesores Jurídico...
01/10/2020

Hoy a las 15:30 en el Seminario Latinoamericano,
Esteban Poole Fuller, integrante de nuestro equipo AAD Asesores Jurídicos, estará presentando la ponencia "Las políticas públicas en relación al transporte urbano de Lima frente a la crisis sanitaria del covid-19" en el Seminario Latinoamericano "Áreas metropolitanas, salud territorial e incertidumbre".

Formulario de registro: https://forms.gle/ABcz9X65ZdozQSbi7

28/09/2020

AVISO DE SERVICIO PÚBLICO
Este jueves 1 de octubre Esteban Poole Fuller, integrante de nuestro equipo AAD Asesores Jurídicos, estará presentando la ponencia "Las políticas públicas en relación al transporte urbano de Lima frente a la crisis sanitaria del covid-19" en el Seminario Latinoamericano "Áreas metropolitanas, salud territorial e incertidumbre".
Hora: 15:30
Link de la transmisión en vivo: https://www.youtube.com/watch?v=UwpBx-BeleI&feature=youtu.be

Dirección

General Córdova 1021, Jesús Maria
La Molina

Horario de Apertura

Lunes 09:00 - 17:00
Martes 09:00 - 17:00
Miércoles 09:00 - 17:00
Jueves 09:00 - 17:00
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