Abogado Laboralista - Iván Mora - Asesoría Virtual Todo Perú

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Abogado Laboralista - Iván Mora - Asesoría Virtual Todo Perú Asesoría legal en materia laboral. Experiencia desde el año 2003

Abogado especializado en Derecho Laboral desde el año 2003, en la Sub Especialidad de Derecho Laboral de la Actividad Privada - D.Leg. 728

28/01/2026
26/01/2026

Asesoría laboral 100% virtual a nivel nacional a trabajadores y empresas. Régimen Laboral de la Actividad Privada 728.

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20/01/2026

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Trabajador se apropió de bienes de la empresa, ¿se vulnera ‘ne bis in idem’ si se le impone condena penal y sanción disciplinaria?

📄 Expediente 01864-2009-PA/TC

🔎 Lee o descarga el documento aquí: https://lpd.pe/2Vn87

𝗜𝗻𝗶𝗰𝗶𝗼 𝗱𝗲 𝗣𝗿𝗼𝗱𝗲𝗰𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗗𝗲𝘀𝗽𝗶𝗱𝗼 𝗮𝗻𝘁𝗲𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗰𝘂𝗺𝗽𝗹𝗮 𝗹𝗼𝘀 𝟯𝟬 𝗱í𝗮𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗾𝘂𝗲 𝗼𝗽𝗲𝗿𝗲 𝗹𝗮 𝗥𝗲𝗻𝘂𝗻𝗰𝗶𝗮El trabajador muchas veces ren...
08/09/2022

𝗜𝗻𝗶𝗰𝗶𝗼 𝗱𝗲 𝗣𝗿𝗼𝗱𝗲𝗰𝗶𝗺𝗶𝗲𝗻𝘁𝗼 𝗱𝗲 𝗗𝗲𝘀𝗽𝗶𝗱𝗼 𝗮𝗻𝘁𝗲𝘀 𝗾𝘂𝗲 𝗰𝘂𝗺𝗽𝗹𝗮 𝗹𝗼𝘀 𝟯𝟬 𝗱í𝗮𝘀 𝗽𝗮𝗿𝗮 𝗾𝘂𝗲 𝗼𝗽𝗲𝗿𝗲 𝗹𝗮 𝗥𝗲𝗻𝘂𝗻𝗰𝗶𝗮

El trabajador muchas veces renuncia cuando se entera que el empleador tomó conocimiento de sus faltas graves, pero es muy probable que no le exonere de los 30 días estando en la obligado a seguir trabajando, por lo que, en ese lapso el empleador puede despedirlo.

QUIERO RENUNCIAR PORQUE INGRESÉ A OTRO TRABAJO ¿CÓMO DEBO PROCEDER?Una de las formas para extinguir la relación laboral ...
06/09/2022

QUIERO RENUNCIAR PORQUE INGRESÉ A OTRO TRABAJO ¿CÓMO DEBO PROCEDER?
Una de las formas para extinguir la relación laboral es la renuncia voluntaria, la misma que debe solicitarse con 30 días de anticipación, quedando en facultad del empleador exonerarlo de dicho plazo. Pero que sucede si es imperiosa la necesidad que se acepte la renuncia porque debo iniciar en forma inmediata las labores en la nueva empresa. Lo que sugiero, es que, si el motivo de la renuncia es el haber conseguido otro empleo, debe precisarse en la carta de renuncia este motivo, y conversarlo con el empleador, porque muchas veces presentan las cartas de renuncia motivándola sólo como motivos personales. Ante la negativa del empleador, podría solicitarse licencia sin goce de remuneraciones hasta que se cumplan los 30 días. Ahora bien, si tampoco lo conceden necesariamente tendrían que asistir hasta que culminen los 30 días y de este modo opere la renuncia, pudiendo solicitar en el otro empleo la licencia sin goce de remuneraciones. Por otro lado, si el empleador sabiendo el motivo de la renuncia en forma injustificada no exonera del plazo podría tornarse en un acto de hostilidad pasible de ser denunciado ante SUNAFIL.

Iván Mora
Abogado Laboralista
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