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21/10/2024

OJEDA&ABOGADOS
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Somos el 𝗘𝗦𝗧𝗨𝗗𝗜𝗢 𝗝𝗨𝗥𝗜𝗗𝗜𝗖𝗢 “OJEDA&ABOGADOS”, un equipo legal que estamos listos para ofrecerte el mejor servicio de asesoría personalizada y profesional.
UBICANOS EN LA CALLE ATAHUALPA N.º 378 - JAEN
CELULAR N.º 940064288.
GO GRUPO OJEDA

07/09/2021

IMPORTANTE/SE AUTORIZA DE FORMA EXCEPCIONAL LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL BAJO EL RÉGIMEN DEL DECRETO LEGISLATIVO N° 1057, DECRETO LEGISLATIVO

Buenas tardes, se publicó el DECRETO DE URGENCIA N° 083-2021 “DECRETO DE URGENCIA QUE DICTA MEDIDAS EXTRAORDINARIAS PARA EL FORTALECIMIENTO DE LA DISPONIBILIDAD DE RECURSOS HUMANOS ANTE LA EMERGENCIA SANITARIA POR LA COVID-19 Y DICTA OTRAS DISPOSICIONES”.

Asimismo, la Única Disposición Complementaria Final del DECRETO DE URGENCIA N° 083-2021 señala:

“(…)
Única.- Autorización excepcional para la contratación de personal bajo el régimen del Decreto Legislativo N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios y autoriza modificaciones presupuestarias

1. Autorízase a las entidades de la Administración Pública comprendidas en el artículo 2 del Decreto Legislativo
N° 1057, Decreto Legislativo que regula el régimen especial de contratación administrativa de servicios, así como a las que han transitado al régimen del servicio civil, de manera excepcional, a contratar servidores civiles bajo el régimen del contrato administrativo de servicios, hasta el 2 de noviembre de 2021. El plazo de estos contratos dura como máximo hasta el 31 de diciembre de 2021. Cumplido dicho plazo, tales contratos concluyen de pleno derecho y son nulos los actos en contrario que conlleven a sus respectivas ampliaciones. La comunicación que la entidad pudiera hacer de la conclusión del vínculo contractual tiene carácter meramente informativo y su omisión no genera la
prórroga del contrato.

2. Las entidades de la Administración Pública, a través de su Oficina de Recursos Humanos (ORH), o la que haga sus veces, determinan las necesidades de servidores civiles que les permitan ejercer sus funciones, implementar las acciones para sostener o mejorar su capacidad operativa, continuar brindando los servicios indispensables a la población, garantizar su adecuado funcionamiento, así como aquellos destinados a promover la reactivación económica del país y/o a mitigar los efectos adversos de la COVID-19. Para ello, se requiere informes de la ORH y de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, o las que hagan sus veces, previo requerimiento y coordinación de los órganos y unidades orgánicas usuarias de la entidad.

3. La contratación autorizada en el numeral 1, se encuentra sujeta a Concurso Público de Méritos, conforme a las siguientes etapas: (…) (…)”.

Aquí el link de descarga:
https://epdoc2.elperuano.pe/EpPo/DescargaIN.asp?Referencias=MTk4ODkzNF8xMjAyMTA5MDY=

29/08/2021
28/08/2021
27/08/2021

⚖️ VIOLENCIA DE GENERO⚖️
CREADOR: Yulisa Rojas
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27/08/2021

Si tu familiar falleció sin dejar un testamento, debes tener las mismas inquietudes que Marcial. Por ello, hoy te brindamos esta 📩.
📱Si tienes más dudas y no cuentas con los recursos económicos necesarios, llama al 1884 de la .

25/08/2021

Fundamentos destacados.- Octavo. Al recurrir a la declaración preliminar de la agraviada Lidia Marisol Chuquija Rafael (foja 9) y el examen en la audiencia de juicio oral (foja 241), se aprecia que esta señaló que: Se encontraba en el interior de un vehículo de servicio público como pasajera, e...

22/08/2021

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22/08/2021

𝐑𝐄𝐒𝐈𝐒𝐓𝐈𝐑𝐒𝐄 𝐀 𝐃𝐄𝐓𝐄𝐍𝐂𝐈𝐎́𝐍 𝐍𝐎 𝐂𝐎𝐍𝐒𝐓𝐈𝐓𝐔𝐘𝐄 𝐃𝐄𝐋𝐈𝐓𝐎 𝐃𝐄 𝐕𝐈𝐎𝐋𝐄𝐍𝐂𝐈𝐀 𝐎 𝐑𝐄𝐒𝐈𝐒𝐓𝐄𝐍𝐂𝐈𝐀 𝐀 𝐋𝐀 𝐀𝐔𝐓𝐎𝐑𝐈𝐃𝐀𝐃
La Corte Suprema ha establecido mediante el Recurso de Nulidad N.° R. N. N.° 316-2002-Tacna que resistirse a la intervención no es reprimible penalmente.
El pronunciamiento de la Corte Suprema se dio al resolver un caso en donde el encausado había desobedecido una orden impartida por un efectivo policial en circunstancias de haber sido intervenido por la supuesta comisión del delito de contrabando.
Este recurso de nulidad es importante porque establece que resistirse a una detención no constituye delito de violencia o resistencia a la autoridad.

Encuentra la resolución completa aquí: bit.ly/2 cretEo

22/08/2021

👨‍🏫 𝐉𝐄𝐑𝐀𝐑𝐐𝐔𝐈𝐀 𝐍𝐎𝐑𝐌𝐀𝐓𝐈𝐕𝐀 𝐄𝐍 𝐄𝐋 𝐀𝐌𝐁𝐈𝐓𝐎 𝐉𝐔𝐑𝐈𝐃𝐈𝐂𝐎
¡Aquí te lo explicamos!👇

22/08/2021

Expediente 00868-2018-0-2001-JR-LA-01, la medida cautelar y las sentencias se deben analizar el plazo de prescripción para ejecutarlas

22/08/2021

Conclusiones: 3.1 Mediante el Informe Técnico Nº 771-2017-SERVIR/GPGSC, SERVIR emitió opinión sobre la prohibición de doble percepción de pensión y remuneración provenientes del Estado, por lo que nos remitimos a este y ratificamos en todos sus extremos. 3.2 Respecto al pago de remuneración...

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