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⚖️ CONSIDERACIONES IMPORTANTES SOBRE DELITOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS¿Cuándo el trabajo técnico de un asesor, consu...
09/07/2026

⚖️ CONSIDERACIONES IMPORTANTES SOBRE DELITOS DE CORRUPCIÓN DE FUNCIONARIOS

¿Cuándo el trabajo técnico de un asesor, consultor o abogado se convierte en complicidad delictiva y cuándo se protege bajo la teoría de las “conductas neutrales”?

Nuestra máxima instancia de justicia, aborda este cuestionamiento, a través de la Casación N.° 526-2022/Corte Suprema de febrero de 2023; ratificando un criterio que todo abogado, consultor, asesor y funcionario público debe conocer:

📌 La Doctrina de las Conductas Neutrales
La Corte Suprema determinó que la emisión de una opinión jurídica o un informe técnico —siempre que se realice dentro de los márgenes de las competencias profesionales y sin infringir los deberes normativos del rol— constituye una conducta neutral.

Esto significa que:

• El análisis técnico está amparado por el ejercicio legítimo de la profesión.
• No se puede atribuir responsabilidad penal (complicidad) basándose únicamente en el resultado del informe u opinión técnica, es preciso que el autor haya actuado por encima del límite del riesgo permitido, y que se pruebe que formaba parte de un pacto ilícito previo.

💬 ¿Qué opinas sobre este criterio ratificado por la Corte Suprema? ¿Emitir una opinión técnica controvertida o que no coincida con la posición asumida por la Contraloría General de la República o la Fiscalía debería generar responsabilidad penal?

📖 Revisa el criterio y el análisis completo aquí:

https://drive.google.com/file/d/1JM-dZky6XOCnbZBv4nYpKMTTIxrWqGVM/view?usp=sharing

🕰️Un simple plazo puede marcar la diferencia entre una cobranza rápida y un proceso judicial mucho más complejo. ¿Conocí...
07/07/2026

🕰️Un simple plazo puede marcar la diferencia entre una cobranza rápida y un proceso judicial mucho más complejo.

¿Conocías esta regla sobre las letras de cambio a la vista?

Feliz Día del Maestro ⚖️📚En este Día del Maestro quieremos expresar nuestro más sincero agradecimiento a quien, con su e...
06/07/2026

Feliz Día del Maestro ⚖️📚

En este Día del Maestro quieremos expresar nuestro más sincero agradecimiento a quien, con su experiencia, sabiduría y ejemplo, ha sido un verdadero mentor en el camino del Derecho.

Gracias por enseñarnos que la justicia no solo se estudia, sino que se vive con ética, compromiso y vocación de servicio. Sus enseñanzas han dejado una huella imborrable y son una inspiración para seguir ejerciendo esta noble profesión con responsabilidad y humanidad.

Que este día sea un merecido reconocimiento a su invaluable labor de formar no solo profesionales, sino también personas íntegras.

¡Feliz Día del Maestro! Nuestro respeto, admiración y gratitud siempre. 👨‍⚖️👩‍⚖️

🌟 Feliz Día del Maestro 🌟Gracias por enseñar con el ejemplo, educar con el corazón e inspirar con su dedicación. Su trab...
06/07/2026

🌟 Feliz Día del Maestro 🌟

Gracias por enseñar con el ejemplo, educar con el corazón e inspirar con su dedicación. Su trabajo deja una huella que perdura para toda la vida.

¡Que tengan un día lleno de reconocimiento, gratitud y alegría! 📚

⚖️ 【Contrataciones Complementarias e inaplicación temporal de impedimentos】¿Resulta jurídicamente procedente la suscripc...
02/07/2026

⚖️ 【Contrataciones Complementarias e inaplicación temporal de impedimentos】

¿Resulta jurídicamente procedente la suscripción del contrato complementario con el consorcio en su conjunto, pese a que una de las empresas que lo integran se encuentra inhabilitada? Atención, proveedores para el Estado: el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) establece los precedentes.

A través de la Opinión D000068-2025-OECE-DTN, la Dirección Técnico - Normativa de la OECE ha concluido lo siguiente:

📌 Un proveedor que se encuentre impedido o inhabilitado no puede participar en procedimientos de selección ni contratar con el Estado, lo cual incluye la posibilidad de suscribir contratos complementarios con entidades públicas. Asimismo, el referido impedimento es extensivo si el proveedor forma parte de un consorcio; es decir, dicho consorcio no podrá participar en procedimientos de selección ni suscribir contratos (incluidos los contratos complementarios) con el Estado.

Ello, en merito a que los impedimentos para ser participante, postor, contratista o subcontratista en las contrataciones públicas se encuentran recogidos en el numeral 30.1 del artículo 30 de la Ley. Dicho artículo contiene un listado de personas que, en atención a circunstancias como el cargo público que ejercen, su relación de parentesco o el haber sido sancionados (entre otros supuestos), se encuentran imposibilitadas de contratar con el Estado.

