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💊Derecho Administrativo.TEMA  #5⚠️🚧La Notificación Judicial🚧⚠️🧐Preámbulo🧐Todas las personas, que de una u otra manera, i...
14/09/2020

💊Derecho Administrativo.
TEMA #5
⚠️🚧La Notificación Judicial🚧⚠️

🧐Preámbulo🧐
Todas las personas, que de una u otra manera, intervienen dentro de un proceso judicial reciben el nombre de Partes Judiciales. Ejemplo: 1) "Pepita demanda alimentos a Juan por ser su Papá; aquí las partes judiciales serían: Pepita = Hija y Juan = Papá, (hablamos que son dos partes)". Ej. 2) "Jaimito sufre un accidente de transito a manos de la conductora Yayita; sin embargo, el vehículo se encuentra a nombre de Cirilo, si Jaimito demanda Indemnización por Daños y Perjuicios en la vía civil, entonces hablamos que las partes judiciales serían: Jaimito = victima; Yayita = Conductora y Cirilo = Propietario del vehículo (Tres partes judiciales)". Dicho ésto; ahora pasaremos a desarrollar el tema de hoy.

🔹 Significado de "NOTIFICAR" según la RAE (Real
Academia Española), así tenemos, cito textualmente:
- notificar
Del Lat. notificare.
1. tr. (...)
2. tr. Comunicar formalmente a su destinatario una resolución
administrativa o judicial.
3. tr. (...).

🔹 Concepto de Notificación Judicial.- así tenemos según
sus autores:
1. "Es el acto mediante el cual se pone en conocimiento de
las partes, o de los terceros, el contenido de una
resolución judicial." PERRIOT, Abeledo. Diccionario
Jurídico. Tomo II pág. 587.
2. “Notificación es el acto del Tribunal destinado a comunicar
a las partes o a cualquier persona que deba intervenir en
el proceso (testigos, peritos, etc.) una resolución del
Tribunal”. CAMIRUAGA CH, José Ramón. De las
Notificaciones Tratado I, E. J. De Chile 1995 pág. 239 y
240 / debo aclarar que en este caso el autor habla de
Tribunal por tratarse del sistema de justicia chileno; en
el caso nuestro, serían los Juzgados Civiles y/o Corte
Suprema.

🟡 Ahora bien, señalaremos lo que refiere nuestro
ordenamiento jurídico el Código Procesal Civil (CPC).
para lo cual cito literalmente:
Artículo 155º.- Objeto de la notificación.
El acto de la notificación tiene por objeto poner en
conocimiento de los interesados el contenido de las
resoluciones judiciales. El Juez, en decisión motivada,
puede ordenar que se notifique a persona ajena al
proceso.
Las resoluciones judiciales sólo producen efectos en virtud
de notificación hecha con arreglo a lo dispuesto en este
Código, salvo los casos expresamente exceptuados .

🎯 EN RESUMEN:
Podemos afirmar, que: La notificación judicial; es el acto mediante el cual, el magistrado de los Juzgados de Paz Letrados, Juzgados Civiles y/o de la Corte Suprema, ponen en conocimiento de las partes intervinientes del proceso, sus decisiones judiciales mediante Resoluciones debidamente motivadas.
Dichas Resoluciones Judiciales, se notifican una para cada parte y en el lugar del domicilio señalado, a falta de domicilio señalado, el domicilio consignado en el documento nacional de identidad, es el que cuenta.

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Posr Data: El mayor logro y respeto que podemos demostrar a nuestros semejantes es: "La consecución de una plenitud en libertad, mediante la transmisión y fomento del conocimiento adquirido" AGUILAR M. - (Comenta y Comparte)👍

¿Es nula la notificación que no indica el piso del domicilio procesal? [Expediente 04414-2016-PHC/TC]

⚠️💊SEGUNDO BONO FAMILIAR UNIVERSAL💊⚠️Conforme a lo anunciado por el señor Presidente MARTÍN VIZCARRA en su mensaje a la ...
03/09/2020

⚠️💊SEGUNDO BONO FAMILIAR UNIVERSAL💊⚠️

Conforme a lo anunciado por el señor Presidente MARTÍN VIZCARRA en su mensaje a la nación el pasado 28/07/2020 respecto de la FECHA DE PAGO DEL SEGUNDO BONO FAMILIAR UNIVERSAL, que con gran expectativa esperan miles de peruanos YA TIENE FECHA CIERTA; así, se han propuesto desde el ejecutivo, que sea en éste mes de SEPTIEMBRE (01/09/2020) donde se inicie con el pago del referido bono familiar, estableciéndose como FECHA LIMITE PARA TAL FIN, EL 15 DEL PRESENTE MES.

💄🚧OJO OJITO🚧💄
[DECRETO DE URGENCIA (D.U.) 098-2020]
Debe tenerse en cuenta el que tiempo de vigencia para el cobro del referido Segundo Bono Familiar Universal es de SESENTA (60) DÍAS CALENDARIO POSTERIORES al término de la vigencia del Estado de Emergencia Sanitaria a nivel nacional, declarada mediante Decreto Supremo Nº 008-2020-SA y prorrogada por el Decreto Supremo Nº 020-2020-SA. (Artículo 7.1)

⚠️⚠️⚠️
¿CÓMO SERÁ EL PAGO DEL SEGUNDO BONO FAMILIAR UNIVERSAL? ¿QUIENES COBRARÁN DICHO BONO?
demás de las cuatro modalidades (espacios en mercados, estadios, colegios y en los bancos) establecidas por el Gobierno para retirar los subsidios anteriores, se publicó un Decreto de Urgencia Nº 098-2020, que permitirá que el ✨Banco de la Nación ABRA UNA CUENTA BÁSICA DE AHORRO GRATUITA llamada Cuenta DNI✨ (consiste en crear una cuenta con el mismo numero del DNI, la creación de ésta cuenta es AUTOMÁTICA) a los mayores de edad que han sido beneficiados con este subsidio, y así puedan recibirlo sin tener que hacer largas colas. (Artículo 9.1 - D.U. 098-2020)
“Básicamente, se va a pagar (el bono) a las mismas personas que han recibido todos los bonos anteriores, es decir, es el conjunto de todos los beneficiarios reunidos en este segundo Bono Familiar Universal”,

FUENTE:
🔻

Además de las cuatro modalidades ya existentes del pago del subsidio, ahora se usará la Cuenta DNI para hacer el depósito del segundo Bono Familiar Universal de 760. Conoce todos los detalles.

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Jr. MirAvenida 622/Of. 01/Primer Piso
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