25/01/2026
📃CASACIÓN N. 3014-2021/JUNÍN
◾VENTA DE BIEN EN COPROPIEDAD SIN CONSENTIMIENTO UNÁNIME ES INVÁLIDA
1️⃣Se estableció que se transfirió un lote que formaba parte de un inmueble de mayor extensión sin haberse realizado previamente la división y partición del predio, pese a encontrarse en régimen de copropiedad entre los herederos.
2️⃣En este contexto, todos los copropietarios tenían derechos sobre el inmueble en proporción a su cuota ideal, por lo que cualquier acto de disposición, como la venta de una parte del bien, debía contar con el consentimiento unánime de todos ellos. Al haberse efectuado la transferencia sin dicha autorización, se vulneró lo dispuesto en el artículo 971 del Código Civil.
3️⃣Asimismo, se valoró la ampliación del dictamen pericial de grafotecnia, en la cual los peritos judiciales concluyeron que la firma consignada en la minuta de compraventa no correspondía al supuesto suscriptor, lo que refuerza la invalidez del acto de disposición cuestionado.
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