¿Qué opinas sobre el alcance de los impedimentos influye de manera extensiva a los consorcios en las contrataciones públicas? Te leo en los comentarios. 👇

📖 Revisa el criterio y el análisis completo aquí:

https://drive.google.com/file/d/15J59Ey67O1rX1qwMzh_Zpf6UI3cnFMYf/view?usp=sharing

⚖️ 【Pago de Valorizaciones y aplicación de reajustes】¿El contratista tiene derecho a intereses legales si la entidad ret...
01/07/2026

⚖️ 【Pago de Valorizaciones y aplicación de reajustes】

¿El contratista tiene derecho a intereses legales si la entidad retrasa el pago de la valorización por causas que le son imputables?
Atención, proveedores y funcionarios públicos: el Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) establece los precedentes.

A través de la Opinión D000059-2026-OECE-DTN, la Dirección Técnico - Normativa de la OECE ha concluido lo siguiente:

📌 Que el artículo 210 del Reglamento de la Ley de Contrataciones con el Estado, fija el plazo para pagar las valorizaciones de obra, plazo que debe de respetarse incluso cuando existan observaciones (supuesto en el cual debe pagarse el monto no cuestionado). El retraso de este pago, debidamente determinado y exigible, genera el reconocimiento de intereses legales a favor del contratista; salvo que la demora se sustente en caso fortuito o fuerza mayor.

¿Qué opinas sobre los intereses legales a favor del contratista, en merito a los retrasos de pago imputables a la entidad? Te leo en los comentarios. 👇

📖 Revisa el criterio y el análisis completo aquí:

https://drive.google.com/file/d/1xqtLDf2WFQ0gR0331eLCRF02PnGjPG8j/view?usp=sharing

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⚖️ A PROPOSITO DEL DELITO DE USURPACIÓN¿𝙀𝙨 𝙨𝙪𝙛𝙞𝙘𝙞𝙚𝙣𝙩𝙚 𝙚𝙡 𝙖𝙘𝙩𝙤 𝙢𝙖𝙩𝙚𝙧𝙞𝙖𝙡 𝙨𝙤𝙗𝙧𝙚 𝙪𝙣 𝙞𝙣𝙢𝙪𝙚𝙗𝙡𝙚 𝙥𝙖𝙧𝙖 𝙘𝙤𝙣𝙛𝙞𝙜𝙪𝙧𝙖𝙧 𝙚𝙡 𝙙𝙚𝙡𝙞𝙩𝙤 𝙙𝙚 𝙪𝙨...
26/06/2026

⚖️ A PROPOSITO DEL DELITO DE USURPACIÓN

¿𝙀𝙨 𝙨𝙪𝙛𝙞𝙘𝙞𝙚𝙣𝙩𝙚 𝙚𝙡 𝙖𝙘𝙩𝙤 𝙢𝙖𝙩𝙚𝙧𝙞𝙖𝙡 𝙨𝙤𝙗𝙧𝙚 𝙪𝙣 𝙞𝙣𝙢𝙪𝙚𝙗𝙡𝙚 𝙥𝙖𝙧𝙖 𝙘𝙤𝙣𝙛𝙞𝙜𝙪𝙧𝙖𝙧 𝙚𝙡 𝙙𝙚𝙡𝙞𝙩𝙤 𝙙𝙚 𝙪𝙨𝙪𝙧𝙥𝙖𝙘𝙞𝙤́𝙣 𝙥𝙤𝙧 𝙖𝙡𝙩𝙚𝙧𝙖𝙘𝙞𝙤́𝙣 𝙙𝙚 𝙡𝙞𝙣𝙙𝙚𝙧𝙤𝙨? La Corte Suprema ha vuelto a poner los puntos sobre las íes respecto al estándar probatorio exigido.

A través del RECURSO DE NULIDAD N.° 373-2022/APURÍMAC, nuestra máxima instancia de justicia reafirma un criterio dogmático imprescindible:

📌 La acreditación del dolo no se presume. Para la configuración de este tipo penal, la fiscalía no solo debe probar la existencia del daño material o la alteración física del lindero, sino que además debe acreditar fehacientemente la tendencia interna trascendente del agente; esto es, el animus de apropiarse o despojar de todo o parte del bien inmueble.

Sin la prueba de esa intención o propósito subjetivo, la conducta deviene en atípica bajo este tipo penal.

¿Qué opinas sobre este estándar de exigencia probatoria en sede penal? ¿Consideras que abre las puertas a que estas controversias se ventilen únicamente en la vía civil? Te leo en los comentarios. 👇

📖 Revisa el criterio y el análisis completo aquí:
https://drive.google.com/file/d/1MnRQjgyJWvisfmjedOKdL780eQU0m-Ay/view?usp=sharing

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25/06/2026

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🌾 ¡Feliz Día del Campesino!🌾Que este día sea un reconocimiento a su valiosa labor y un compromiso para seguir apoyando a...
24/06/2026

🌾 ¡Feliz Día del Campesino!🌾

Que este día sea un reconocimiento a su valiosa labor y un compromiso para seguir apoyando a quienes trabajan la tierra con dignidad y perseverancia.

Su esfuerzo alimenta al Perú y fortalece nuestro futuro.

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