05/08/2025
🔔 ¡OTRO ÉXITO LEGAL LOGRADO!
Nos complace anunciar un nuevo resultado favorable: se ha DECLARADO FUNDADO el pedido de conversión de pena en beneficio de nuestro patrocinado, en el proceso seguido por el delito de omisión a la asistencia familiar.
📌 ¿Qué es la conversión de pena?
Se trata de un mecanismo legal regulado por el Decreto Legislativo N.° 1300, que permite sustituir una pena privativa de libertad por una pena alternativa, como jornadas de prestación de servicios a la comunidad.
Gracias al Decreto de Urgencia N.° 008-2020, se incorporó la posibilidad de una conversión automática para sentenciados por el delito de omisión a la asistencia familiar, siempre que acrediten el pago íntegro de la reparación civil y la deuda alimenticia actualizada. Esta medida busca incentivar el cumplimiento de las obligaciones familiares, evitando el hacinamiento penitenciario.
📜 En este caso, el Juzgado ha resuelto lo siguiente:
✅ Se CONVIERTE la pena privativa de libertad en 74 jornadas de prestación de servicios a la comunidad, conforme al artículo 3 del D. Leg. N.° 1300.
✅ Se DISPONE la INMEDIATA LIBERTAD del sentenciado.
✅ Se ORDENA que, dentro de las 24 horas de su libertad, el sentenciado se ponga a disposición del INPE – Dirección del Medio Libre, para el cumplimiento de las jornadas asignadas.
⚖️ Este resultado refleja una defensa legal estratégica, orientada a garantizar el acceso a mecanismos penales alternativos, cuando el cumplimiento de las obligaciones alimentarias ha sido debidamente acreditado.
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